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Remisión a las Cortes del Protocolo del Convenio de asistencia en materia fiscal

Remisión a las Cortes del Protocolo del Convenio de asistencia en materia fiscal

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo de Enmienda al Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal hecho en Estrasburgo el 25 de enero de 1988, cuya firma autorizó el Consejo de Ministros el 28 de enero de 2011. El Consejo de Ministros ya autorizó el pasado 1 de julio la remisión a las Cortes de este Protocolo, pero su tramitación decayó por la disolución de las Cámaras.

El citado Convenio, elaborado conjuntamente entre el Consejo de Europa y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), fue firmado por España el 12 de noviembre de 2009 y sus disposiciones entraron en vigor para nuestro país el 1 de diciembre de 2010.

Retenciones IRPF 2012 (válido para el cálculo de retenciones a efectuar a partir de 1 de febrero de 2012)

Retenciones IRPF 2012 (válido para el cálculo de retenciones a efectuar a partir de 1 de febrero de 2012)

Ya se encuentra disponible el programa de ayuda para el cálculo de las retenciones del trabajo personal para el ejercicio 2012, elaborado por la Agencia Tributaria, adaptado a las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 20/2011, de 31 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. También está disponible el servicio on line para el cálculo de retenciones, que no requiere la descarga del programa en el equipo del usuario.

Ambas herramientas se han adaptado para el cálculo de las retenciones a efectuar a partir de 1 de febrero de 2012.

Fuente: AEAT.

Ver documentación asociada:

Autorizaciones de despacho aduanero en Internet

Autorizaciones de despacho aduanero en Internet

La Agencia Tributaria ha habilitado dos nuevas opciones en la Sede de la A.E.A.T que permiten el registro de las autorizaciones de despacho aduanero, tanto globales como por operación. También se permite realizar la baja de una autorización ya activa. Por último, se ha incluido una opción de búsqueda de autorizaciones existentes.

Estas nuevas opciones no suponen ningún cambio a la hora de declarar el DUA.

Fuente: AEAT.

Prueba piloto de la AEAT en Cataluña, Canarias y Asturias para responder por Internet a las dudas tributarias

Prueba piloto de la AEAT en Cataluña, Canarias y Asturias para responder por Internet a las dudas tributarias

La Agencia Tributaria va a desarrollar durante el mes de febrero de 2012 una prueba piloto para ofrecer a aquellos ciudadanos que lo soliciten y dispongan de certificado electrónico o DNIe información tributaria y aduanera por Internet.

Las solicitudes de información aduanera podrán realizarse en relación con los Impuestos Especiales, Gestión Aduanera e INTRASTAT.

En materia tributaria, la prueba piloto se ha restringido únicamente a la contestación de solicitudes de información relativas al concepto Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En ambos casos, se contestarán las solicitudes, exclusivamente procedentes de los ámbitos territoriales de las Delegaciones Especiales de Cataluña, Canarias y Asturias.

Dicho servicio estará disponible a partir del 1 de febrero.

Fuente: AEAT.

Nota informativa relativa a la presentación de documentación relacionada con una notificación recibida de la AEAT

Nota informativa relativa a la presentación de documentación relacionada con una notificación recibida de la AEAT

La Agencia Tributaria ha emitido una nota informativa en la que indica que no será necesario disponer de DNIe o certificado electrónico para presentar documentación relacionada con determinadas notificaciones recibidas de la AEAT.  Para ello, indica la AEAT, basta con acceder a la opción "Presentar documentación relacionada con una notificación recibida de la AEAT”, que aparece dentro del bloque de "Trámites destacados" de la Sede electrónica, y teclear  el código seguro de verificación (CSV), que se encuentra en el pie de página de la primera hoja de cada documento que se reciba de la Agencia Tributaria, así como el NIF del presentador.

