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Se prorrogan, adaptan y retiran de forma gradual las medidas fiscales en materia energética adoptadas como respuesta a la crisis en Oriente Medio

Se prorrogan, adaptan y retiran de forma gradual las medidas fiscales en materia energética adoptadas como respuesta a la crisis en Oriente Medio. Imagen de una bombrilla encendida sobre una ciudad en penumbra

Régimen extraordinario y temporal de tipos impositivos en el Impuesto sobre Hidrocarburos, medidas de ajuste vinculadas a la evolución del IPC, reducciones condicionadas en IVA e Impuestos Especiales sobre la energía, y modificaciones en la tributación de la producción eléctrica durante el ejercicio 2026 y ejercicios posteriores.

El 30 de junio de 2026 se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, por el que se adoptan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.

El real decreto-ley tiene por finalidad prorrogar, adaptar y retirar de forma gradual las medidas extraordinarias aprobadas por el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, para responder a las consecuencias económicas derivadas del conflicto en Oriente Medio, especialmente tras la guerra iniciada entre Estados Unidos, Israel e Irán. Aunque durante el mes de junio de 2026 se ha producido una cierta desescalada diplomática, el Gobierno considera que persisten importantes riesgos para los mercados energéticos internacionales, debido a la lenta normalización del tráfico por el estrecho de Ormuz, los elevados costes del transporte marítimo, la volatilidad del precio de los combustibles y la incertidumbre geopolítica.

Se adapta el modelo 718 del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas para permitir a los no residentes aplicar el límite de la cuota íntegra

Se adapta el modelo 718 del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas para permitir a los no residentes aplicar el límite de la cuota íntegra. Imagen de una señora mayor disfrutando tirando billetes al aire

La modificación incorpora la doctrina del Tribunal Supremo y del TEAC, eliminando la diferencia de trato respecto de los sujetos pasivos por obligación personal.

El 29 de junio de 2026 se ha publicado en el BOE la Orden HAC/652/2026, de 26 de junio, por la que se modifica la Orden HFP/587/2023, de 9 de junio, por la que se aprueba el modelo 718 «Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas», se determina el lugar, forma y plazos de su presentación, las condiciones y el procedimiento para su presentación.

La orden tiene como finalidad modificar el modelo 718 del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF) para adaptarlo a la reciente doctrina jurisprudencial y económico-administrativa sobre la aplicación del límite de la cuota íntegra a los contribuyentes sujetos al impuesto por obligación real.

1. Cambio de criterio del Tribunal Supremo en el Impuesto sobre el Patrimonio

Actualización de la relación de jurisdicciones no cooperativas en España: revisión de países y regímenes fiscales perjudiciales para reforzar la prevención del fraude fiscal internacional

Actualización de la relación de jurisdicciones no cooperativas en España: revisión de países y regímenes fiscales perjudiciales para reforzar la prevención del fraude fiscal internacional. Imagen de un rascacielos con palmeras a su alrededor

Hacienda actualiza la lista de jurisdicciones no cooperativas mediante una modificación de la Orden HFP/115/2023, eliminando varios países y regímenes fiscales perjudiciales, incorporando el régimen de internacional holding companies de la Federación de Rusia y adaptando la normativa española a los estándares internacionales de transparencia fiscal y lucha contra el fraude.

El 27 de junio de 2026 se ha publicado en el BOE la Orden HAC/649/2026, de 21 de junio, por la que se modifica la Orden HFP/115/2023, de 9 de febrero, por la que se determinan los países y territorios, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas.

La norma tiene por objeto actualizar la relación de jurisdicciones no cooperativas (antes denominadas paraísos fiscales) para adaptarla a los avances internacionales en materia de transparencia fiscal y lucha contra la evasión y el fraude tributario.

Modificación del plazo de ingreso en período voluntario de los recibos del IAE 2026 para cuotas nacionales y provinciales

El plazo de ingreso en período voluntario de los recibos del IAE del ejercicio 2026 para cuotas nacionales y provinciales comprende desde el 16 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2026.

El 26 de junio de 2026 se ha publicado en el BOE la Resolución de 10 de junio de 2026, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2026 relativos a las cuotas nacionales y provinciales y se establece el lugar de pago de dichas cuotas.

Hacienda incrementa las exigencias de información en el IRNR mediante la modificación de los modelos 210 y 296 y la creación de nuevos anexos para dividendos y gastos inmobiliarios

Exigencias de información no residentes para dividendos y gastos inmobiliarios

Modelo 210 (IRNR. No residentes sin establecimiento permanente): es el modelo que experimenta las modificaciones más relevantes. Se incorporan los nuevos anexos de desglose de dividendos y de gastos deducibles de inmuebles arrendados, nuevas casillas informativas, cambios técnicos y modificaciones en los plazos de presentación de determinadas rentas inmobiliarias.

Modelo 296 (Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRNR): se modifican sus diseños de registro para incorporar nueva información sobre valores negociables, mercados de cotización, identificación de emisores y personalidad del titular registral.

El 23 de junio de 2026 se ha publicado en el BOE la Orden HAC/623/2026, de 12 de junio, por la que se modifican la Orden EHA/3316/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación 210, 211 y 213 del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, que deben utilizarse para declarar las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente, la retención practicada en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente y el gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes, y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación y otras normas referentes a la tributación de no residentes; la Orden EHA/3290/2008, de 6 de noviembre, por la que se aprueban el modelo 216 «Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta. Declaración-documento de ingreso» y el modelo 296 «Impuesto sobre la Renta de No Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta»; y la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Aprobados los modelos de declaración del IS y del IRNR para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025

Aprobados los modelos de declaración del IS y del IRNR para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Imagen del modelo 200 del IS

Principales cambios en los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes para los períodos impositivos iniciados en 2025. Se adapta a la CNAE-2025, se tiene en cuenta la reforma de la reserva de capitalización, los nuevos tipos de gravamen, las modificaciones técnicas y la actualización de los procedimientos de presentación electrónica.

