En Bizkaia la práctica totalidad de notificaciones y comunicaciones de Hacienda serán electrónicas

En el BOB de hoy, 13 de septiembre de 2018, se ha publicado el DECRETO FORAL 119/2018 de la Diputación Foral de Bizkaia, de 11 de septiembre, por el que se modifica el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 50/2012, de 20 de marzo, por el que se regulan las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos del Departamento de Hacienda y Finanzas, y el Reglamento de gestión de los tributos del Territorio Histórico de Bizkaia, aprobado por medio del Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 112/2009, de 21 de julio, con el efectos desde el día 17 de septiembre de 2018.

Hay que tener presente que la normativa de Administración electrónica no resulta de aplicación a los procedimientos tributarios y catastrales pero a partir del 17 de septiembre de 2018 se habrán culminado los desarrollos tecnológicos precisos para poder incorporar la notificación de la práctica totalidad de los actos administrativos y demás acuerdos que deban ser objeto de notificación o comunicación a los obligados tributarios a la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, consiguiendo con ello que la ciudadanía disponga en la sede electrónica de la totalidad de las notificaciones que le practiquen los distintos Departamentos de la Diputación Foral de Bizkaia, incluidas las del Departamento de Hacienda y Finanzas.

Es por ello que se deben introducir las modificaciones precisas en la normativa específica de las notificaciones y comunicaciones del Departamento de Hacienda y Finanzas para posibilitar la práctica de las mismas mediante la comparecencia en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, manteniendo también los demás canales establecidos hasta la fecha, de cara a facilitar a los ciudadanos y ciudadanas al máximo el ejercicio de sus derechos y para posibilitar una evolución gradual de los servicios prestados a través del Servicio BizkaiBai a la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

Ello hace preciso modificar el Reglamento de Gestión de los Tributos del Territorio Histórico de Bizkaia, a los efectos de ir estableciendo los mecanismos de homologación entre las condiciones aplicables en el Servicio BizkaiBai y las de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia de forma que se puedan en los próximos meses ir comenzando a prestar servicios y a poner a disposición de los ciudadanos contenidos a través de la citada sede electrónica, lo que requiere en estos momentos la eliminación de la posibilidad de anular las presentaciones realizadas a través del Servicio BizkaiBai.