Además indica que si lo que se desea es presentar un recurso o reclamación también podrá hacerlo a través de esta opción,  tecleando el NCC de la notificación recibida (número de certificado/comunicación), siempre que disponga de DNI-e o certificado electrónico y recuerda que el fax no es una vía válida para la presentación de documentación en el Registro electrónico.

Fuente: AEAT.

El Ministro de Justicia anuncia que se implantará una nueva tasa judicial para la segunda instancia

El Ministro de Justicia anuncia que se implantará una nueva tasa judicial para la segunda instancia

El Ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón, ha anunciado en el Congreso donde comparece para explicar sus prioridades en esta legislatura, que se implantará una nueva tasa judicial para aquellos ciudadanos que recurran una sentencia que se reintegrará si el recurso prospera. Estos costes no serán asumidos por las personas que carezcan de recursos suficientes, y también estarán exentos los temas penales. De esta manera se pretende mitigar el exceso de litigiosidad que afecta a la justicia española y no prolongar indebidamente el tiempo de resolución de los procesos, sin perjuicio del derecho a la tutela judicial efectiva.

Certificados Tributarios de IAE, de Identificación Censal y de Exoneración de retención a los arrendadores de inmuebles

Certificados Tributarios de IAE, de Identificación Censal y de Exoneración de retención a los arrendadores de inmuebles

La Agencia Tributaria ha dispuesto una nueva versión de las aplicaciones para la solicitud de certificados tributarios de Identificación Censal, IAE y Exoneración de retención a los arrendadores de inmuebles bajo Actuación Administrativa Automatizada, lo que supone la entrega inmediata de los mismos. Además, en el certificado de IAE se certifican todas las actividades que consten, con independencia del número de ellas.

 

Fuente: AEAT.

Nota informativa de la Agencia Tributaria de cómo practicar las retenciones en los rendimientos del trabajo para el ejercicio 2012

Nota informativa de la Agencia Tributaria de cómo practicar las retenciones en los rendimientos del trabajo para el ejercicio 2012

La Disposición adicional trigésima quinta de la Ley del IRPF, añadida por el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, establece un gravamen complementario a la cuota íntegra estatal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que resulta de aplicación en los periodos impositivos 2012 y 2013. En consonancia con ello, el citado Real Decreto-ley establece asimismo un incremento de las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos del trabajo que se cuantifica mediante la aplicación de una escala específicamente aprobada a tal efecto.

De acuerdo con las disposiciones contenidas en dicho Real Decreto-ley, para calcular las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos del trabajo que se satisfagan en 2012 hay que tener en cuenta lo siguiente:

El Congreso convalida el real decreto de medidas urgentes para paliar el déficit público

El Congreso convalida el real decreto de medidas urgentes para paliar el déficit público

El Pleno del Congreso de los Diputados, reunido en sesión extraordinaria, aprobó con 197 votos a favor, 138 en contra y 4 abstenciones, el real decreto ley de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. La Cámara rechazó, con 141 votos a favor, 175 en contra y 22 abstenciones, la tramitación de este real decreto como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.

Estas primeras medidas comportan acciones tanto por el lado de los ingresos públicos como por el lado de los gastos, suponen una reducción de carácter inmediato del desequilibrio presupuestario en más de un punto porcentual del Producto Interior Bruto. Con estas acciones se pretende garantizar que el sector público español inicie una senda de reequilibrio que aporte credibilidad a la evolución futura de la deuda y déficit públicos.

DUA de Exportación: anexar documentación para el Despacho

DUA de Exportación: anexar documentación para el Despacho

Despacho de D.U.A. de Exportación. Esta modificación implicará nuevos formularios para poder realizar tal función. Lo más destacable es lo siguiente:

  1. Obligatoriedad de informar la descripción del documento anexado con un texto libre.
  2. Una vez tenida la lista de documentos a anexar, se pueden eliminar aquellos que no interesen antes de firmar y enviar.
  3. Generación de la declaración electrónica de los documentos anexados. Esta podrá visualizarse en Mis Expedientes.

Fuente: AEAT.

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