Doctrina Administrativa

Selección de doctrina administrativa. Julio (2.ª quincena) y Agosto 2025

Selección de doctrina tributaria. Julio (2.ª quincena) y Agosto 2025. Imagen de elementos para viajar, maleta, pelota, chaclas etc.

Consulte aquí en formato PDF

TEAC sobre el pago del ISD como aceptación de la herencia e inclusión en la base imponible de un crédito litigioso como bien integrante de la herencia

ISD: el pago del impuesto no se entiende como aceptación de la herencia

Se analiza la aceptación tácita de la herencia, la aplicación del ius transmissionis, el cómputo del plazo de prescripción del Impuesto sobre Sucesiones y casos de créditos litigiosos.

La presente resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central, RG 2286/2022, de 30 de mayo de 2025, se pronuncia sobre una reclamación interpuesta frente a una liquidación dictada por la Administración Tributaria en relación con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), como consecuencia del fallecimiento de Doña Bxy, acaecido el 19 de enero de 2017. El caso plantea varias cuestiones jurídicas relevantes: la aceptación tácita de la herencia, el cómputo del plazo de prescripción del derecho de la Administración para liquidar el tributo, y la inclusión en la masa hereditaria de un crédito reconocido a favor de la causante.

Si se ha de practicar o no ajuste negativo en el IS correspondiente al ejercicio en el que se procede a la capitalización mediante compensación de créditos por parte del socio

IS: capitalización de créditos en proceso concursal. Cubos de madera con los signos más y menos y dedo señalando a negativo

La capitalización de créditos en el marco de un proceso concursal.

En febrero de 2020, la entidad Y de la consulta de la DGT V0695-25, de 15 de abril de 2025, suscribió un contrato de inversión con diversos fondos y cuentas gestionados por las entidades A, AA y los Fondos AAA (no residentes fiscales en España), en relación con una financiación senior formalizada en 2016, por la que dichas entidades otorgaron préstamos a Y (en adelante, “Financiación AAA”).

El contrato de inversión preveía, entre otras condiciones, la capitalización de los créditos derivados de la Financiación AAA, permitiendo que los acreedores entrasen en el capital social de Y mediante una ampliación de capital por compensación de créditos.

Sin embargo, este contrato fue resuelto unilateralmente por las Partes AAA el 12 de febrero de 2020, lo que originó acciones judiciales por parte de Y y su socio único ante tribunales españoles.

Acreditada la residencia, surge la duda de si debe solicitarse devolución del 3% del IRNR mediante modelo 210 por venta de inmueble o se queda en pago a cuenta para la declaración de la renta

Inmueble vendido sin haberse acreditado la residencia: ¿IRNR o IRPF? Post-it con signo de interrogación azul sobre fondo amarillo

En caso de ser residente esa retención por IRNR ya no es válida y el contribuyente trata de saber cómo remediarlo, mediante el modelo 210 o el modelo 100.

El contribuyente de la consulta tributaria V0683/2025, de 15 de abril de 2025, ha transmitido una vivienda en España. En el momento de la operación, no pudo acreditar ante el comprador su condición de residente fiscal en España, motivo por el cual se le aplicó la retención del 3% sobre el precio de venta conforme al art. 25.2 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (TRLIRNR), aprobado por el RDLeg. 5/2004.

La prohibición legal de no otorgar escritura con NIF revocado no se aplica en caso de otorgamiento forzoso de escritura por condena judicial

NIF revocado: otorgar escritura en ejecución de sentencia. Imagen de puzzle energético

Un notario plantea una duda través de la consulta V0701/2025, de 15 de abril de 2025, relativa a la posibilidad de autorizar una escritura pública de compraventa de una plaza de garaje en la que la vendedora es una sociedad con el NIF revocado por la Administración Tributaria.

La sociedad ha sido condenada judicialmente mediante sentencia firme a otorgar dicha escritura a favor del comprador (parte demandante en el proceso). El comprador no debe efectuar ningún pago adicional, pues el precio ya fue entregado con anterioridad.

En el auto de ejecución de sentencia, se ordena que la declaración de voluntad de la sociedad vendedora (con NIF revocado) sea sustituida por la de la compradora, actuando ésta en su nombre.

Deducibilidad fiscal en IS de una pérdida por deterioro de créditos en caso de concurso mercantil en un país extranjero

IS: pérdida por deterioro de crédito concedido a una entidad extranjera vinculada. Dos monigotes de madera de colores esposados y una maza judicial

En la consulta vinculante de la DGT, V0651/2025, de 10 de abril de 2025, se expone que la Sociedad A, residente fiscal en España, es la sociedad matriz de un grupo empresarial y ostenta, de manera indirecta, el 79,5 % del capital social de la Sociedad B, entidad residente en México y dedicada a actividades industriales y comerciales vinculadas con sistemas de riego.

La Sociedad B ha acumulado importantes pérdidas en los últimos años, debido a las dificultades del mercado agrícola mexicano y a factores económicos globales, como el aumento de los costes logísticos y el precio de las materias primas. Esta situación ha generado una situación de insolvencia que previsiblemente derivará en la presentación de un concurso mercantil voluntario en México, que podría finalizar con la apertura de la fase de quiebra (equiparable a la fase de liquidación prevista en el Derecho concursal español).

Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias cuando se paga una deuda fuera del plazo voluntario, pero antes de la providencia de apremio

Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias. Elementos de configuración y frase escrita "Status report"

Criterio de la DGT muy relevante en materia de procedimientos tributarios.

El contribuyente de la consulta tributaria V0634/2025, de 8 de abril de 2025, desea saber si es posible obtener un certificado positivo de estar al corriente de las obligaciones tributarias cuando ha ingresado el importe de una deuda una vez finalizado el plazo voluntario de pago, pero antes de recibir la notificación de la providencia de apremio, y si en ese momento no consta el recargo del 5% como liquidado ni notificado.

La emisión del certificado de estar al corriente se regula en los artículos 70 a 75 del Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria (RGAT), aprobado por el Real Decreto 1065/2007.

Ajuar doméstico en ISD: inmuebles no utilizados por el causante, y el cálculo de la base imponible en caso de legítima en el Derecho catalán

Ajuar doméstico en ISD: inmuebles no utilizados por el causante, y el cálculo de la base imponible en caso de legítima en el Derecho catalán. Image de una madre e hija abrazandose muy cariñosamente

El TEAC resuelve una controversia respecto de un inmueble cuyo titular está en copropiedad con un familiar que además usa dicho inmueble.

Determinación del ajuar doméstico según la doctrina del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha establecido una línea jurisprudencial consolidada respecto al concepto y cálculo del ajuar doméstico en el ámbito del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, concretamente conforme al artículo 15 de la Ley 29/1987.

Se incluyen en el cómputo del 3% de ajuar doméstico los bienes inmuebles destinados a vivienda habitual o uso personal del causante, ya sea como residencia principal o secundaria (segundas y ulteriores residencias).

Quedan excluidos del cálculo los inmuebles arrendados a terceros o aquellos cedidos gratuitamente a familiares u otras personas al momento del fallecimiento.

El caso la resolución RG 6258/2024, de 30 de mayo de 2025, examina si un inmueble situado en Barcelona debe computarse en el ajuar doméstico. Este inmueble era copropiedad entre la causante y su hija (titularidad del 50% cada una). La hija de la causante residía en dicho inmueble, según alegaciones y documentos aportados.

Obligación de repercutir e ingresar el "sales tax" en Estados Unidos por parte de una empresa española

Obligación de repercutir e ingresar el "sales tax" en Estados Unidos por parte de una empresa española. Imagen del mapa de Estados Unidos en azul

La DGT analiza esta situación en la que una empresa vende productos mediante comercio electrónico a EE.UU.

La empresa contribuyente de la consulta tributaria de la DGT V0840/2025, de 20 de mayo de 2025, es una sociedad establecida en el territorio de aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), cuya actividad principal es la fabricación y venta de productos cosméticos. La empresa vende a través de su propia página web y diversas plataformas digitales de comercio electrónico. Recientemente, una de estas plataformas les ha notificado que han superado el límite de ventas en los Estados Unidos, lo que implica que deben comenzar a repercutir el llamado "sales tax" de EE. UU., un impuesto sobre las ventas que varía según el estado. Este impuesto deberá ser recaudado y posteriormente ingresado en cada uno de los estados correspondientes.

La consulta que plantea la empresa es si tiene la obligación de repercutir e ingresar el sales tax estadounidense en su actividad económica. Además, se pregunta si debe registrarse en cada estado de EE. UU. para cumplir con las obligaciones fiscales relacionadas con dicho impuesto.

La Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), regula las entregas de bienes y servicios realizadas en el territorio de aplicación del impuesto (España y la Unión Europea). El artículo 4, apartado 1, de dicha ley establece que el IVA se aplica a las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios o profesionales, incluso si se realizan a favor de los propios socios, miembros o partícipes de la entidad.

Consulta aclaratoria de la DGT sobre la regularización de cuotas del RETA: imputación temporal en IRPF

Consulta aclaratoria de la DGT sobre la regularización de cuotas del RETA: imputación temporal en IRPF. Imagen de unas personas comprobando ficheros

La DGT expone en qué periodo impositivo debe imputarse una cantidad que el contribuyente debe pagar para regularizar sus cuotas de la Seguridad Social.

El trabajador autónomo de la consulta V0874-25, de 22 de mayo de 2025, incluido en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA), ha recibido en 2025 una comunicación de la Tesorería General de la Seguridad Social en la que se le requiere el pago de una cantidad correspondiente a la regularización de sus cuotas del ejercicio 2023, de acuerdo con el nuevo sistema de cotización por rendimientos reales.

La cuestión planteada consiste en determinar a qué ejercicio debe imputarse dicho pago en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Nuevo sistema de cotización de autónomos

Con efectos desde el 1 de enero de 2023, el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, modificó el artículo 308 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), instaurando un sistema de cotización basado en los rendimientos netos anuales reales.

Páginas