Álava aprueba la regulación para el año 2025 del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido

Álava aprueba la regulación para el año 2025 del régimen especial simplificado del IVA, manteniendo para el año 2025 los módulos, así como las instrucciones para su aplicación, aplicables en dicho régimen en el año inmediato anterior.
En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 23 de mayo de 2025 se ha publicado el DECRETO FORAL 12/2025, de 13 de mayo, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar la regulación para el año 2025 del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, manteniendo sustancialmente para el año 2025 los módulos, así como las instrucciones para su aplicación, aplicables en el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido en el año inmediato anterior.
El límite para la aplicación del régimen son 250.000 euros anuales para el conjunto de actividades económicas.
Los sujetos pasivos que desarrollen actividades a las que sea de aplicación el régimen especial simplificado y deseen renunciar a él o revocar su renuncia para el año 2025 tenían de plazo para ejercitar dicha opción hasta el 25 de abril de 2025.