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Abierta la convocatoria del Premio Estudios Financieros 2026

Premios CEF 2026

Actualmente está abierta la 36.ª convocatoria, del Premio Estudios Financieros de la modalidad de Tributación.

El objeto de la convocatoria es el reconocimiento y estímulo de la labor creadora y de investigación de los estudiosos en las distintas modalidades del Premio Estudios Financieros, valorándose la originalidad y el carácter práctico de los trabajos presentados. Junto con el premio en la modalidad de “Tributación” se han convocado los premios de “Derecho del Trabajo y Seguridad Social” (36.a edición); y “Educación y Nuevas Tecnologías” (12.a edición).

La “Revista de Contabilidad y Tributación. CEF”, espera ya a los galardonados de los Premios CEF.- 2026, pues a los profesionales y estudiosos de las materias conectadas con el área fiscal se les presenta, por tanto, una doble oportunidad: obtener uno de galardones reseñados y ver publicados sus estudios en la Revista de Contabilidad y Tributación, puesto que todos los trabajos premiados se publicarán en la Revista.

El plazo de presentación de trabajos finaliza el 18 de mayo de 2026.La convocatoria con carácter nacional aparecerá publicada en el BOCM próximamente.

Aplicación de la exención del art. 7 p) de la Ley IRPF en el caso de un grupo empresarial internacional, y si ha de existir facturación efectiva entre las entidades

Aplicación de la exención del art. 7 p) de la Ley IRPF en el caso de un grupo empresarial internacional, y si ha de existir facturación efectiva entre las entidades. Imagen de la bola del mundo rodeada de montoncitos de monedas

La consulta tributaria de la DGT V2400-25 de 10 de diciembre de 2025, analiza la posible aplicación de la exención del art. 7 p) de la Ley del IRPF a las retribuciones percibidas por trabajadores de una sociedad española que realizan desplazamientos temporales al extranjero para desarrollar funciones dentro de un grupo empresarial internacional.

Una sociedad española, integrada en un grupo empresarial, cuenta con trabajadores que se desplazan temporalmente al extranjero para realizar actividades en hoteles y oficinas corporativas del grupo situadas fuera de España.

Entre estos trabajadores se encuentran miembros del equipo directivo (Director General, Vicepresidente Financiero, Vicepresidenta de Recursos Humanos, etc.), que desempeñan funciones corporativas internas del grupo. La retribución de dichos empleados es abonada por la sociedad española empleadora.

La cuestión planteada consiste en determinar si las retribuciones correspondientes a los trabajos realizados en el extranjero pueden beneficiarse de la exención prevista en el art. 7 p) de la Ley del IRPF, y si para ello es necesario que exista facturación efectiva entre las entidades del grupo.

Tax compliance: qué es y cómo ayuda a la gestión del riesgo fiscal

Tax compliance: qué es y cómo ayuda a la gestión del riesgo fiscal. Imagen de un hombre haciendo una torre con piezas de lego en las que en cada una viene una palabra sobre incumplimiento

El cumplimiento de las obligaciones fiscales cada vez cobra más relevancia en la gestión empresarial. En un entorno de creciente complejidad normativa y mayor control fiscal por parte de la Agencia Tributaria, las empresas necesitan establecer mecanismos internos que les permitan prevenir errores y gestionar adecuadamente sus riesgos fiscales.

En este contexto surge el tax compliance, entendido como el conjunto de políticas, procedimientos y controles internos destinados a garantizar el cumplimiento de la normativa tributaria y a prevenir posibles contingencias fiscales.

Además, el tax compliance cobra especial relevancia desde la reforma del Código Penal de 2010, que introdujo la responsabilidad penal de las personas jurídicas en su artículo 31 bis. Esta reforma permite que empresas y organizaciones puedan ser responsables penalmente por determinados delitos cometidos en su seno cuando no han adoptado medidas adecuadas de control y supervisión.

Por este motivo, cada vez más organizaciones incorporan sistemas de cumplimiento normativo que les permitan identificar riesgos fiscales, establecer controles internos y demostrar una actuación diligente en materia tributaria.

El TS avala el sistema de pagos fraccionados del IS introducido por la Ley 6/2018 (PGE), pero declara indebido el primer pago fraccionado de 2018 realizado conforme al RDL 2/2016 declarado posteriormente inconstitucional

El TS avala el sistema de pagos fraccionados del IS introducido por la Ley 6/2018 (PGE), pero declara indebido el primer pago fraccionado de 2018 realizado conforme al RDL 2/2016 declarado posteriormente inconstitucional. Imagen deun chico haciendo las cuentas sobre el impuesto

El Tribunal Supremo declara que las modificaciones del sistema de pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades introducidas por la Ley 6/2018 no vulneran los principios de capacidad económica, seguridad jurídica ni las limitaciones del art. 134.7 de la Constitución. No obstante, reconoce como ingreso indebido el primer pago fraccionado de 2018 realizado al amparo del Real Decreto-ley 2/2016 declarado inconstitucional, ordenando su devolución con los correspondientes intereses.

El litigio de la sentencia del Tribunal Supremo n.º 197/2026, de 20 de febrero de 2026, con nº recurso 5754/2023, tiene su origen en la solicitud presentada por una entidad para rectificar las autoliquidaciones del Impuesto sobre Sociedades correspondientes a los ejercicios 2016, 2017, 2018 y 2019, así como diversos pagos fraccionados realizados en esos años.

