Canarias prorroga el tipo cero del IGIC para determinados productos energéticos y las medidas de devolución parcial del IECDP para gasolina y gasóleo profesionales de agricultores y transportistas
Enviado por fiscalimpuestos el Mié, 30/09/2026 - 11:03El Decreto ley 6/2026 prorroga las medidas tributarias en Canarias frente a la crisis en Oriente Medio: tipo cero del IGIC para determinados productos energéticos y devolución parcial del IECDP para gasolina y gasóleo profesionales de agricultores y transportistas hasta diciembre de 2026.
El 30 de septiembre de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias el DECRETO LEY 6/2026, de 28 de septiembre, por el que se prorrogan determinadas medidas tributarias adoptadas como consecuencia de la crisis en Oriente Medio.
El Decreto ley 3/2026, de 6 de abril, adoptó medidas extraordinarias y urgentes dirigidas a proteger a las familias, trabajadores autónomos, empresas y sectores económicos canarios frente a las consecuencias económicas derivadas del conflicto internacional en Oriente Medio, adaptándolas a las singularidades del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y a su condición de región ultraperiférica. Entre las medidas tributarias se estableció temporalmente el tipo cero del IGIC a determinados productos energéticos y el incremento extraordinario de la devolución parcial del IECDP correspondiente al gasóleo y la gasolina profesionales. Posteriormente, el Decreto ley 4/2026 prorrogó estas medidas para evitar un incremento inmediato de los costes soportados por las familias y los sectores productivos.














