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Dictamen sobre la propuesta de Reglamento del Consejo sobre cooperación administrativa en el ámbito de los II.EE

Dictamen sobre la propuesta de Reglamento del Consejo sobre cooperación administrativa en el ámbito de los II.EE

El Comité Económico y Social Europeo (CESE) ha emitido un dictamen en el cual apoya y aprueba la propuesta de crear un nuevo «Reglamento sobre cooperación administrativa en el ámbito de los impuestos especiales» al considerar, “que se trata de una actualización necesaria y útil de las normas actuales para respaldar que las administraciones nacionales cooperen para garantizar una recaudación fiscal efectiva y luchar contra el fraude de impuestos especiales”, permitiéndose además ajustar la normativa de los impuestos especiales a los cambios de la normativa de la UE en la cooperación administrativa en los ámbitos del IVA y los impuestos indirectos.

Dicho Reglamento vendría a sustituir al actual Reglamento (CE) n.º 2073/2004, de 16 de noviembre, del Consejo, sobre cooperación administrativa en el ámbito de los impuestos especiales.

Téngase en cuenta que la mayoría de las novedades de la propuesta están directamente relacionadas con la modernización del sistema y las nuevas posibilidades que existen en la mejora de la cooperación entre las administraciones.

Economía anuncia medidas para solucionar el problema de los desahucios

Economía anuncia medidas para solucionar el problema de los desahucios

El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, ha anunciado en el Congreso de los Diputados un conjunto de medidas normativas para reducir el impacto de los desahucios en los colectivos con riesgo de exclusión social, que se completaría con un Código de Buenas Prácticas voluntario a adoptar por el sector financiero. Las medidas se inscriben en marco de la política económica del Gobierno, que tiene como una de las prioridades buscar la equidad social. Dichas medidas normativas comenzarán con la definición del colectivo incluido en el umbral de exclusión social. Se promoverá también la mejora de los procedimientos de ejecución de garantías hipotecarias, de modo que, si se llega a ese punto, el precio de la vivienda sea lo más elevado posible. El Código contendrá recomendaciones como la posibilidad de que, en caso de ejecución, el pago del capital de la hipoteca sea proporcional al número de cuotas abonadas o que, alternativamente, se reduzca el capital pendiente en la misma proporción. La segunda medida debe contemplar la asunción por la entidad de crédito de una parte del riesgo en caso de insuficiencia de las garantías. Se recoge también la posibilidad de permitir la dación en pago como medio liberatorio de la deuda para los mismos casos de exclusión social. El incentivo para la adopción del Código de Buenas Prácticas por parte de las entidades financieras sería la posibilidad de incluir como gasto fiscalmente deducible las pérdidas en que hubiesen incurrido.

Nueva funcionalidad de consulta y modificación de datos censales de retenciones e ingresos a cuenta en la sede electrónica de la AEAT

Nueva funcionalidad de consulta y modificación de datos censales de retenciones e ingresos a cuenta en la sede electrónica de la AEAT

Se ha incorporado en la Sede Electrónica de la AEAT una nueva funcionalidad que permite al contribuyente la consulta y modificación de sus datos censales de ingresos a cuenta y retenciones, sin necesidad de presentar un modelo 036 completo. Se exige el certificado electrónico del propio contribuyente y, próximamente también estará abierto a aquel apoderado autorizado a la consulta de datos personales.

Si el contribuyente decide modificar sus datos censales, se realizarán las validaciones de forma on-line y los cambios quedarán aplicados automáticamente. El contribuyente puede acceder a modificar sus datos censales de retenciones e ingresos a cuenta desde la Sede Electrónica, en el apartado "Modificación de datos relativos a retenciones e ingresos a cuenta"; este apartado es una de las opciones del procedimiento "Modelos 036 y 037. Censo de empresarios, profesionales y retenedores - Declaración censal de alta, modificación y baja y declaración censal simplificada", ubicado en la ruta: Procedimientos, Servicios y Trámites (Información y Registro)/ Censos, NIF y domicilio fiscal/ Censos.

Comunicación de concurso de la administración concursal a la Agencia Tributaria, por vía electrónica

Comunicación de concurso de la administración concursal a la Agencia Tributaria, por vía electrónica

El artículo 21.4 de la Ley Concursal impone a la administración concursal la obligación de comunicar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria la declaración de concurso por los medios que esta habilite en su sede electrónica. Esta obligación deberá cumplirse para todos los concursos que se declaren a partir de 1 de enero de 2012 mediante el envío de un formulario electrónico a cumplimentar por el administrador concursal.

Con el fin de atender el mandato establecido en el artículo 21.4 de la Ley Concursal, la A.E.A.T. ha introducido en su sede electrónica un formulario que deberá cumplimentar el administrador concursal, así como una nota informativa en relación al mismo.