La entidad financiera solicitó también la devolución de ingresos indebidos, argumentando que dichos pagos se habían calculado conforme al Real Decreto-ley 2/2016, posteriormente declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional. Tras varios requerimientos y resoluciones administrativas, la Hacienda Foral de Navarra estimó parcialmente la solicitud, reconociendo únicamente determinados efectos respecto de los pagos fraccionados de 2016 y 2017, mientras que rechazó las pretensiones relativas a 2018 y 2019.

Proyecto de Orden de los modelos de declaración informativa y censal relacionados con criptoactivos

Proyecto de Orden de los modelos de declaración informativa y censal relacionados con criptoactivos. Imagen del dibujo de tres personas leyenco una hoja de impuestos y con el símbolo del bitcoin

Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo 042 «Declaración censal de alta, modificación y baja en el registro de operadores de criptoactivos»; el modelo 172 «Declaración informativa sobre saldos en criptoactivos»; el modelo 175 «Declaración informativa de proveedores de servicios de criptoactivos obligados a comunicar información», y el modelo 721 «Declaración informativa sobre criptoactivos situados en el extranjero», y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación; y se modifica la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289 de Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua, y por la que se modifican otras normas tributarias.

El proyecto de Orden ministerial tiene por objeto aprobar determinados modelos de declaración informativa y censal relacionados con los criptoactivos, establecer las condiciones y el procedimiento para su presentación y modificar la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289 de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.

La Comunidad Valenciana aprueba una nueva deducción aplicable a IRPF para sufragar los gastos efectuados en actividades vinculadas a la formación y práctica musicales

La Comunidad Valenciana aprueba una nueva deducción aplicable a IRPF para sufragar los gastos efectuados en actividades vinculadas a la formación y práctica musicales. Imagen del teclado de un piano en el que encima tiene un cerdito de ahorro en azul clarito

La Comunidad Valenciana ha aprobado el 6 de marzo de 2026, una nueva deducción en cumplimiento de lo previsto en la Ley 2/1998, de 12 de mayo, valenciana de la música, cuyo objeto es el fomento, protección, coordinación, difusión y promoción de la música en la Comunitat Valenciana. A tal efecto, se establece una deducción destinada a sufragar gastos efectuados en actividades directamente vinculadas a la formación y práctica musicales, con el fin de incentivar la participación activa de los ciudadanos mediante la reducción de la carga económica de su formación y práctica musicales.

El 6 de marzo de 2026, se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, el Decreto-Ley 2/2026, de 6 de marzo, del Consell, de modificación de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de los restantes tributos cedidos, para la creación de una deducción por gastos vinculados al fomento y a la formación musicales.

En el artículo 1 se expone el objeto del presente decreto ley, cuyo propósito es la creación de una nueva deducción vinculada al fomento y la formación musicales.

Aspectos aduaneros e implicaciones fiscales del Acuerdo UE - Reino Unido en relación con Gibraltar

Aspectos aduaneros e implicaciones fiscales del Acuerdo UE - Reino Unido en relación con Gibraltar. Imagen de una panorámica del puerto de Gibraltar

Análisis de los aspectos aduaneros y de las implicaciones fiscales del nuevo Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido relativo a Gibraltar: creación de una unión aduanera, régimen transitorio de controles, y establecimiento de un sistema de fiscalidad indirecta con “transaction tax” e impuestos especiales alineados con la normativa europea.

El Acuerdo hecho público el 26 de febrero de 2026 entrará en vigor, previsiblemente, el primer día del mes siguiente al momento en que ambas partes hayan notificado que se han completado los procesos de aprobación/ratificación.

No obstante, es posible una aplicación provisional anticipada por acuerdo entre las partes siempre que el plan de implementación y los acuerdos administrativos que deben completar al Acuerdo se hayan implementado.

La entrada en vigor está condicionada a la aplicación por parte de Reino Unido en relación con Gibraltar de un sistema de trazabilidad del tabaco equivalente al de la UE.

IP exención de participaciones en entidades: aplicación en el caso de un grupo de empresas tras realizar una fusión por absorción y una escisión total y aplicar el régimen FEAC

IP exención de participaciones en entidades: aplicación en el caso de un grupo de empresas tras realizar una fusión por absorción y una escisión total y aplicar el régimen FEAC. Imagen de unas cajas con la figura de una personas que están interrelacionadas las inas con las otras

Aplicación de la exención del art. 4.Ocho.Dos de la Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio a las participaciones en las sociedades resultantes de una operación de reestructuración societaria, condicionada al cumplimiento de los requisitos de actividad económica, participación significativa y ejercicio efectivo de funciones de dirección remuneradas por parte de los socios.

El caso planteado en la consulta tributaria de la DGT V2349-25, de 3 de diciembre de 2025, se refiere a un grupo familiar de sociedades cuyo núcleo es la entidad A, participada por varios miembros de una misma familia.

Los socios son PF1, PF2, PF3, PF4, PF5, PF6, PF7, PF8 y PF9, quienes poseen directamente el 45% del capital de la entidad A. El 55% restante procede de la herencia de los ascendientes PF10 y PF11, ya fallecidos.

La entidad A actúa como sociedad matriz del grupo familiar y dirige y gestiona las participaciones en otras sociedades, disponiendo para ello de medios materiales y personales.

Todas estas sociedades forman parte de un grupo que tributa en régimen de consolidación fiscal.

Selección de doctrina administrativa. Febrero 2026 (2.ª quincena)

Selección de doctrina administrativa. Febrero 2026 (2.ª quincena). Imagen de un mazo de juez sobre tres archivadores de trabajo

TEAC

DGT

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Selección de jurisprudencia. Segunda quincena de febrero de 2026

Selección de jurisprudencia. Segunda quincena de febrero de 2026. Imagen de un escritorio de trabajo en el que está la balanza y el mazo de juez

TGUE

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