Novedades Legislativas

Gipuzkoa aprueba nuevas medidas fiscales, modifica sus reglamentos del IRPF, IS y de obligaciones formales para adaptarlos a la revisión de su sistema tributario, el control de criptoactivos y cuentas financieras y el nuevo impuesto complementario

Gipuzkoa aprueba nuevas medidas fiscales, modifica sus reglamentos del IRPF,  IS y de obligaciones formales para adaptarlos a la revisión de su sistema tributario, el control de criptoactivos y cuentas financieras y el nuevo impuesto complementario. Imagen de la bandera de Gipuzkoa ondeando sobre un fondo blanco

Gipuzkoa aprueba nuevas modificaciones para garantizar la plena concordancia de su norma del Impuesto Complementario con las reglas y normas adoptadas a nivel internacional. Modifica los Reglamentos del IRPF y del IS para completar el desarrollo reglamentario de la reforma de su sistema tributario, adecuar las retenciones de los rendimientos de trabajo a la modificación de la tarifa y aprobar unos nuevos coeficientes de actualización de valores de los elementos patrimoniales tanto para el IRPF como en el IS, ambos, con efectos a partir del 2026 y completa la transposición de la DAC 8, y desarrolla las obligaciones de información y las normas de diligencia debida para los proveedores de servicios de criptoactivos y cuentas financieras.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 30 de diciembre de 2025 se han publicado el DECRETO FORAL-NORMA 1/2025, de 23 de diciembre, por el que se aprueban determinadas modificaciones tributarias; el DECRETO FORAL 27/2025, de 23 de diciembre, por el que se desarrollan reglamentariamente diversas modificaciones de la Norma Foral 1/2025, de 9 de mayo, se modifican las tablas de retenciones de los rendimientos de trabajo y se aprueban los coeficientes de actualización aplicables en 2026 y el DECRETO FORAL 26/2025, de 23 de diciembre, por el que se desarrollan las normas de diligencia debida y las obligaciones de información de determinados proveedores de servicios de criptoactivos, y se modifican el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales, aprobado por el Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre, y el Decreto Foral 25/2016, de 29 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de suministro de información acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua.

Bizkaia aprueba las modificaciones reglamentarias en el IRPF e IS derivadas de la revisión de su sistema fiscal y de los modelos correspondientes y modifica las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los BICE

Bizkaia aprueba las modificaciones reglamentarias en el IRPF e IS derivadas de la revisión de su sistema fiscal y de los modelos correspondientes y modifica las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los BICE. Imagen de la bandera de Vizcaya

Bizkaia adapta sus normas reglamentarias del IRPF, IS a las modificaciones efectuadas por la Norma Foral 2/2025 de revisión fiscal del sistema tributario del Territorio Histórico de Bizkaia y se aprueban los porcentajes de retención a cuenta del IRPF aplicables a los rendimientos del trabajo en 2026. Se modifican las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los bienes inmuebles de características especiales y se aprueban nuevos modelos de declaración.

Junto con la NORMA FORAL 7/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2026 y la NORMA FORAL 8/2025, de 29 de diciembre, por la que se acuerda la aplicación y se desarrolla la regulación de la Tasa por prestación de servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento, en el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 30 de diciembre de 2025 se han publicado el DECRETO FORAL 134/2025, de 29 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifican los porcentajes de retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aplicables a los rendimientos del trabajo en 2026; el DECRETO FORAL 133/2025, de 29 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en desarrollo de la Norma Foral 2/2025, de 9 de abril, por la que se aprueban medidas para la revisión fiscal del sistema tributario del Territorio Histórico de Bizkaia y el DECRETO FORAL 135/2025, de 29 de diciembre, de la Diputación Foral De Bizkaia, por el que se modifica el Decreto Foral 91/2018, de 3 de julio, por el que se aprueban las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los bienes inmuebles de características especiales.

