Novedades Legislativas

Se prorroga la deducción en IRPF por residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma para 2025

Se prorroga la deducción en IRPF por residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma para 2025. Imagen de una casa rodeada de lava en la isla de La Palma

Aplicación temporal y efectos de la extensión de la deducción del artículo 68.4 de la Ley del IRPF a los contribuyentes con residencia habitual en la isla de La Palma, así como su incidencia en los tipos de retención, ingresos a cuenta y pagos fraccionados durante los ejercicios 2024 y 2025.

El 26 de noviembre de 2025 se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 13/2025, de 25 de noviembre, por el que se adoptan medidas complementarias urgentes para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras los daños ocasionados por las erupciones volcánicas.

La erupción volcánica del Tajogaite, iniciada el 19 de septiembre de 2021 en Cumbre Vieja (La Palma), generó graves consecuencias humanas, económicas y medioambientales en los municipios de El Paso, Los Llanos de Aridane y Tazacorte. Desde ese momento, el Gobierno ha desplegado sucesivos paquetes de medidas, tanto de aplicación inmediata como de medio y largo plazo, con el fin de atender a las personas afectadas y posibilitar la reconstrucción económica y de infraestructuras.

Anteproyecto de ley para la transposición parcial de la directiva (UE) del IVA en el ámbito de la economía digital

Anteproyecto de ley: transposición parcial de la directiva del IVA en el ámbito de la economía digital. Símbolo de la moneda del euro en una red digital con iluminación roja y azul

El Consejo de Ministros ha aprobado en primera vuelta el Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, por la que se transpone parcialmente la Directiva (UE) 2025/516 del consejo, de 11 de marzo de 2025 por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a las normas del IVA en la era digital (Directiva ViDA 'VAT in the Digital Age').

La directiva ViDA prosigue con la adaptación del IVA a la economía digital dentro del plan de acción del IVA, que fue diseñado en distintas fases con el objetivo de conseguir que el sistema comunitario del IVA esté adaptado a un mundo cada vez más digital. Un objetivo que se inició con el paquete de comercio electrónico aplicable desde el 1 de julio de 2021.

Bizkaia modifica el modelo 591 para la declaración anual del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica: obligación de declarar la información desglosada por trimestres

Bizkaia modifica el modelo 591: Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica. Torre de alta tensión con un cable que sale de ella en un cielo azul con nubes

Esto se debe al Real Decreto-ley 8/2023 que dispuso el fin de su suspensión con efectos el 1 de enero de 2024 y precisó la forma de determinar la base imponible del ejercicio 2024, aplicando reducciones específicas para la energía incorporada al sistema durante los dos primeros trimestres del año.

El 25 de noviembre de 2025 se ha publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia la Orden Foral 508/2025, de 17 de noviembre, de la diputada foral de Hacienda y Finanzas, por la que se modifica la Orden Foral 2023/2015, de 23 de octubre, por la que se aprueba el modelo 591 «Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Declaración anual de operaciones con contribuyentes, y su presentación telemática».

La Orden Foral 508/2025 modifica la Orden Foral 2023/2015, que aprobó el modelo 591 correspondiente a la declaración anual de operaciones vinculadas al impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Este impuesto, regulado en la Ley 15/2012, tiene como base imponible los importes que perciben los contribuyentes por la producción e incorporación de energía al sistema eléctrico, calculados por instalación y por período impositivo.

La UE y Suiza refuerzan la asistencia mutua en materia fiscal mejorando el cumplimiento fiscal a escala internacional

La UE y Suiza refuerzan la asistencia mutua en materia fiscal. Unión Europea y Suiza juntas en una sola bandera

El Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relativo al intercambio automático de información sobre cuentas financieras incluyendo nuevos productos financieros digitales, para mejorar el cumplimiento fiscal internacional ha reforzado la asistencia mutua en materia fiscal entre las Partes contratantes y ha mejorado el cumplimiento fiscal a escala internacional.

En el Diario de la Unión Europea de hoy, 20 de noviembre de 2020, se ha publicado la DECISIÓN (UE) 2025/2325 del Consejo, de 10 de octubre de 2025, relativa a la firma, en nombre de la Unión, y a la aplicación provisional del PROTOCOLO modificativo del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relativo al intercambio automático de información sobre cuentas financieras para mejorar el cumplimiento fiscal internacional.

Proyecto de orden de Módulos para el año 2026

Proyecto de orden de Módulos para el año 2026. Imagen del interior de una panadería

Se desarrollan para el año 2026 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

El Ministerio de Hacienda ha publicado el texto del proyecto de orden, por la que se desarrollan para el año 2026 el método de estimación objetiva del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el régimen especial simplificado del impuesto sobre el valor añadido.

El objetivo es desarrollar los métodos de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA para actividades económicas específicas en 2026, manteniendo la estructura de la orden del año anterior (HAC/1347/2024).

Procedimiento para la autoliquidación y el pago por vía electrónica de la tasa por la concesión de autorizaciones administrativas singulares

Procedimiento para la autoliquidación y el pago por vía electrónica de la tasa por la concesión de autorizaciones administrativas singulares. Imagen de una chica haciendo su trabajo postal con paquetes

Se establece la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y el pago por vía electrónica de la tasa por la concesión de autorizaciones administrativas singulares en el ámbito postal gestionada por este Departamento, modelo de autoliquidación 790.

