Bizkaia adapta su normativa tributaria a la DAC 8 e incorpora nuevas obligaciones sobre criptoactivos
Enviado por Editorial el Mié, 15/07/2026 - 13:58Bizkaia adapta su normativa tributaria a la Directiva (UE) 2023/2226 (DAC 8), incorporando nuevas obligaciones de información y diligencia debida sobre criptoactivos, cambios en el intercambio automático de información fiscal, un nuevo régimen sancionador y modificaciones en la regulación aplicable a instituciones financieras y proveedores de servicios de criptoactivos.
El 3 de julio de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia el DECRETO FORAL NORMATIVO 3/2026, de 25 de junio, de trasposición de la Directiva (UE) 2023/2226 del Consejo, de 17 de octubre de 2023, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, con relación al intercambio de información sobre criptoactivos.
La norma tiene por objeto transponer parcialmente al ordenamiento jurídico del Territorio Histórico de Bizkaia la Directiva (UE) 2023/2226 (DAC 8), que modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad. La finalidad de esta reforma es adaptar la normativa tributaria al intercambio automático de información sobre criptoactivos, dinero electrónico y monedas digitales de bancos centrales, reforzando las obligaciones de diligencia debida, comunicación de información e intercambio internacional entre administraciones tributarias.