Bizkaia aprueba los presupuestos para 2026 y actualiza las cuantías de los beneficios fiscales y la tarifa del IRPF y aprueba una nueva regulación de la Tasa de prevención, extinción de incendios y salvamento

Bizkaia aprueba los presupuestos para 2026 y actualiza las cuantías de los beneficios fiscales y la tarifa del IRPF y aprueba una nueva regulación de la Tasa de prevención, extinción de incendios y salvamento. Imagen de bloques de madera con monedas de fondo poniendo 2026

Bizkaia actualiza los tipos de cuantía fija de las tasas, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público, actualiza la cuantía de la exención de la indemnización por despido, reducciones, minoración de cuota y deducciones del IRPF y se deflacta la tarifa del impuesto con efectos desde el 1 de enero de 2026 y renueva la regulación de la Tasa por prestación de servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 30 de diciembre de 2025 se han publicado la NORMA FORAL 7/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2026 y la NORMA FORAL 8/2025, de 29 de diciembre, por la que se acuerda la aplicación y se desarrolla la regulación de la Tasa por prestación de servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento.

En la Norma Foral de Presupuestos de Bizkaia además de disponer la previsión de ingresos y la habilitación de gastos de los órganos, organismos y entes integrantes del sector público regional, en el título dedicado a las normas tributarias, se actualiza los tipos de cuantía fija de las tasas, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público de la Diputación Foral de Bizkaia, así como se actualiza la cuantía de la exención de la indemnización por despido, reducciones, minoración de cuota y deducciones del IRPF y se deflacta en un 2 por ciento la tarifa del impuesto con efectos desde el 1 de enero de 2026. En su disposición adicional primera se mantiene el interés de demora desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2026, en el 4,0625%.

La Rioja aprueba sus presupuestos y las Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026 en materia de tasas, IAE, IRPF, ISD, tributos propios y crea la Defensoría del contribuyente

La Rioja aprueba sus presupuestos y las Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026 en materia de tasas, IAE, IRPF, ISD, tributos propios y crea la Defensoría del contribuyente. Imagen de la bandera de La Rioja

La Rioja aprueba sus presupuestos junto con su norma de acompañamiento de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026, entre las que destaca la deflactación de la escala autonómica de gravamen y de los importes de los mínimos personal y familiar en el IRPF y la creación de la deducción para celiacos y en el ámbito del ISD se modifican las reducciones autonómicas en los supuestos de adquisiciones de empresas individuales y negocios profesionales y de adquisición de participaciones en entidades para incluir a los colaterales de tercer grado por afinidad en las transmisiones mortis causa. Por otro lado, se modifican algunas tasas y se crea la Defensoría del Contribuyente.

En el Boletín Oficial de La Rioja de hoy, 30 de diciembre de 2025 se ha publicado la LEY 8/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2026 y la LEY 9/2025, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026.

En laLey de Presupuestos además de disponer la previsión de ingresos y la habilitación de gastos de los órganos, organismos y entes integrantes del sector público regional, en el título dedicado a las normas tributarias, se recoge para el año 2026 el mantenimiento de la cuantía de las tasas exigibles y del recargo sobre del Impuesto sobre actividades económicas en el 12%, y se declaran las actividades prioritarias de mecenazgo respecto de las cuales las deducciones y reducciones establecidas la Ley 3/2021, de 28 de abril, de Mecenazgo de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el IRPF e ISD se elevarán en cinco puntos porcentuales.

El contenido de la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026, lo constituyen las medidas de naturaleza tributaria principalmente, aunque también se incluye la modificación de la Ley de Hacienda Pública riojana con objeto de establecer, de manera clara, el interés de demora a aplicar en las cantidades adeudadas a la hacienda pública autonómica conforme a la naturaleza de la deuda, para garantizar la seguridad jurídica de contribuyentes y ciudadanos, se modifican otras normas para implementar otras medidas de carácter administrativo, y se recoge la exención de determinadas tasas para el ejercicio 2026 y se crea la Defensoría del contribuyente.

