Autonómica

Nueva Ley de la Comunidad de Madrid: reconocimiento del concebido y beneficios fiscales para familias asimiladas a familia numerosa en ITPAJD

Nueva Ley de la Comunidad de Madrid: reconocimiento del concebido y beneficios fiscales para familias asimiladas a familia numerosa en ITPAJD

La Comunidad de Madrid equipara al concebido con el hijo nacido para acceder a determinados beneficios familiares y amplía los beneficios fiscales del ITPAJD a las familias asimiladas a familia numerosa.

El 10 de julio de 2026, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, la LEY 5/2026, de 7 de julio, de reconocimiento del concebido en la aplicación de las medidas de apoyo a la familia en la Comunidad de Madrid.

La norma tiene como finalidad asimilar al concebido no nacido al hijo ya nacido para que las familias puedan acceder, dentro de las competencias autonómicas, a los beneficios y derechos vinculados a la existencia de hijos, especialmente los derivados de la condición de familia numerosa. Esta asimilación solo se aplica cuando suponga un beneficio para la unidad familiar y, con carácter general, no exige una semana mínima de gestación, salvo que la normativa específica establezca lo contrario. Para acreditar la situación es necesario presentar un informe médico reciente que certifique la semana de gestación y la fecha prevista del parto.

Nuevas deducciones, reducciones y bonificaciones fiscales en IRPF, ISD e ITPAJD en la Comunidad Valenciana

Nuevas deducciones, reducciones y bonificaciones fiscales en IRPF, ISD e ITPAJD en la Comunidad Valenciana. Imagen de un billete de 5 euros, moneda de 2 euros y calculadora

La reforma de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, actualiza las deducciones autonómicas del IRPF, las reducciones y bonificaciones en Sucesiones y Donaciones, los beneficios fiscales para personas con discapacidad, la vivienda habitual y la inversión en empresas emergentes en la Comunidad Valenciana.

El 2 de julio de 2026 se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana la Ley 3/2026, de 29 de junio, de la Generalitat, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado.

Mediante esta nueva norma, se modifica la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos.

Modificación del artículo 4. Deducciones autonómicas

c) Nacimiento, adopción, acogimiento o delegación de guarda

Se modifica la deducción por nacimiento, adopción, acogimiento o delegación de guarda de una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, o un grado de discapacidad intelectual o mental igual o superior al 33 %, siempre que cumpla los requisitos para la aplicación del mínimo por descendientes y que la suma de la base liquidable general y del ahorro no supere los límites establecidos.

La Comunidad de Madrid amplía la reducción en el ISD para empresas familiares y participaciones del 95% al 99% y extiende sus beneficiarios

La Comunidad de Madrid amplía la reducción en el ISD para empresas familiares y participaciones del 95% al 99% y extiende sus beneficiarios. Imagen de una familia mirando los datos de una tablet

La norma amplía y refuerza las reducciones propias del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad de Madrid, estableciendo una reducción del 99 % para las adquisiciones mortis causa e inter vivos de empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades, extendiendo su aplicación a determinados adquirentes del Grupo IV, regulando los requisitos de parentesco, participación, ejercicio de la actividad, funciones de dirección y mantenimiento de los bienes o participaciones, así como las consecuencias del incumplimiento del requisito de permanencia.

El 30 de junio de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Ley 3/2026, de 30 de junio, de Apoyo a la Empresa Familiar.

Esta norma parte de la consideración de la empresa familiar como un pilar fundamental de la economía madrileña por su contribución al crecimiento económico, el empleo, la innovación, el emprendimiento, el desarrollo de las áreas rurales y la generación de riqueza, así como por valores como la visión a largo plazo, la vocación de crear un legado y el compromiso con su comunidad. Ante los desafíos que plantea la sucesión, la ley persigue garantizar el relevo generacional de la empresa familiar mediante la mejora sustancial de los beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para las adquisiciones por sucesión y por donación.

