El perito no está obligado a utilizar en el ISD la regla del artículo 16 Ley IP para la valoración de las participaciones sociales, por lo que resulta válido el método clásico que integra el valor del activo neto y los beneficios esperados
Enviado por Editorial el Lun, 15/09/2025 - 13:31No resulta procedente la exigencia de los 65 años cumplidos del mejorante cuando nos encontramos ante un pacto de mejora del derecho gallego porque deben aplicarse las reglas de adquisición mortis causa
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia se pronuncia en su sentencia 264/2025, de 9 de abril de 2025, recurso n.º 15388/2024 sobre dos cuestiones que afectan, por una parte, a la valoración de particiones sociales a efectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y, por otra, sobre la aplicación de los beneficios en dicho impuesto cuando nos encontramos ante un pacto de mejora gallego, que no es otra cosa que la transmisión en vida de bienes o derechos a los descendientes (hijos y nietos), adelantando así parte de la herencia.