Euskadi aprueba sus presupuestos para 2026 y actualiza la cuantía de las tasas autonómicas y establece una nueva tasa en materia de trabajo y seguridad social

Euskadi aprueba sus presupuestos para 2026 y actualiza la cuantía de las tasas autonómicas y establece una nueva tasa en materia de trabajo y seguridad social. Imagen de la bandera del País Vasco ondeando un día con nubes

Euskadi aprueba sus presupuestos para 2026 y tan solo incluye en esta norma la actualización de las tasas autonómicas y crea una nueva tasa por tramitación de autorizaciones y otros servicios administrativos a personas extranjeras en materia laboral

En el Boletín Oficial del País Vasco de hoy, 30 de diciembre de 2025 se ha publicado la LEY 7/2025, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2026, donde además de disponer la previsión de ingresos y la habilitación de gastos de los órganos, organismos y entes integrantes del sector público regional, en el título dedicado a las normas tributarias se actualizan las tasas y prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias (tarifas) de cuantía fija, por no estar fijadas en un porcentaje de la base o no estar esta valorada en unidades monetarias, se elevan hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente uno coma cero veinte (1,020) de la cuantía que resultaba exigible en el año 2025 y en su disposición final primera se establece una nueva tasa en materia de trabajo y seguridad social por tramitación de autorizaciones y otros servicios administrativos a personas extranjeras en materia laboral y se modifican las cuantías de otras tasas autonómicas.

Álava aprueba sus medidas fiscales para 2026 (IRPF, IS, IP, ITSGF e IAE y norma foral general tributaria) y adapta su normativa a la nueva redacción del Concierto Vasco y modifica sus reglamentos de IRPF, IS y obligaciones formales

Alava aprueba sus medidas fiscales para 2026 (IRPF, IS, IP, ITSGF e IAE y norma foral general tributaria) y adapta su normativa a la nueva redacción del Concierto Vasco y modifica sus reglamentos de IRPF, IS y obligaciones formales. Imagen de una bombilla futurista con el 2026

Álava aprueba sus medidas fiscales para 2026 en el ámbito del IRPF, IS, IP, ITSGF e IAE y modifica distintos preceptos de su norma foral general tributaria en lo que se refiere a las obligaciones de información sobre criptoactivos y cuentas financieras y el procedimiento de declaración e responsabilidad tributaria. Por otro lado, se adapta la normativa alavesa a la nueva redacción del Concierto Vasco y se efectúan las modificaciones reglamentarias en el IRPF, IS y el reglamento de obligaciones formales conforme a estas modificaciones legales.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 29 de diciembre de 2025 se han publicado la NORMA FORAL 21/2025, de 19 de diciembre, de medidas tributarias para el año 2026, el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 2/2025, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar la adaptación de la normativa tributaria del Territorio Histórico de Álava a las modificaciones introducidas en el Concierto Económico por la Ley 3/2025, de 29 de abril, así como la modificación de la Norma Foral 16/2025, de 12 de diciembre y elDECRETO FORAL 42/2025, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno Foral que modifica del Decreto Foral 40/2014, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Decreto Foral 41/2014, de 1 de agosto, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, del Decreto Foral 111/2008, de 23 de diciembre, y del Decreto Foral 3/2024, de 27 de febrero.

En la primera de estas normas, la NORMA FORAL 21/2025 se aprueban las medidas fiscales para 2026, que afectan a su Norma Foral General Tributaria, en concreto a las obligaciones de información sobre criptoactivos, así como a las obligaciones de suministro de información de las instituciones financieras respecto de las cuentas financieras abiertas en ellas de las personas que ostenten la titularidad o el control de aquéllas. Por otro lado, se declara que la competencia para iniciar el procedimiento de declaración de responsabilidad y para dictar el acto administrativo de declaración de responsabilidad corresponde al órgano de recaudación, y la equiparación de las parejas de hecho a los cónyuges en el ámbito de los tributos. Esta norma acuña el término obligado tributario cumplidor, que se beneficiarán de la minoración del recargo por presentación extemporánea, la aplicación del interés legal del dinero en lugar del interés de demora, y la exención de presentar garantías para determinadas deudas aplazadas o fraccionadas.

