En esta consulta tributaria vinculante se analiza la sujeción al IVA, la posible exención por segunda entrega, la determinación de la rehabilitación y sus efectos en la inversión del sujeto pasivo y en la deducibilidad del impuesto en operaciones de transformación de locales en viviendas para su posterior transmisión.
La entidad de la consulta tributaria V1621-25, de 15 de septiembre de 2025, dedicada a la actividad inmobiliaria, ha adquirido dos locales comerciales destinados a oficinas para transformarlos en viviendas y venderlos una vez finalizadas las obras.
Se plantea el tratamiento en el IVA de dicha transmisión, la posible exención, la aplicación de la inversión del sujeto pasivo en las obras y la deducibilidad del IVA soportado.
En primer lugar, las entregas de bienes realizadas por la entidad están sujetas al IVA y la transmisión de las viviendas resultantes estará sujeta al IVA, sin perjuicio de analizar si procede o no la exención.
Para saber si se aplica la exención se ha de determinar si la venta de las viviendas constituye: primera entrega de edificación → sujeta y no exenta de IVA, o segunda o ulterior entrega → sujeta pero exenta de IVA.