Jurisprudencia

Las sociedades mercantiles no siempre son sujetos pasivos del IVA (TS 31-10-2007)

Así lo entiende el Tribunal Supremo, en su sentencia de 31 de octubre de 2007. En principio, señala el Tribunal, el derecho a deducir las cuotas soportadas por el Impuesto alcanza a los que tienen la condición de empresarios o profesionales, y desde luego, según el art.

Es posible la renuncia tácita a módulos (TS 06-07-2007)

El Tribunal Supremo, en su sentencia de 6 de julio de 2007, clarifica por fin la tan traída y llevada cuestión de si el cumplimiento de las obligaciones formales a la hora de realizar la renuncia al régimen de estimación objetiva por signos, índices o módulos es determinante o no de la aplicación del régimen frente al régimen de estimación directa. Señala el Tribunal que no parece lógico ni adecuado con las exigencias que, con respecto a los regímenes de determinación indiciaria de la base imponible, parecen derivarse de nuestra Constitución (art.

Es deducible el IVA soportado en escritura pública cuando el vendedor se niega a entregar factura (TSJ Cataluña 02-04-2007)

Podemos ver esta solución en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 2 de abril de 2007. Se analiza en este caso la procedencia de la deducción de un IVA soportado a falta de la factura original expedida por quien realizó la entrega de bienes: Los recurrentes adquirieron a una entidad mediante escritura pública un solar y una nave en construcción cuyas obras de finalización se contrataron con otra empresa.

Los requerimientos de información a parientes deben cumplirse aunque no expresen la relación con el deudor (TEAC 03-05-2007)

Así se manifiesta la resolución del Tribunal Económico- Administrativo Central, de 3 de mayo de 2007. En el marco de un procedimiento de recaudación, pero en aplicación de los parámetros señalados por el art. 111 Ley 230/1963 (LGT), se perfila la trascendencia tributaria asociada a un determinado requerimiento de información, matizando qué debe entenderse por "necesaria vinculación de la información requerida con las relaciones económicas, profesionales, financieras... del requerido".

Revocación del NIF a una sociedad inactiva

Finalmente, de las últimas resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Central, destacamos la de 19 de abril de 2007, en la que se entiende que es procedente la revocación del NIF realizada por la AEAT, pues la sociedad no tenía actividad alguna (aunque declaró realizar una determinada), ni medios para desarrollarla, ya que estaba destinada sólo a ser vendida. La revocación del NIF no es una revocación regulada en el art.

No es posible levantar actas a una sociedad ya desaparecida (AN 29-06-2007)

En este sentido se pronuncia la sentencia de la Audiencia Nacional de 29 de junio de 2007, en materia de sucesión de personas jurídicas. En el supuesto de autos, las actas fueron suscritas en conformidad por el representante de una sociedad desaparecida y dieron lugar a las liquidaciones y sanciones tributarias, por lo que el Tribunal entiende que son nulas por haberse entendido con una entidad inexistente, cuya personalidad jurídica ha desaparecido al tiempo de suscribirse las mismas en virtud de una operación societaria de fusión.

Un administrador no inscrito en el Registro es responsable frente a Hacienda (TSJ Canarias 26-03-2007)

Destacamos al respecto la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de 26 de marzo de 2007, sobre responsabilidad subsidiaria de los administradores de personas jurídicas y en concreto sobre la pérdida de la condición de administrador y efectos de la misma frente a terceros. Se trata, el de autos, de un caso en el que el administrador es nombrado pero no inscrito en el Registro. Entiende el Tribunal que en caso de discordancia entre el Registro y la realidad jurídica extraregistral, prevalece el contenido del Registro respecto a terceros de buena fe.

No culpabilidad por percibir una persona de 80 años los derechos de autor de su marido fallecido (TSJ Cataluña 15-03-2007)

Destacamos también la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 15 de marzo de 2007, en materia de procedimiento sancionador, y en concreto de ausencia de culpabilidad.

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