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Tributación mínima global y planificación fiscal internacional: lo que deben saber los asesores fiscales

Tributación mínima global y planificación fiscal internacional: lo que deben saber los asesores fiscales. Imagen de una lupa en una mano en la que se puede leer Global Tax

La tributación mínima global se presenta como una de las herramientas más ambiciosas para combatir la erosión de bases imponibles y reforzar la equidad fiscal entre países. En este artículo se aborda qué es la tributación mínima global y cómo se aplica el Pilar 2 de la OCDE y qué retos y oportunidades plantea para los asesores fiscales y los grupos multinacionales el Impuesto Complementario.

Para los asesores fiscales y los responsables de la gestión tributaria de las empresas, el impuesto mínimo global implica una profunda transformación en la planificación fiscal internacional y en la gestión de estructuras societarias.

La tributación mínima global es uno de los cambios más relevantes en la fiscalidad internacional de las últimas décadas. Su objetivo es garantizar que las grandes multinacionales paguen, como mínimo, un 15 % de impuestos sobre sus beneficios, sin importar dónde estén establecidas o dónde generen sus ingresos.

Según un reciente estudio de la organización Tax Justice Network, recogido en su informe State of Tax Justice 2025, estima que España dejó de recaudar cerca de 33.000 millones de dólares entre 2016 y 2021 debido a prácticas de elusión fiscal.

Estos datos reflejan que el sistema tributario nacional, tiene grandes dificultades para asegurar que las empresas tributen donde realmente generan valor.

En este escenario, la tributación mínima global se presenta como una de las herramientas más ambiciosas para combatir la erosión de bases imponibles y reforzar la equidad fiscal entre países.

En este artículo abordamos:

  • Qué es la tributación mínima global y cómo se aplica el Pilar 2 de la OCDE.
  • Qué retos y oportunidades plantea para los asesores fiscales y los grupos multinacionales el Impuesto Complementario.

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: un rompecabezas de dumping fiscal con 18 normativas distintas

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: un rompecabezas de dumping fiscal autonómico

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es un rompecabezas para los asesores tributarios debido a las diferentes regulaciones aplicables en cada territorio para herencias y donaciones.

Aunque a primera vista puede parecer un impuesto sencillo, el ISD es uno de los tributos que genera más dudas entre contribuyentes y asesores fiscales. Esta figura tributaria esconde una estructura normativa compleja, donde la residencia fiscal, el grado de parentesco y la comunidad autónoma marcan la diferencia.

El principal foco de dificultad está en determinar la competencia territorial, ya que la aplicación del impuesto varía según la comunidad autónoma, generando notables diferencias fiscales entre regiones. Muchos expertos califican este fenómeno como un claro ejemplo de dumping fiscal.

Estas diferencias pueden provocar cambios de domicilio fiscal motivados por razones tributarias, en un intento de reducir la carga tributaria que grava herencias y donaciones.

En este artículo te explicamos qué es el ISD, cómo funciona y por qué se ha convertido en un quebradero de cabeza para los asesores fiscales. Comprenderlo resulta esencial para quienes gestionan patrimonios, liquidan herencias o planifican donaciones.

La Comunidad de Madrid amplía el convenio con los Registradores de la Propiedad para facilitar la tramitación y liquidación de impuestos

La Comunidad de Madrid amplía el convenio con los Registradores de la Propiedad para facilitar la tramitación y liquidación de impuestos. Imagen de la bandera de la Comunidad de Madrid

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado ampliar el convenio que mantiene con el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles, destinado a la gestión y liquidación de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como Sucesiones y Donaciones. En total, se suman 816.878 euros más a este acuerdo con el fin de reforzar un servicio gratuito que en 2025 ha superado todas las previsiones de uso por parte de ciudadanos y empresas.

Gracias a esta medida, y a través de las 24 oficinas liquidadoras gestionadas por esta entidad, los contribuyentes reciben información, asistencia y apoyo en la tramitación de sus tributos, utilizando los mismos sistemas que emplea la Administración autonómica. Este servicio abarca también la grabación, revisión y, en su caso, el pago de los tributos, garantizando así una atención integral.

Instrucción 3/2025 de la AEAT sobre aplazamientos y fraccionamientos de pago

Instrucción 3/2025 de la AEAT sobre aplazamientos y fraccionamientos de pago. Imagen del logo de la AEAT

Instrucción 3/2025, de 23 de julio, de la Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la Instrucción 2/2023, de 3 de abril, sobre gestión de aplazamientos y fraccionamientos de pago.

En febrero de 2025, el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) dictó la resolución de 18 de febrero de 2025, RG 5121/2023, en la que unificó criterio sobre los efectos derivados del pago total de una deuda mientras se tramita una solicitud de aplazamiento o fraccionamiento presentada con anterioridad. El Tribunal estableció que, si la solicitud de aplazamiento se presenta en período voluntario y resulta inadmitida, se considera como no presentada, sin alterar el plazo original de pago. Si el pago total se realiza tras la inadmisión, pero una vez vencido el período voluntario y antes de la providencia de apremio, se aplica el recargo ejecutivo del artículo 28.2 de la Ley General Tributaria. Además, si el contribuyente paga la totalidad de la deuda durante la tramitación de la solicitud, se entiende que desiste tácitamente, debiendo la Administración archivar el expediente, aunque puede liquidar los intereses de demora devengados hasta la fecha del ingreso.