Fuente: AEAT.

La Agencia Tributaria advierte de un intento de fraude tipo ‘Phising’ a través de Internet

La Agencia Tributaria advierte de un intento de fraude tipo ‘Phising’ a través de Internet

El engaño hace referencia a un supuesto reembolso de un impuesto y suplanta la imagen de la Agencia Tributaria.

La Agencia Tributaria ha detectado un envío de comunicaciones por correo electrónico en el que suplantando su identidad e imagen se comenta que: “Después de los cálculos anuales pasados de su actividad fiscal hemos determinado que usted es elegible para recibir un reembolso de impuestos de 223,56 EUR”.

Posteriormente se solicita que se comuniquen datos supuestamente no disponibles accediendo a un enlace que lleva una dirección en la que se suplanta nuevamente la identidad e imagen de la Agencia Tributaria para que dejen en el correo los números de tarjetas de crédito del contribuyente.

España firmará con Estados Unidos un importante acuerdo contra la evasión fiscal internacional

España firmará con Estados Unidos un importante acuerdo contra la evasión fiscal internacional

España firmará con Estados Unidos un importante acuerdo contra la evasión fiscal internacional que se adherirá al cumplimiento de las obligaciones tributarias FATCA

  • Las entidades financieras españolas no soportarán una retención del 30% en los pagos que perciban de fuente estadounidense a cambio de un intercambio de información entre las administraciones tributarias
  • Se unirán a la firma Reino Unido, Italia, Alemania y Francia

España, junto a Reino Unido, Italia, Alemania y Francia, tiene previsto firmar un importante acuerdo con Estados Unidos para colaborar en la lucha contra la evasión fiscal internacional, tanto en el seno de la Unión Europea como en el ámbito de la OCDE, mediante una mejora en la calidad de la información recibida entre las administraciones tributarias.

Certificados tributarios de Residencia fiscal en España y de Importe neto de la cifra de negocios

Certificados tributarios de Residencia fiscal en España y de Importe neto de la cifra de negocios

En la página web de la Agencia Tributaria se encuentra disponible una nueva versión de las aplicaciones para la solicitud de certificados tributarios de Importe neto de la cifra de negocios y Residencia fiscal en España bajo Actuación Administrativa Automatizada, lo que supone la entrega inmediata de los mismos.

Fuente: AEAT.

Admitida a trámite la cuestión de inconstitucionalidad respecto al régimen de sanciones y de obligación de documentación en operaciones vinculadas

Admitida a trámite la cuestión de inconstitucionalidad respecto al régimen de sanciones y de obligación de documentación en operaciones vinculadas

El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en auto de 8 de febrero de 2011, Rec. n.º 8/2009, en relación con los apartados 2 y 10 del art. 16 del RDLeg. 4/2004 (TR Ley IS), por posible vulneración del art. 25.1 de la Constitución, el cual dispone que “Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento”.

La cuestión básica radica en que la ley no ha fijado criterio alguno a efectos de determinar las infracciones, o para delimitar cuándo es incompleta o inexacta la documentación requerida. Por ello, al establecer un tipo infractor de carácter absolutamente abierto deja en manos del reglamento la delimitación de la infracción.

Remisión a las Cortes del Protocolo del Convenio de asistencia en materia fiscal

Remisión a las Cortes del Protocolo del Convenio de asistencia en materia fiscal

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo de Enmienda al Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal hecho en Estrasburgo el 25 de enero de 1988, cuya firma autorizó el Consejo de Ministros el 28 de enero de 2011. El Consejo de Ministros ya autorizó el pasado 1 de julio la remisión a las Cortes de este Protocolo, pero su tramitación decayó por la disolución de las Cámaras.

El citado Convenio, elaborado conjuntamente entre el Consejo de Europa y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), fue firmado por España el 12 de noviembre de 2009 y sus disposiciones entraron en vigor para nuestro país el 1 de diciembre de 2010.

Retenciones IRPF 2012 (válido para el cálculo de retenciones a efectuar a partir de 1 de febrero de 2012)

Retenciones IRPF 2012 (válido para el cálculo de retenciones a efectuar a partir de 1 de febrero de 2012)

Ya se encuentra disponible el programa de ayuda para el cálculo de las retenciones del trabajo personal para el ejercicio 2012, elaborado por la Agencia Tributaria, adaptado a las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 20/2011, de 31 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. También está disponible el servicio on line para el cálculo de retenciones, que no requiere la descarga del programa en el equipo del usuario.

Ambas herramientas se han adaptado para el cálculo de las retenciones a efectuar a partir de 1 de febrero de 2012.

Fuente: AEAT.

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