Simulación de operaciones entre entidades vinculadas: carga de la prueba y sanción impuesta en el IS
Enviado por Editorial el Lun, 12/05/2025 - 11:19Se analizan por el TEAC las dos posiciones, de la Administración y de la parte recurrente, para determinar si realmente era posible justificar la deducción de gastos.
La presente resolución RG 1600/2024 del TEAC, de 19 de julio de 2024, pero publicada esta semana, analiza la calificación como simuladas de varias operaciones entre las entidades vinculadas XZ (la sociedad recurrente) y JK (prestadora de servicios), basándose en el criterio de la Inspección Tributaria, que ha sido ratificado por el TEAR de Valencia.
El motivo de este análisis es que la Administración considera que las operaciones realizadas entre XZ y JK no reflejan una realidad económica, sino que están diseñadas artificialmente para reducir la carga tributaria de XZ, aprovechando las bases imponibles negativas (BINs) generadas por JK en ejercicios anteriores que ya estaban prescritos.