Autonómica

Cataluña modifica el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos y crea la tasa por el servicio de gestión y recaudación del recargo municipal del impuesto

Cataluña modifica el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos y crea la tasa por el servicio de gestión y recaudación del recargo municipal del impuesto. Imagen de una mujer mirando la Sagrada Familia desde una azotea

Las modificaciones se refieren al incremento de las tarifas, la afectación de los ingresos y las finalidades a las que se destina el Fondo para el Fomento del Turismo, y la modificación del recargo del Ayuntamiento de Barcelona y la creación de un recargo para los demás municipios.

El 10 de marzo de 2026 se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, la Ley 2/2026, de 6 de marzo, de modificación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos y de creación de la tasa por el servicio de gestión y recaudación del recargo municipal del impuesto.

La norma se aprueba en un contexto de evolución económica y social con la finalidad de adoptar medidas fiscales dirigidas a dar respuesta a la emergencia habitacional, promover un turismo sostenible y asegurar una justa distribución de la carga tributaria. Asimismo, deroga el Decreto ley 6/2025, de 25 de marzo, el Decreto ley 10/2025, de 13 de mayo, que modificaba el anterior, y la disposición adicional del Decreto ley 21/2025, de 14 de octubre, de medidas urgentes de apoyo al sector agrario y forestal.

La ley introduce modificaciones en este impuesto propio de la Generalitat estructuradas en tres ámbitos: el incremento de las tarifas, la modificación de la afectación de los ingresos y de las finalidades del Fondo para el Fomento del Turismo, y la modificación del recargo del Ayuntamiento de Barcelona junto con la creación de un recargo para los demás municipios.

La Comunidad Valenciana aprueba una nueva deducción aplicable a IRPF para sufragar los gastos efectuados en actividades vinculadas a la formación y práctica musicales

La Comunidad Valenciana aprueba una nueva deducción aplicable a IRPF para sufragar los gastos efectuados en actividades vinculadas a la formación y práctica musicales. Imagen del teclado de un piano en el que encima tiene un cerdito de ahorro en azul clarito

La Comunidad Valenciana ha aprobado el 6 de marzo de 2026, una nueva deducción en cumplimiento de lo previsto en la Ley 2/1998, de 12 de mayo, valenciana de la música, cuyo objeto es el fomento, protección, coordinación, difusión y promoción de la música en la Comunitat Valenciana. A tal efecto, se establece una deducción destinada a sufragar gastos efectuados en actividades directamente vinculadas a la formación y práctica musicales, con el fin de incentivar la participación activa de los ciudadanos mediante la reducción de la carga económica de su formación y práctica musicales.

El 6 de marzo de 2026, se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, el Decreto-Ley 2/2026, de 6 de marzo, del Consell, de modificación de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de los restantes tributos cedidos, para la creación de una deducción por gastos vinculados al fomento y a la formación musicales.

En el artículo 1 se expone el objeto del presente decreto ley, cuyo propósito es la creación de una nueva deducción vinculada al fomento y la formación musicales.

La Comunidad Valenciana incorpora medidas para ampliar el ámbito subjetivo aplicable a las deducciones en IRPF por determinados gastos sanitarios y por la práctica de la salud

La Comunidad Valenciana incorpora medidas para ampliar el ámbito subjetivo aplicable a las deducciones en IRPF por determinados gastos sanitarios y por la práctica de la salud. Imagen de una mesa en la que hay un listado sobre los gastos de bienestar de salud y deporte

Se han aprobado diversas medidas para ampliar el ámbito subjetivo de aplicación de deducciones en la cuota autonómica del IRPF en la Comunidad Valenciana, concretamente, deducciones a razón de diversos gastos sanitarios, en respuesta a una situación de extraordinaria y urgente necesidad derivada del incremento sostenido de los gastos sanitarios no cubiertos por el sistema público, especialmente en materia de salud mental, atención bucodental, óptica y patologías crónicas, así como de su persistente presión sobre la renta disponible de los hogares de la Comunitat Valenciana, con especial incidencia en las rentas medias.

El 3 de marzo de 2026, se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, el Decreto–Ley 1/2026, de 27 de febrero, del Consell, de modificación de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del impuesto sobre la renta de las personas físicas y restantes tributos cedidos, en materia de deducciones autonómicas por gastos sanitarios y por la práctica de la salud.