Canarias prorroga la aplicación del tipo cero del IGIC sobre determinados productos energéticos y la devolución parcial del IECDP debido al persistente conflicto en Oriente Medio

Canarias prorroga la aplicación del tipo cero del IGIC sobre determinados productos energéticos y la devolución parcial del IECDP debido al persistente conflicto en Oriente Medio. Imagen de un barquito de papel sobre un mapa

Debido a la persistencia del conflicto en Oriente Medio resulta necesario mantener temporalmente la aplicación del tipo cero del IGIC sobre aquellos productos energéticos respecto de los cuales subsisten las circunstancias excepcionales que motivaron su establecimiento. Asimismo, procede mantener el incremento extraordinario de la devolución parcial del IECDP correspondiente al gasóleo y la gasolina profesionales, dado que agricultores, ganaderos, pescadores y transportistas continúan soportando costes muy superiores a los existentes con anterioridad al inicio del conflicto internacional.

El 30 de junio de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias el Decreto Ley 4/2026, de 29 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas tributarias adoptadas como consecuencia de la crisis en Oriente Medio.

La evolución de la situación internacional desde la aprobación del Decreto ley 3/2026 evidencia que las circunstancias extraordinarias que motivaron su adopción persisten. Aunque en determinados momentos se ha producido una moderación parcial de los precios internacionales de la energía, los mercados continúan sometidos a una elevada volatilidad derivada de la persistencia del conflicto en Oriente Medio, de las incertidumbres sobre la estabilidad de las principales rutas marítimas de suministro energético y de las tensiones que siguen afectando a las cadenas internacionales de abastecimiento.

Actualizados los límites de valor de vivienda aplicables a ciertos beneficios fiscales en Baleares

islas baleares viviendas

Se modifican los importes aplicables a determinados beneficios fiscales en materia de tributos cedidos en las Islas Baleares, adaptándolos al nuevo importe mínimo exigido para Mallorca y Menorca y corrigiendo los valores correspondientes a Ibiza y Formentera conforme a los límites legalmente establecidos.

El 25 de junio de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la Orden 13/2026 del consejero de Economía, Hacienda e Innovación, de 22 de junio, por la que se modifica la Orden 5/2026 del consejero de Economía, Hacienda e Innovación, de 16 de marzo, por la que se desarrolla la disposición adicional quinta del Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto legislativo 1/2014, de 6 de junio.

Medidas fiscales en las Islas Baleares, ampliación de deducciones en IRPF y cambios en ITP y AJD en relación con la vivienda habitual

Medidas fiscales en las Islas Baleares, ampliación de deducciones en IRPF y cambios en ITP y AJD en relación con la vivienda habitual. Imagen de una maqueta de la playa de una isla

Medidas fiscales en las Islas Baleares: cambios en IRPF, ampliación de deducciones, nuevas deducciones por alquiler y ayudas públicas, mejoras para familias y nacimientos, cambios en ITP y AJD en la compra de vivienda habitual, y nuevas bonificaciones para jóvenes, familias y personas con discapacidad.

El 13 de junio de 2026, se ha publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, la Ley 4/2026, de 11 de junio, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears y de otras medidas de simplificación y racionalización administrativas. Su disposición final sexagésimo-séptima introduce diversas modificaciones del Texto refundido de las disposiciones legales en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto legislativo 1/2014, de 6 de junio.

Medidas fiscales en ISD e ITPAJD aplicables en Cataluña como respuesta a una situación de crisis aguda del sector agrario

Medidas fiscales en ISD e ITPAJD aplicables en Cataluña como respuesta a una situación de crisis aguda del sector agrario. Imagen de una bandera de Cataluña en mitad de un campo

Modificaciones que conllevan una serie de beneficios fiscales en el ámbito del ISD, y en el ITPAJD, en respuesta a acontecimientos adversos producidos en los últimos años en Cataluña, como las heladas, inundaciones, sequías, incendios forestales y enfermedades animales que, junto con el envejecimiento de los titulares de las explotaciones, han colocado a todo el sector agrario en una situación de crisis aguda.

El 22 de mayo de 2026 se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, la Ley 5/2026, de 20 de mayo, de medidas urgentes de apoyo al sector agrario y forestal.

