Cantabria modifica e incorpora deducciones en IRPF y adapta los tipos impositivos en ITP y AJD

En IRPF se modifican las deducciones por arrendamiento de vivienda habitual, enfermedad, nacimiento o adopción, inversiones en elementos patrimoniales por parte de nuevos contribuyentes procedentes del extranjero y se crean deducciones para fomentar el ejercicio físico, el compromiso medioambiental y para facilitar el acceso a la vivienda a jóvenes menores de 36 años. En ITP y AJD se adaptan diversas disposiciones destacando la adaptación del tipo reducido del 4% en transmisiones onerosas que constituyan vivienda habitual, recogiendo la progresividad del impuesto y eliminando la aplicación del error en el salto.
El 30 de abril de 2026, se ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria la Ley de Cantabria 5/2026, de 28 de abril, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026. En él se incluyen diversas medidas relativas a los impuestos estatales cedidos por el Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria, en concreto, se modifican e incorporan nuevas deducciones en el IRPF y se rebaja el ITP y AJD en algunos casos de compra de vivienda habitual.
Para la aplicación de la deducción por arrendamiento de vivienda habitual, se amplíala edad para su aplicación hasta los 40 años en el caso de que la unidad familiar tenga dos o más hijos.
Por otra parte, se modifica la deducción por enfermedad con la finalidad de recoger la especial problemática de las personas afectadas por la esclerosis lateral amiotrófica (ELA) y las denominadas enfermedades raras. Para los supuestos de enfermedades raras se eleva a 20% los gastos deducibles, hasta un límite de 1.000 euros en declaración individual y 1.200 en declaración conjunta. En el caso de la ELA se elevan los gastos deducibles al 50% hasta un límite de 2.000 euros, y se elimina el límite de renta.
En la deducción de 1.400 euros por nacimiento o adopción de hijo se prevé el incremento de esta cuantía hasta alcanzar los 1.600 euros en el supuesto de nacimiento o adopción de un hijo con una discapacidad igual o superior al 33%.
Y, en segundo lugar, se incluye entre los supuestos que permiten aplicar la deducción por ayuda doméstica el caso en el que forme parte del hogar familiar una persona que tenga reconocido un grado de discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 65%.
Se incorpora una modificación en la deducción del IRPF por inversiones en elementos patrimoniales por parte de nuevos contribuyentes procedentes del extranjero, especificando en su apartado a) la inaplicación en caso de adquisición de bienes inmuebles afectos a la actividad económica.
Se crea una deducción para fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva en la que el contribuyente se podrá deducir el 30% de los gastos realizados hasta un máximo de 150 euros anuales.
Para facilitar el acceso a la vivienda de los jóvenes menores de 36 años se incorporan dos nuevas deducciones. La primera por la compra o rehabilitación de vivienda habitual, que alcanzará el 15% de las cantidades satisfechas en el periodo de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual situada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria que vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente. La base máxima de esta deducción será de 9.000 euros anuales y podrá aplicarse durante tres años, el ejercicio impositivo en que se realiza la adquisición de la vivienda o rehabilitación de la vivienda y los dos siguientes. La segunda es una deducción del 15% de las cantidades que se depositen en cuentas en entidades de crédito ("cuenta vivienda") que hayan firmado un convenio con el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y siempre que las cantidades se destinen a la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en el plazo de 10 años. La base máxima de esta deducción será de 6.000 euros anuales.
Y, por último, se crea una deducción por compromiso medioambiental en la que el contribuyente que sea propietario o arrendatario de una vivienda en Cantabria que constituya su residencia habitual podrá deducirse hasta un máximo de 100 € por realización de actuaciones medioambientales que sean certificadas por entidades con las que el Gobierno de Cantabria haya firmado el oportuno convenio. El contribuyente deberá ser propietario o arrendatario de una vivienda, que constituya su residencia habitual, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria por la que pague la tasa municipal por la prestación del servicio de recogida y tratamiento de los residuos. El límite de esta deducción será el importe satisfecho por la citada tasa, con un máximo de 100 euros.
En el caso del ITP y AJD, se modifica la mejora de la reducción por adquisición mortis causa de vivienda habitual para los parientes colaterales del causante, donde antes se establecía únicamente el requisito de haber convivido con el mismo como mínimo los dos años anteriores a su muerte. En cambio, en la nueva redacción se excluye del cómputo el periodo de tiempo que el causante hubiera residido en un centro de atención a personas mayores inmediatamente antes de su fallecimiento.
Se amplía el tipo reducido del 4% para la compra de vivienda habitual por jóvenes menores de 40 años, se eleva el valor de la vivienda que tributa al 7% hasta los 300.000 euros, adaptándolo al precio de la vivienda y se recoge la progresividad del impuesto en la tarifa de la vivienda habitual, eliminando así la posible aplicación del error en el salto.
En cuanto al tipo reducido del 5% para las adquisiciones de viviendas que vayan a ser objeto de inmediata rehabilitación, se excluyen de la aplicación de este a las viviendas de uso turístico. Respecto a los requisitos formales, se incorpora la posibilidad de presentar para la comprobación de la base sobre la que se solicitó, declaración responsable de obra de la vivienda registrada previamente en el Ayuntamiento competente.
En los documentos notariales en los que se protocolice la adquisición de viviendas o las promesas u opciones de compra sobre las mismas, que vayan a constituir la vivienda habitual del contribuyente, se aplicará también el tipo reducido del 0,1% a sujetos pasivos menores de 40 años.