Galicia permite de forma excepcional y transitoria acreditar a efectos de su deducción en IRPF el gasto en material escolar realizado en efectivo

Galicia permite de forma excepcional y transitoria acreditar a efectos de su deducción en IRPF el gasto en material escolar realizado en efectivo. Imagen de lápices de colores y billetes de fondo

Esta medida se trata de una regularización excepcional del régimen probatorio aplicable a la nueva deducción prevista por la adquisición de libros de texto y material escolar, poniendo de manifiesto conforme a los principios de seguridad jurídica y confianza legitima, la voluntad de evitar efectos retroactivos perjudiciales mediante esta corrección transitoria.

El 2 de marzo de 2026 se ha publicado en el Diario Oficial de Galicia la Ley 2/2026, de 27 de febrero, de medida excepcional de carácter fiscal, por la que se permite el pago en dinero de curso legal de los gastos en material escolar y libros de texto en el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2025, con la finalidad de no perjudicar a quienes desconocían la inadmisión de este medio de pago como forma válida de acreditación del gasto.  

En la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, se añade el art. 5.Veinticinco al texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto legislativo 1/2011, de 28 de julio, de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el ejercicio de las competencias normativas en materia de tributos cedidos, que regula la deducción por la adquisición de libros de texto y material escolar en el IRPF.

Canarias regula el ámbito objetivo de aplicación del régimen simplificado del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías y fija los módulos para 2026

Canarias regula el ámbito objetivo de aplicación del régimen simplificado del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías y fija los módulos para 2026. Imagen del astillero de un puerto

La presente orden contiene un Anexo con los módulos.

La Orden de 21 de enero de 2026, por la que se establece el ámbito objetivo de aplicación del régimen simplificado del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias y se fijan los módulos para el año 2026, que se ha publicado el 2 de febrero de 2026 en el Boletín Oficial de Canarias, tiene por objeto desarrollar y concretar el régimen simplificado del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias (AIEM) para el ejercicio 2026, en ejecución de lo previsto en la Ley 20/1991 y en el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. En particular, se ejerce la competencia atribuida a la Consejería competente en materia tributaria para determinar tanto el ámbito objetivo de aplicación del régimen simplificado como los índices, módulos y parámetros necesarios para la cuantificación de las cuotas devengadas.

La Comunidad Valenciana aprueba nueva deducción del 100% en IP por acciones o participaciones en empresas emergentes y simplifica la deducción en IRPF por inversiones acciones o participaciones de determinadas entidades

La Comunidad Valenciana aprueba nueva deducción del 100% en IP por acciones o participaciones en empresas emergentes y simplifica la deducción en IRPF por inversiones acciones o participaciones de determinadas entidades. Imagen de la bandera de la Comunidad Valenciana

Además, adopta medidas contra la hiperregulación modificando la regulación relativa a deducciones y beneficios fiscales autonómicos para personas con discapacidad.

En boletín extraordinario de 29 de diciembre de 2025, de la Comunidad Valenciana se ha publicado el Decreto Ley 14/2025, de 26 de diciembre, del Consell, de medidas urgentes contra la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado.

Personas con discapacidad: IRPF, ISD, ITP Y AJD

Mediante esta norma se modifica la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la cual se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, con la finalidad de adecuar la regulación de los beneficios fiscales autonómicos dirigidos a las personas con discapacidad a la estructura de la  información suministrada por los certificados de reconocimiento de la situación de discapacidad elaborados de acuerdo con el Real decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, cuya entrada en vigor se produjo el 20 de abril de 2023.

Galicia ha aprobado su ley de medidas fiscales realizando amplios cambios en materia de IRPF, ISD e ITP Y AJD

Galicia ha aprobado su ley de medidas fiscales realizando amplios cambios en materia de IRPF, ISD e ITP Y AJD. Imagen de la bandera de Galicia

Estas medidas muestran un enfoque fiscal integral que combina exenciones, deducciones y tipos reducidos, dirigidas tanto a situaciones de emergencia como a colectivos con necesidades especiales, promoviendo la equidad tributaria y la eficiencia en el uso de ayudas públicas, al tiempo que se actualizan límites y condiciones para adaptarse a la realidad económica y social de Galicia en 2025.

El 31 de diciembre de 2025 se ha publicado en el Diario Oficial de Galicia la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

El mismo día se ha publicado la Ley 4/2025, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026. Pero la única medida tributaria recogida en esta norma se refiere a que la totalidad de los ingresos previstos por el impuesto sobre el daño medioambiental causado por determinados usos y aprovechamientos del agua embalsada, establecido por la Ley 15/2008, de 19 de diciembre, financiará actuaciones comprendidas en los programas 541B, 541D y 551B, en concreto los gastos de inversión destinados a sanear, proteger y mejorar el medio natural, así como la realización de transferencias para llevar a cabo obras y servicios hidráulicos.