El capítulo VI modifica el libro sexto del Código tributario de Cataluña, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Cataluña en materia de tributos cedidos. Estas modificaciones conllevan una serie de beneficios fiscales en el ámbito del ISD, y en el ITPAJD vinculados a determinadas operaciones que impliquen explotaciones agrarias. Responden a la concatenación de acontecimientos muy adversos que se han producido en los últimos años en Cataluña, como las heladas, las inundaciones, el periodo extraordinariamente largo de sequía y los incendios forestales, que han afectado a las explotaciones agrarias. Aparte, las enfermedades animales, como la lengua azul y la dermatosis nodular contagiosa, junto con el envejecimiento de los titulares de las explotaciones, han colocado a todo el sector agrario en una situación de crisis aguda que requiere implantar una batería de soluciones lo antes posible.

Asturias aprueba un régimen excepcional de aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias para paliar los efectos de la crisis en Oriente Medio

Asturias aprueba un régimen excepcional de aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias para paliar los efectos de la crisis en Oriente Medio. Imagen de unas manos de un hombre en un escritorio de trabajo con montoncitos de monedas y gráficas

Esta norma responde a la necesidad de regular medidas en el ámbito tributario para hacer frente a las consecuencias más inmediatas provocadas por el conflicto en Oriente Medio. Es por ello que, con el fin de facilitar el pago de las deudas, resulta preciso flexibilizar los requisitos exigidos para la concesión de aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias, lo que contribuirá, junto con las restantes medidas que se están poniendo en marcha a estos efectos, a que el incremento de precios afecte en menor medida a la ciudadanía.

El 4 de mayo de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias el Decreto 25/2026, de 30 de abril, por el que se establece un régimen excepcional para los aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias para paliar los efectos de la crisis en Oriente Medio.

En efecto, la presente norma resulta de aplicación a las deudas tributarias generadas en el período comprendido entre el 28 de febrero de 2026, fecha de inicio del conflicto cuyas consecuencias económicas se pretende paliar, y el 30 de junio del presente ejercicio.

Cantabria modifica e incorpora deducciones en IRPF y adapta los tipos impositivos en ITP y AJD

Cantabria modifica e incorpora deducciones en IRPF y adapta los tipos impositivos en ITP y AJD. Imagen de un mazo sobre las páginas de un libro

En IRPF se modifican las deducciones por arrendamiento de vivienda habitual, enfermedad, nacimiento o adopción, inversiones en elementos patrimoniales por parte de nuevos contribuyentes procedentes del extranjero y se crean deducciones para fomentar el ejercicio físico, el compromiso medioambiental y para facilitar el acceso a la vivienda a jóvenes menores de 36 años. En ITP y AJD se adaptan diversas disposiciones destacando la adaptación del tipo reducido del 4% en transmisiones onerosas que constituyan vivienda habitual, recogiendo la progresividad del impuesto y eliminando la aplicación del error en el salto.

El 30 de abril de 2026, se ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria la Ley de Cantabria 5/2026, de 28 de abril, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026. En él se incluyen diversas medidas relativas a los impuestos estatales cedidos por el Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria, en concreto, se modifican e incorporan nuevas deducciones en el IRPF y se rebaja el ITP y AJD en algunos casos de compra de vivienda habitual.

Para la aplicación de la deducción por arrendamiento de vivienda habitual, se amplíala edad para su aplicación hasta los 40 años en el caso de que la unidad familiar tenga dos o más hijos.

Devolución parcial del Impuesto Especial sobre combustibles derivados del petróleo en Canarias

Devolución parcial del Impuesto Especial sobre combustibles derivados del petróleo en Canarias. Imagen de la mano de un hombre cogiendo la manguera amarilla de la gasolina

La modificación de la base de devolución de la cuota del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo entrará en vigor el 1 de mayo de 2026. Se adaptan las condiciones, requisitos, procedimiento y los módulos de consumo medio para la práctica de la devolución. Igualmente, se modifica el concepto de instalación de consumo propio, ampliando los casos de vinculación.

El 30 de abril de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias la ORDEN de 23 de abril de 2026, por la que se fija la entrada en vigor de la devolución parcial, con base en el consumo real, del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo a agricultores y transportistas, y se modifica la Orden de 2 de diciembre de 2008, por la que se establecen las condiciones, los requisitos, el procedimiento y los módulos de consumo medio para la práctica de la devolución parcial de la cuota del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo.

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