Gipuzkoa reconoce expresamente el efecto retroactivo de la exención en el IRPF de las prestaciones por maternidad

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Gipuzkoa reconoce expresamente efectos retroactivos de la exención en el IRPF de las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social, será también de aplicación a los periodos impositivos anteriores no prescritos en dicha fecha

Al igual que en el territorio alavés, Gipuzkoa mediante la NORMA FORAL 8/2019, de 9 de diciembre, por la que se modifica la Norma Foral 3/2019, de 11 de febrero, de aprobación de determinadas medidas tributarias para el año 2019 introduce como aclaración de los efectos de la exención en el IRPF de las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social, que será también de aplicación a los periodos impositivos anteriores no prescritos a fecha de 1 de enero de 2019.

Mediante la Norma Foral 3/2019, 11 de febrero, de aprobación de determinadas medidas tributarias para el año 2019, se incorporaba al ordenamiento tributario de Gipuzkoa la doctrina legal de STS, de 3 de octubre de 2018, recurso nº 4483/2017, con efectos retroactivos respecto de los ejercicios anteriores al iniciado el 1 de enero de 2019 que no estuvieran prescritos, por la especial trascendencia y protección que merece la maternidad, ampliar la exención de las prestaciones de maternidad y paternidad reguladas en la legislación general de la Seguridad Social.

Por ello la modificación, con efectos desde 1 de enero de 2019, de esta exención operada a través de la Norma Foral 3/2019, será también de aplicación a los periodos impositivos anteriores no prescritos en dicha fecha.