Bizkaia aprueba las modificaciones reglamentarias en el IRPF e IS derivadas de la revisión de su sistema fiscal y de los modelos correspondientes y modifica las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los BICE

Bizkaia aprueba las modificaciones reglamentarias en el IRPF e IS derivadas de la revisión de su sistema fiscal y de los modelos correspondientes y modifica las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los BICE. Imagen de la bandera de Vizcaya

Bizkaia adapta sus normas reglamentarias del IRPF, IS a las modificaciones efectuadas por la Norma Foral 2/2025 de revisión fiscal del sistema tributario del Territorio Histórico de Bizkaia y se aprueban los porcentajes de retención a cuenta del IRPF aplicables a los rendimientos del trabajo en 2026. Se modifican las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los bienes inmuebles de características especiales y se aprueban nuevos modelos de declaración.

Junto con la NORMA FORAL 7/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2026 y la NORMA FORAL 8/2025, de 29 de diciembre, por la que se acuerda la aplicación y se desarrolla la regulación de la Tasa por prestación de servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento, en el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 30 de diciembre de 2025 se han publicado el DECRETO FORAL 134/2025, de 29 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifican los porcentajes de retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aplicables a los rendimientos del trabajo en 2026; el DECRETO FORAL 133/2025, de 29 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en desarrollo de la Norma Foral 2/2025, de 9 de abril, por la que se aprueban medidas para la revisión fiscal del sistema tributario del Territorio Histórico de Bizkaia y el DECRETO FORAL 135/2025, de 29 de diciembre, de la Diputación Foral De Bizkaia, por el que se modifica el Decreto Foral 91/2018, de 3 de julio, por el que se aprueban las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los bienes inmuebles de características especiales.

El DECRETO FORAL 134/2025, modifica los porcentajes de retención a cuenta del IRPF aplicables a los rendimientos del trabajo en 2026 de acuerdo con la deflactación del 2 por 100 de la tarifa aplicable a la base liquidable general correspondiente a dicho ejercicio, y el incremento a su vez en idéntico porcentaje de la reducción por tributación conjunta, la minoración de cuota y las deducciones familiares y personales efectuada por la NORMA FORAL 7/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2026.

En el DECRETO FORAL 133/2025, de 29 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento del IRPFy el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades para completar el desarrollo de la Norma Foral 2/2025, de 9 de abril, por la que se aprueban medidas para la revisión fiscal del sistema tributario del Territorio Histórico de Bizkaia, iniciado por el DECRETO FORAL 59/2025, mediante el cual se adaptó el reglamento del IRPF al límite único de 20.000 euros anuales de rendimientos brutos del trabajo a partir del cual existe obligación de declarar, (manteniéndose el límite de los 1.600 euros anuales para los rendimientos brutos del capital y ganancias patrimoniales) y el DECRETO FORAL 100/2025, que introdujo las modificaciones necesarias respecto al nuevo tratamiento fiscal de la previsión social voluntaria. Mediante el decreto foral que se aprueba ahora se desarrollan las medidas vinculadas al primero de los retos que se afrontan, familia, igualdad, conciliación, mujer y juventud, tales como el teletrabajo o la nueva deducción por cuidado de menores y personas con determinado grado de dependencia o discapacidad. En relación con la vivienda, se actualizan las referencias normativas de acuerdo con las modificaciones en el tratamiento de los rendimientos de capital inmobiliario, Se establecen diferentes porcentajes de bonificación aplicables sobre los rendimientos íntegros y determina los gastos fiscalmente deducibles en función de la tipología de la vivienda arrendada. Se desarrollan los requisitos para aplicar las deducciones por alquiler e inversión en vivienda habitual por los menores de 36 años y por aquellos colectivos más vulnerables y se concretan los supuestos asimilados a la adquisición de la vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2026.

En referencia al reto de la transición verde, se desarrollan medidas en los reglamentos del IRPF y en el del IS, actualizándose la cuantía de los límites de gastos por vehículos afectos y se da entrada a los vehículos con un escaso o nulo efecto contaminante y se desarrollan la deducción por inversiones y gastos vinculados a proyectos que procuren el desarrollo sostenible, la reducción del impacto ambiental, la transición energética y la economía circular.

Finalmente, se modifican las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los bienes inmuebles de características especiales para coordinar el periodo de antigüedad que se tiene en cuenta para el cálculo de los coeficientes que afectan al valor catastral de las construcciones singulares y convencionales. A ese respecto, dado que en las Normas Técnicas aprobadas por el Decreto Foral 87/2024 se ha establecido como fin del cómputo del periodo de antigüedad el año de la aprobación de la ponencia de valores, se entiende necesario que el Decreto Foral 91/2018 se refiera al mismo momento.

Además, en este mismo BOB de 30 de diciembre encontramos la ORDEN FORAL 657/2025, de 19 de diciembre, de la diputada foral de Hacienda y Finanzas por la que se modifica la Orden Foral 1487/2019, de 23 de julio, del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba el modelo 182 de Declaración informativa de donativos, donaciones, prestaciones gratuitas de servicios, aportaciones y disposiciones, la Orden Foral 2211/2016, de 15 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 193 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre determinadas rentas del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y la Orden Foral 2942/2009, de 18 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 345 de declaración anual de EPSVs, Planes de Pensiones, sistemas alternativos, Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, PIAS, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia, la ORDEN FORAL 668/2025, de 22 de diciembre, de la diputada foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba el procedimiento para reconocer la condición de operador confiable y por la que se regula la creación y el mantenimiento de un registro de operadores confiables, en materia de garantías del ingreso del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente a determinados carburantes que abandonen el régimen de depósito distinto del aduanero; la ORDEN FORAL 669/2025, de 22 de diciembre, de la diputada foral de Hacienda y Finanzas, por la que se establecen los requisitos y aspectos generales correspondientes a los avales a los que se refiere el apartado undécimo del anexo de la Norma Foral 7/1994, de 9 de noviembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido y que deben constituirse en garantía del ingreso del citado impuesto con ocasión de la entrega de determinados carburantes que abandonen el régimen de depósito distinto del aduanero, y por la que se aprueba el modelo de aval, así como la ORDEN FORAL 671/2025 de 22 de diciembre, de la diputada foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba el modelo 319, «Pago a cuenta del IVA correspondiente a las entregas de gasolinas, gasóleos y biocarburantes posteriores a la ultimación del régimen de depósito distinto del aduanero» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.