Calendario del contribuyente: Noviembre 2025

Calendario del contribuyente: Noviembre 2025. Calendario de noviembre de 2025 mostrado en un bocadillo cuadrado recortado de papel sobre fondo amarillo

Para recordar el cumplimiento de las principales obligaciones tributarias estatales, periódicas y no periódicas, a lo largo de 2025, la Agencia tributaria pone, como en años anteriores, a disposición del contribuyente, el calendario del contribuyente 2025.

Les recordamos ahora las principales obligaciones tributarias del mes de noviembre.

Lecciones del caso Nummaria: la responsabilidad tributaria del asesor fiscal

Lecciones del caso Nummaria: la responsabilidad tributaria del asesor fiscal. Trabajo en equipo de administración

El caso Nummaria se ha convertido en un auténtico culebrón judicial. El último capítulo lo protagoniza el recurso de la Abogacía del Estado ante la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional contra la absolución de la actriz Ana Duato. En dicho recurso se alega que la resolución del tribunal fue “paternalista” y que una persona con elevados ingresos y asesoramiento constante no puede alegar ignorancia total para eludir su responsabilidad tributaria.

Este mediático caso deja importantes lecciones, tanto para asesores como para contribuyentes. ¿Quieres conocerlas?

En este artículo damos respuesta a los principales interrogantes que plantea el caso:

  • ¿Hasta dónde llega la responsabilidad del asesor fiscal?
  • ¿Puede un contribuyente quedar exento de su responsabilidad si actúa siguiendo las indicaciones de su asesor?
  • ¿Cuándo se comete un delito fiscal?
  • ¿Te exime la ignorancia de tu responsabilidad tributaria?
  • ¿Qué precauciones deben adoptar asesores y contribuyentes para evitar riesgos?

El caso de Ana Duato vuelve a poner sobre la mesa uno de los debates más sensibles del sistema tributario: la responsabilidad compartida entre asesor y cliente.

Veri*factu vs SII: diferencias clave, ventajas y desventajas de cada sistema

Diferencias entre Veri*factu y el SII y ventajas y desventajas de cada sistema. Mujer escaneando código qr en factura de papel con teléfono inteligente

A continuación te ofrecemos una comparativa detallada de Veri*factu y SII para que puedas entender las implicaciones de ambos modelos y tomar la mejor decisión para tu empresa.

La digitalización de la facturación y el control tributario en España está viviendo un punto de inflexión. A partir de la puesta en funcionamiento del Reglamento Veri*factu, miles de empresas y profesionales deberán tener preparados sus sistemas informáticos de facturación (SIF) para garantizar que cada factura se registre de manera segura, trazable y verificable, y pueda comunicarse automáticamente a la Agencia Tributaria. Esta comunicación puede realizarse de forma instantánea, en el momento de emitir cada factura, o posteriormente a requerimiento de la Agencia Tributaria.

Errores frecuentes de los no residentes al tributar en España

Errores frecuentes en la fiscalidad de los no residentes al tributar en España. Dados de madera en pirámide con palabras escritas referentes a impuestos

A continuación, repasamos los fallos más frecuentes en la tributación de los no residentes en España.

El sistema fiscal español puede ser un verdadero laberinto para aquellos que no residen en el país, pero que mantienen intereses económicos o patrimonio en territorio nacional.

Actuar con desconocimiento, negligencia o intentar eludir el pago de impuestos puede acarrear importantes sanciones, recargos e intereses de demora.

La correcta tributación de los no residentes en España tiene cierta complejidad, por lo que no es de extrañar que se cometan determinados errores. Conocer los más comunes y evitarlos es crucial para una gestión fiscal eficiente.

Aplicación gratuita de facturación VERI*FACTU

Aplicación gratuita de facturación VERI*FACTU. Imagen del logo de Verifactu

Ya está disponible la aplicación gratuita de facturación de la Agencia Tributaria. Este formulario permitirá a autónomos, profesionales y empresas con un volumen reducido de facturas, generarlas de forma electrónica y enviar los registros de facturación directamente a la Agencia Tributaria, cumpliendo con el reglamento de VERI*FACTU, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, que regula los requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación.

Fuente: AEAT (15/10/2025)

Los Estados miembros de la UE actualizan la lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales

Los Estados miembros de la UE actualizan la lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales. Imagen de banderas de la UE

El Consejo ha confirmado la lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales, sin modificaciones. En ella figuran los 11 países y territorios de la versión anterior:

LISTA

  • Samoa Americana
  • Anguila
  • Fiyi
  • Guam
  • Palaos
  • Panamá
  • Rusia
  • Samoa
  • Trinidad y Tobago
  • Islas Vírgenes de los Estados Unidos
  • Vanuatu

Los países de la lista entran en el ámbito de aplicación del proceso de escrutinio de la UE.

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