El resto de medidas afectan a distintos tributos del ordenamiento alavés, en concreto, el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas y el Impuesto sobre Actividades Económicas

Nueva Ley de Hacienda de la Comunidad de Madrid

Nueva Ley de Hacienda de la Comunidad de Madrid. Imagen de la bandera de la Comunidad de Madrid ondeando

La nueva Ley de Hacienda de la Comunidad de Madrid, que entrará en vigor el 1 de enero de 2026, recoge los cambios más significativos que se han ido produciendo en esta materia, como la dimensión organizativa y estructural de la Comunidad de Madrid, la construcción de la Unión Europea, así como otras modificaciones relativas a otras materias como el control de la actividad económico-financiera de las Administraciones Públicas o la actividad financiera de los distintos sujetos del sector público.

En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de hoy, 29 de diciembre de 2025 se ha publicado la LEY 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid, que con su entrada en vigor el 1 de enero de 2026, reemplazará a la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid que tras 30 años en vigor ha sido objeto de numerosas modificaciones con el fin de adaptarla a los cambios más significativos que se han ido produciendo en esta materia, como la dimensión organizativa y estructural de la Comunidad de Madrid que se ha transformado, con la efectiva asunción de un mayor nivel competencial, de una organización incipiente en otra completamente consolidada y responsable de la gestión de servicios públicos esenciales para los ciudadanos, la construcción de la Unión Europea que obliga a adaptar nuestra normativa a dicha legislación, así como a los principios que la inspiran, de estabilidad presupuestaria, plurianualidad, transparencia o eficiencia en la asignación de los recursos, así como otras modificaciones relativas a otras materias como el control de la actividad económico-financiera de las Administraciones Públicas o la actividad financiera de los distintos sujetos del sector público, tanto en su vertiente activa como pasiva, los acuerdos de no disponibilidad o la inclusión en el ámbito subjetivo del régimen presupuestario a distintos sujetos, requieren una revisión en profundidad de la regulación del régimen jurídico de la Hacienda Pública de la Comunidad de Madrid, así como, de la actividad económico-financiera del sector público autonómico.

Madrid aprueba su ley de presupuestos para 2026 creando una nueva deducción en el IRPF para los menores de 30 años que compaginen trabajo y estudios, y una bonificación en el ITP y AJD para los comercios o negocios de hostelería con solera

Madrid aprueba su ley de presupuestos para 2026 creando una nueva deducción en el IRPF para los menores de 30 años que compaginen trabajo y estudios, y una bonificación en el ITP y AJD para los comercios o negocios de hostelería con solera. Imagen de la bandera de la Comunidad de Madrid

Se establece una nueva deducción en el IRPF para los contribuyentes menores de 30 años que compaginen trabajo y estudios, y una bonificación en el ITP y AJD destinada a los comercios o negocios de hostelería con solera con ejercicio continuado de la actividad en la Comunidad de Madrid, cuando sus titulares realicen operaciones de adquisición o arrendamiento de inmuebles afectos a su actividad o cuando se adquieran los negocios por contribuyentes que continúen con el mismo.

En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de hoy, 29 de diciembre de 2025 se ha publicado la LEY 6/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026 en un escenario macroeconómico más favorable que el de 2025 y permite que las principales políticas públicas registren incrementos muy relevantes que se suman a los ya consignados en las cuentas de 2024 y 2025. Además de la totalidad de los gastos e ingresos de los sujetos cuyos presupuestos se integran en los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid se establece el mantenimiento de la cuantía de las tasas de la Comunidad de Madrid y su no incremento durante el ejercicio 2026 y la modificación de IRPF para establecer una nueva deducción en el IRPF para los contribuyentes menores de 30 años que compaginen trabajo y estudios, y una bonificación en el ITP y AJD destinada a los comercios o negocios de hostelería con solera con ejercicio continuado de la actividad en la Comunidad de Madrid, cuando sus titulares realicen operaciones de adquisición o arrendamiento de inmuebles afectos a su actividad o cuando se adquieran los negocios por contribuyentes que continúen con el mismo.