El 29 de mayo de 2026 se ha publicado en el BOE la Orden HAC/529/2026, de 7 de mayo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.

UEFA Champions League 2027: medidas fiscales favorables a favor de la entidad organizadora, equipos participantes, no residentes que presten servicios y mercancías importadas

UEFA Champions League Masculina 2027: medidas fiscales favorables a favor de la entidad organizadora, equipos participantes, no residentes que presten servicios y mercancías importadas. Imagen de un trofeo de futbol en un campo

Las medidas afectan al Impuesto sobre Sociedades, al Impuesto sobre la Renta de no Residentes, al Impuesto sobre el Valor Añadido y al régimen aduanero.

El 27 de mayo de 2026 se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 12/2026, de 26 de mayo, por el que se declaran diversas iniciativas y programas como acontecimientos de excepcional interés público.

En el marco de las efemérides, actividades y proyectos culturales, deportivos, científicos o tecnológicos que tienen lugar en España, algunos de ellos ameritan ser considerados como acontecimientos de excepcional interés público. Todos los eventos y programas que se recogen en el presente real decreto-ley comparten una naturaleza excepcional, derivada de su relevancia cultural, deportiva, su dimensión internacional, su incidencia económica y el impacto social que generan.

Con fecha 20 de mayo de 2025, el Consejo de Ministros acordó apoyar la solicitud formulada por la Real Federación Española de Fútbol para que la ciudad de Madrid y el estadio del Club Atlético de Madrid, SAD fueran designados sede de la Final de la UEFA Champions League Masculina 2027, apreciando el interés público derivado de la celebración en España de un acontecimiento deportivo internacional seguido por millones de espectadores en todo el mundo. Dicho Acuerdo preveía, para el supuesto de designación de Madrid como sede, la garantía por parte del Gobierno de España de los compromisos establecidos en las Bases de Licitación elaboradas por la UEFA.

Reducción para 2025 de los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales

Reducción para 2025 de los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales. Imagen de un hombre recolectando verduras

Se ha aprobado la reducción excepcional de los módulos del IRPF aplicables en 2025 a determinadas actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias extraordinarias, con índices específicos por territorios y sectores para adecuar la tributación a la realidad económica del ejercicio.

El 18 de mayo de 2026 se ha publicado en el BOE la Orden HAC/484/2026, de 14 de mayo, por la que se modifican para el período impositivo 2025 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

La orden ministerial regula una reducción extraordinaria de los índices de rendimiento neto (módulos) aplicables durante el ejercicio 2025 a determinadas actividades agrícolas y ganaderas incluidas en el método de estimación objetiva del IRPF, cuando estas se hayan visto afectadas por circunstancias excepcionales que hayan alterado el desarrollo normal de la actividad económica.

Beneficios fiscales aprobados a favor de las víctimas de la DANA, de los incendios de 2025 y de los abusos por parte de la Iglesia Católica, y ajustes en las medidas previamente adoptadas por la crisis energética

Beneficios fiscales aprobados a favor de las víctimas de la DANA, incendios de 2025 y abusos por parte de la Iglesia Católica y ajustes en las medidas previamente adoptadas por la crisis energética. Imagen de un bombero en una calle con agua hasta la cintura

Las modificaciones afectan al IRPF, IS, IVA y al régimen de devolución del impuesto sobre hidrocarburos.
Se ha publicado en el BOE de 29 de abril de 2026 el Real Decreto-Ley 10/2026, de 28 de abril, por el que se aprueban medidas tributarias urgentes y otras medidas de apoyo en respuesta a los daños causados a las víctimas de siniestros de la DANA y otras situaciones de emergencia.

Tratamiento fiscal de ayudas vinculadas a la DANA (2024)

Uno de los ejes centrales de la norma lo constituyen las medidas relacionadas con la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) ocurrida entre octubre y noviembre de 2024.

Se establece que determinadas ayudas concedidas por la Comunitat Valenciana no se integrarán en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) ni del Impuesto sobre Sociedades. Se equipara su tratamiento al previsto para ayudas estatales de naturaleza análoga, evitando diferencias injustificadas.

Procedimiento de compensación de los beneficios fiscales del IBI y del IAE correspondientes al ejercicio 2026, aprobados en el RDL 5/2026 por los daños causados por fenómenos meteorológicos en Andalucía y Extremadura

Procedimiento de compensación de los beneficios fiscales del IBI y del IAE correspondientes al ejercicio 2026, aprobados en el RDL 5/2026 por los daños causados por fenómenos meteorológicos en Andalucía y Extremadura. Imagen de una ciudad inundada

Procedimiento de compensación estatal por la aplicación de exenciones en el IBI y reducciones en el IAE durante 2026 derivadas de daños por fenómenos meteorológicos adversos, conforme a la Resolución de 14 de abril de 2026 dictada en desarrollo del Real Decreto-ley 5/2026 en municipios afectados de Andalucía y Extremadura.

Se ha publicado en el BOE el 20 de abril de 2026, la Resolución de 14 de abril de 2026, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se regula el procedimiento de compensación de los beneficios fiscales en las cuotas correspondientes al ejercicio 2026 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre Actividades Económicas, por los daños causados por las inundaciones y otros sucesos acaecidos en diferentes municipios de las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura. Estas medidas se adoptan en ejecución del Real Decreto-ley 5/2026, aprobado para hacer frente a los daños ocasionados por fenómenos meteorológicos adversos en municipios de Andalucía y Extremadura. Tiene como entrada en vigor el día 21 de abril.

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