A los trabajadores acogidos al régimen de impatriados pueden beneficiarse de las exenciones aplicables a retribuciones en especie
Enviado por Editorial el Jue, 26/03/2026 - 13:54Concretamente la DGT lo detalla en esta consulta mencionando las exenciones previstas en el art. 42.3 de la Ley IRPF.
La sociedad de la consulta tributaria de la DGT V2574-25, de 18 de diciembre de 2025, dispone de empleados acogidos al régimen fiscal especial de trabajadores desplazados a territorio español, regulado en el art. 93 de la LIRPF (conocido comúnmente como “régimen de impatriados”).
En el marco de su política de retribución flexible, la empresa ofrece diversas retribuciones en especie, concretamente: servicios de comedor, prestación del servicio de educación infantil, seguros de enfermedad y sistemas de transporte colectivo.