En el BOE de hoy, 19 de noviembre de 2025, se ha publicado la RESOLUCIÓN de 29 de octubre de 2025, de la Subsecretaría, por la que se establece el procedimiento para la autoliquidación y el pago por vía electrónica de la tasa por la concesión de autorizaciones administrativas singulares.

La prestación de los servicios postales, asegura la libre competencia en el sector, por lo que la prestación del servicio postal universal, y para su financiación el Fondo de financiación del servicio postal universal se nutre, además de las aportaciones del Estado y entre otras aportaciones, de las prestaciones patrimoniales de carácter público entre las que se encuentra la tasa por la concesión de autorizaciones administrativas singulares.

Proyecto de orden que prevé nuevos modelos tributarios vinculados al régimen de franquicia del IVA para pequeñas empresas en la UE

Proyecto de orden que prevé nuevos modelos tributarios vinculados al régimen de franquicia del IVA para pequeñas empresas en la UE. Imagen del mapa de Europa con sus entrellas de la bandera

Modelo 041 «Solicitud de franquicia en otros Estados miembros», y Modelo 350 «Régimen de franquicia. Declaración informativa del volumen de operaciones comunitario». 

El proyecto de orden tiene como finalidad aprobar dos nuevos modelos tributarios vinculados al régimen de franquicia del IVA para pequeñas empresas en la Unión Europea:

  • Modelo 041: Solicitud de franquicia en otros Estados miembros.
  • Modelo 350: Declaración informativa del volumen de operaciones comunitario para quienes apliquen dicho régimen.

Ambos modelos permitirán que los empresarios y profesionales establecidos en el territorio español de aplicación del IVA puedan optar por el régimen de franquicia en otros países de la UE, aun cuando en España este régimen no esté implantado.

Aprobado el desarrollo reglamentario de la Norma Foral 2/2025 de revisión fiscal del sistema tributario de Bizkaia en materia de previsión social

Aprobado el desarrollo reglamentario de la Norma Foral 2/2025 de revisión fiscal del sistema tributario de Bizkaia en materia de previsión social. Imagen de una hija ayudando a su madre con sus finanzas

El presente Decreto Foral desarrolla las disposiciones de la NORMA FORAL 2/2025 de 9 de abril, por la que se aprueban medidas para la revisión fiscal del sistema tributario del Territorio Histórico de Bizkaia, que atañen al nuevo tratamiento fiscal de la previsión social voluntaria, tanto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como en el Impuesto sobre Sociedades y se completa el desarrollo reglamentario de la NORMA FORAL 4/2024, de 27 de diciembre.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 17 de noviembre de 2025, se ha publicado el DECRETO FORAL 100/2025, de 13 de noviembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifican distintos reglamentos tributarios y se desarrolla la Norma Foral 2/2025, de 9 de abril, por la que se aprueban medidas para la revisión fiscal del sistema tributario del Territorio Histórico de Bizkaia en materia de previsión social.

El presente Decreto Foral desarrolla las disposiciones de la Norma Foral 2/2025 que atañen al nuevo tratamiento fiscal de la previsión social voluntaria, tanto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como en el Impuesto sobre Sociedades, norma que persigue el asentamiento progresivo del segundo pilar como complemento de las pensiones públicas promocionando la corresponsabilidad del o la empleada y del o la empleadora otorgándole un impulso efectivo desde la fiscalidad.

Gipuzkoa aprueba las actividades prioritarias de mecenazgo de interés general para el periodo 2025-2029 a las que resultan de aplicación los beneficios fiscales de la Norma Foral 3/2004 en el IRPF, IS e IRNR

Gipuzkoa aprueba las actividades prioritarias de mecenazgo de interés general para el periodo 2025-2029 a las que resultan de aplicación los beneficios fiscales de la Norma Foral 3/2004 en el IRPF, IS e IRNR. Imagen de una chica joven muy sonriente con mini ciprés en sus manos

Mediante esta norma se declaran actividades prioritarias en el ámbito de las políticas sociales, medio ambiente, deporte, cultura, cooperación internacional, euskera y activación comunitaria, promoción económica e innovación, prevención de incendios y equilibrio territorial verde para el periodo 2025-2029, así como las entidades beneficiarias y los requisitos y condiciones que dichas actividades deben cumplir y las obligaciones de información (modelo 182), a los efectos de la aplicación de los beneficios fiscales previstos en la Norma Foral 3/2004.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy se ha publicado el DECRETO FORAL 17/2025, de 4 de noviembre, por el que se declaran las actividades prioritarias de mecenazgo para el periodo 2025-2029 en el ámbito de los fines de interés general a las que resultan aplicables los beneficios fiscales de la Norma Foral 3/2004 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Mediante la reforma del sistema tributario llevada a cabo por la Norma Foral 1/2025, la declaración de estas actividades ya no tiene que ser anual y por ello encontramos que la relación de actividades prioritarias de mecenazgo en el ámbito de los fines de interés general aprobada ahora se establece para el periodo 2025-2029, así como las entidades beneficiarias y los requisitos y condiciones que dichas actividades deben cumplir y las obligaciones de información (modelo 182), a los efectos de la aplicación de los beneficios fiscales previstos en la Norma Foral 3/2004.

Mediante esta norma se declaran actividades prioritarias las señaladas en el art. 2 en el ámbito de las políticas sociales, medio ambiente (art. 3), deporte (art. 4), cultura (art. 5), cooperación internacional (art. 6), euskera y activación comunitaria (art. 7), promoción económica e innovación (art. 8), prevención de incendios (art. 9) y equilibrio territorial verde (art. 10).

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