Castilla-La Mancha aprueba sus presupuestos para 2026 y establece los tipos de gravamen de los cánones previstos en su Ley de Aguas

Presupuestos de Castilla-La Mancha 2026: Cánones de aducción y depuración. Imagen de bandera dividida por la mitad, con un castillo a la izquierda y fondo blanco a la derecha

Castilla-La Mancha regula el tipo de gravamen del canon de aducción y del canon de depuración, regulados en su Ley de Aguas, así como la afectación de los ingresos obtenidos por la recaudación del Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente y la de los recursos procedentes de la recaudación del canon eólico.

En el Diario de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de hoy, 29 de diciembre de 2025 se ha publicado la LEY 5/2025 de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, donde además de disponer la previsión de ingresos y la habilitación de gastos de los órganos, organismos y entes integrantes del sector público regional, en el título dedicado a las normas tributarias se regula el tipo de gravamen del canon de aducción y del canon de depuración, regulados en la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Aprobados los presupuestos de canarias para 2026 con una serie de medidas fiscales dirigidas a reducir la carga fiscal a la ciudadanía canaria

Los Presupuestos de Canarias para 2026 mantienen las reducciones fiscales

Los presupuestos de canarias para 2026 con una serie de medidas fiscales dirigidas a reducir la carga fiscal a la ciudadanía canaria. Entre estas medidas encontramos la reducción de la carga de la adquisición de vivienda habitual en el IGIC e ITP; se ha deflactado la tarifa autonómica del IRPF y se han actualizado los límites de renta para poder aplicar las deducciones en la cuota íntegra autonómica y se ha creado la deducción por inversión en la adquisición de acciones y participaciones en entidades canarias de nueva o reciente creación. La norma incluye otras modificaciones del IGIC como la creación del tipo específico del 1% aplicable al petróleo y productos derivados del refino del petróleo, incluso los entregados o importados mezclados con biocarburantes y el incremento de la tributación de las bebidas energéticas y en la graduación de la tributación de las bebidas refrescantes con azúcares añadidos. Se incrementa también la carga fiscal de los cigarrillos y los productos de tabaco calentado y de los líquidos de cigarrillos electrónicos.

En el Boletín Oficial de Canarias de hoy, 29 de diciembre de 2025 se ha publicado la LEY 9/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026 en la que se mantienen las reducciones fiscales para ayudar a las familias y empresas hasta que desaparezcan las incertidumbres señaladas en el plano presupuestario y fiscal nacional, y se incorpora un conjunto de modificaciones normativas que dan continuidad y profundizan en las medidas de reducción de la carga fiscal a la ciudadanía canaria emprendidas en 2025.

En el ámbito de la tributación de la vivienda se adoptan medidas fiscales enfocadas a reducir la carga tributaria a los adquirentes de viviendas destinadas a constituir su residencia habitual. De esta manera, en el IGIC y en la modalidad de TPO del ITP y AJD, se mejoran los requisitos para la aplicación de tipos reducidos a través, principalmente, de incrementar notablemente los límites de renta. Hay que destacar que cuando la aplicación del tipo reducido se condiciona a la edad del adquirente en la fecha del devengo del impuesto correspondiente, la misma se incrementa de 35 a 40 años.

Por otra parte, en el IRPF se han actualizado los límites de renta para poder aplicar las deducciones en la cuota íntegra autonómica que actualmente incluye este requisito para su aplicación. Esta modificación implica que un mayor número de contribuyentes puede aplicarlas. Asimismo, se ha creado una deducción en el tramo autonómico del impuesto, por la inversión en la adquisición de acciones y participaciones en entidades canarias de nueva o reciente creación, para favorecer su desarrollo. Por último, se ha procedido a deflactar la tarifa autonómica en todos sus tramos.

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