Álava aprueba las medidas en el ámbito de la fiscalidad energética y aumenta el porcentaje de deducción por actividades o programas prioritarios de mecenazgo para 2021

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Álava aprueba para su territorio las medidas tributarias implantadas en el territorio común mediante el RDLey 12/2021 encaminadas a contrarrestar la subida del precio de la electricidad: reducción al 10 % del tipo impositivo del IVA aplicable a la energía eléctrica y suspensión durante un período de 3 meses del IVPEE.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 14 de julio de 2021, se ha publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 6/2021, de 6 de julio, del Territorio Histórico de Álava, del Consejo de Gobierno Foral, por el que se aprueban las medidas tributarias en el ámbito de la fiscalidad energética, aprobadas en el territorio común mediante el Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio, encaminadas a contrarrestar la subida del precio de la electricidad.

En relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), se establece de forma excepcional y transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2021, para los contratos de energía eléctrica cuyo término fijo de potencia no supere los 10 KW, una rebaja, desde el 21 al 10 por ciento en el tipo impositivo del IVA que recae sobre todos los componentes de la factura eléctrica cuando el precio medio mensual del mercado mayorista en el mes anterior al de la facturación haya superado los 45 euros/MWh, con el objeto de reducir su importe.

Para paliar situaciones de pobreza energética de los consumidores más vulnerables también se rebaja al 10 por ciento el tipo impositivo del IVA aplicable a la factura eléctrica de los titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social y, además, tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable con independencia del precio de la electricidad del mercado mayorista.

En el ámbito del  Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica, al objeto de compensar los mayores costes que están soportando las empresas que determinan el precio de la electricidad en el mercado mayorista, de forma excepcional, durante el tercer trimestre de 2021, se procede a exonerar del Impuesto a las instalaciones que producen electricidad y la incorporan al sistema eléctrico, lo que implica modificar cómputo de la base imponible y de los pagos fraccionados regulados en la normativa del tributo.

Finalmente, en el BOTHA de hoy se ha publicada también el DECRETO FORAL 30/2021, de 6 de julio, del Territorio Histórico de Álava, del Consejo de Gobierno Foral, por la que se aprueban la relación de actividades o programas prioritarios de mecenazgo en el ámbito de los fines de interés general para 2021, conforme a la Norma Foral 16/2004, de 12 de julio, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos e Incentivos Fiscales al Mecenazgo, respecto a las cuales sujetos pasivos del IS o del IRNR  que operen mediante establecimiento permanente podrán deducir de la cuota líquida resultante de minorar la íntegra en el importe de las deducciones por doble imposición y, en su caso, las bonificaciones, el 18 por ciento de las cantidades destinadas a las actividades o programas declarados prioritarios, incluso en virtud de contratos de patrocinio publicitario. Para el año 2021 el porcentaje del 18 por ciento será del 23 por ciento.