Mediante su ley de presupuestos 2026, Asturias realiza modificaciones en IRPF, ITP Y AJD y tasas

Mediante su ley de presupuestos 2026, Asturias realiza modificaciones en IRPF, ITP Y AJD y tasas. Imagen de la bandera de Asturias

La Ley de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2026 se configura conforme al marco constitucional y estatutario aplicable, incorporando tanto el contenido esencial propio de toda ley presupuestaria como un conjunto de disposiciones de carácter tributario.

El 31 de diciembre de 2025, en boletín extraordinario de Asturias, se ha publicado la Ley del Principado de Asturias 5/2025, de 31 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2026.

En materia tributaria, las principales novedades se concentran en el título V de la ley, dedicado a las normas fiscales.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

- Deducción por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida

Los contribuyentes que adquieran o rehabiliten una vivienda habitual que tenga la consideración de protegida, conforme a la normativa estatal o autonómica en la materia, tendrán derecho a aplicar la siguiente deducción por las cantidades satisfechas durante el ejercicio en la adquisición o rehabilitación de aquella: Hasta 5.000 euros en el ejercicio en el que se lleve a cabo la adquisición o rehabilitación. Hasta 1.000 euros en los ejercicios sucesivos.

Andalucía aprueba su ley de presupuestos para 2026 introduciendo medidas fiscales en materia de IRPF, ISD e ITP Y AJD

Andalucía aprueba su ley de presupuestos para 2026 introduciendo medidas fiscales en materia de IRPF, ISD e ITP Y AJD. Imagen de la bandera de Andalucía

El Presupuesto de Andalucía para 2026 incorpora un conjunto de medidas fiscales que se enmarcan en una estrategia de equilibrio entre el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y la utilización de los tributos propios y cedidos como instrumentos de política económica y social.

El 31 de diciembre de 2025 se ha publicado en el BOJA la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Se amplía la deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual, elevando los límites de deducción para jóvenes menores de 35 años, personas mayores de 65 años, personas con discapacidad, víctimas de violencia doméstica y del terrorismo, con el objetivo de mantener su eficacia real ante el incremento sostenido de los precios del alquiler.

La Rioja aprueba sus presupuestos y las Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026 en materia de tasas, IAE, IRPF, ISD, tributos propios y crea la Defensoría del contribuyente

La Rioja aprueba sus presupuestos y las Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026 en materia de tasas, IAE, IRPF, ISD, tributos propios y crea la Defensoría del contribuyente. Imagen de la bandera de La Rioja

La Rioja aprueba sus presupuestos junto con su norma de acompañamiento de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026, entre las que destaca la deflactación de la escala autonómica de gravamen y de los importes de los mínimos personal y familiar en el IRPF y la creación de la deducción para celiacos y en el ámbito del ISD se modifican las reducciones autonómicas en los supuestos de adquisiciones de empresas individuales y negocios profesionales y de adquisición de participaciones en entidades para incluir a los colaterales de tercer grado por afinidad en las transmisiones mortis causa. Por otro lado, se modifican algunas tasas y se crea la Defensoría del Contribuyente.

En el Boletín Oficial de La Rioja de hoy, 30 de diciembre de 2025 se ha publicado la LEY 8/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2026 y la LEY 9/2025, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026.

En laLey de Presupuestos además de disponer la previsión de ingresos y la habilitación de gastos de los órganos, organismos y entes integrantes del sector público regional, en el título dedicado a las normas tributarias, se recoge para el año 2026 el mantenimiento de la cuantía de las tasas exigibles y del recargo sobre del Impuesto sobre actividades económicas en el 12%, y se declaran las actividades prioritarias de mecenazgo respecto de las cuales las deducciones y reducciones establecidas la Ley 3/2021, de 28 de abril, de Mecenazgo de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el IRPF e ISD se elevarán en cinco puntos porcentuales.

El contenido de la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026, lo constituyen las medidas de naturaleza tributaria principalmente, aunque también se incluye la modificación de la Ley de Hacienda Pública riojana con objeto de establecer, de manera clara, el interés de demora a aplicar en las cantidades adeudadas a la hacienda pública autonómica conforme a la naturaleza de la deuda, para garantizar la seguridad jurídica de contribuyentes y ciudadanos, se modifican otras normas para implementar otras medidas de carácter administrativo, y se recoge la exención de determinadas tasas para el ejercicio 2026 y se crea la Defensoría del contribuyente.

Páginas