No es posible declarar la responsabilidad subsidiaria del art. 43.1.c) de la LGT respecto de deudas no tributarias
Enviado por mariacampos el Lun, 26/01/2026 - 14:56La segunda cuestión analizada por el TEAC en la misma resolución es sobre la competencia de la AEAT para llevar a cabo una derivación de responsabilidad del art. 40.3 de la Ley General de Subvenciones en relación con el reintegro de una subvención concedida por la CCAA.
La resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central, RG 7522/2023, de 15 de octubre de 2025, examina un recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio interpuesto por la Directora del Departamento de Recaudación de la AEAT, en relación con la derivación de responsabilidad por el reintegro de una subvención concedida por la Comunidad Autónoma de Aragón. La controversia jurídica se articula en torno a dos cuestiones diferenciadas, que el Tribunal analiza de forma separada.














