Bizkaia pospone el plazo de solicitud de devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos hasta el 30 de octubre de 2020 a causa del COVID-19

Bizkaia pospone el plazo de solicitud de devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos. Imagen de fondo de bolsa de vela

Bizkaia pospone excepcionalmente para este año el plazo de presentación de la solicitud de devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por las y los agricultores y ganaderos por las adquisiciones de gasóleo al periodo comprendido entre el 14 de septiembre y el 30 de octubre de 2020, ante la situación de confinamiento actual derivada del brote de COVID-19.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 23 de abril de 2020, aparece publicada la ORDEN FORAL 810/2020, de 21 de abril, del diputado foral de Hacienda y Finanzas por la que se modifica el plazo de presentación de la solicitud de devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por las y los agricultores y ganaderos por las adquisiciones de gasóleo para 2020, extendiéndolo hasta el 30 de octubre de 2020.

El DECRETO FORAL NORMATIVO 1/2020, de 17 de marzo, de medidas tributarias urgentes derivadas del COVID-19, el cual tiene por objeto el establecimiento de medidas tributarias dirigidas a dar respuesta al impacto económico negativo que está produciendo la Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional generada por el coronavirus COVID-19, especialmente en lo que a las Pymes y a las personas autónomas se refiere, y a garantizar los derechos de los y las contribuyentes en esta situación emergencia en la que nos encontramos. Entre dichas medidas, se encuentra la extensión de los plazos de cumplimiento de ciertas obligaciones tributarias por parte de los y las contribuyentes. Las especialidades derivadas de las particulares características del colectivo al que afecta la devolución de las cuotas soportadas en la adquisición del gasóleo para uso agrícola y ganadero, junto con la incertidumbre sobre el momento en que la situación de confinamiento llegará a su fin, exige completar las medidas recogidas en el citado Decreto Foral Normativo, con el fin de adaptar las fechas de presentación de las solicitudes de devolución de las cuotas mencionadas a la situación de confinamiento actual derivada del brote de COVID-19.

Conforme a lo establecido en la ORDEN FORAL 1096/2010, de 30 de abril, por la que se establece el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por las y los agricultores y ganaderos por las adquisiciones de gasóleo y se establece el procedimiento para su tramitación, dicha solicitud para hacer efectivo el derecho a la devolución de las cuotas del Impuesto a que hace referencia el apartado anterior se presentará entre el 15 de mayo y el 30 de junio de cada año. Por ello, a través de la presente Orden Foral se pospone excepcionalmente para este año el plazo de presentación de la solicitud de devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por las y los agricultores y ganaderos por las adquisiciones de gasóleo al periodo comprendido entre el 14 de septiembre y el 30 de octubre de 2020, en uso de la habilitación contenida en la disposición final segunda. Dos del citado Decreto Foral Normativo 1/2020.