La deducción fiscal de la que disfrutan los funcionarios de la Unión Europea por hijo a cargo cesa, a más tardar, cuando el hijo cumple 26 años

La deducción fiscal por hijo a cargo está ligada al cumplimiento de los requisitos que dan derecho a la asignación por hijo a cargo, por ello, al igual que esta asignación, la deducción fiscal cesa, a más tardar, cuando el hijo cumple 26 años
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 27 de noviembre de 2025, recaída en el asunto C-137/24 P resuelve el recurso de casación contra la sentencia del Tribunal General que denegó la deducción fiscal por hijo a cargo a un funcionario que solicitó la una prórroga de la deducción fiscal por sus hijas, que continuaban sus estudios, después de que estas hubieran cumplido 26 años. La Comisión denegó dicha prórroga por estimar que el derecho a la deducción fiscal estaba ligado al derecho a la asignación por hijo a cargo, que se extingue, a más tardar, cuando el hijo cumple 26 años, decisión que fue confirmada igualmente por el Tribunal General en la sentencia recurrida, que ahora confirma el Tribunal de Justicia, ya que la deducción fiscal por hijo a cargo está ligada al cumplimiento de los requisitos que dan derecho a la asignación por hijo a cargo. En consecuencia, al igual que esta asignación, la deducción fiscal cesa, a más tardar, cuando el hijo cumple 26 años.
El demandante es funcionario de la Comisión y padre de dos hijas, nacidas respectivamente en 1993 y 1994. Los funcionarios de la Unión Europea disfrutan de una asignación mensual por cada hijo a cargo hasta que el hijo cumple 18 años. Cuando el hijo sigue una formación escolar o profesional, la asignación se otorga, mediante solicitud motivada, hasta que cumple 26 años. Además, se concede a los funcionarios una deducción fiscal por cada hijo a cargo por la que de la base imponible se deduce el doble de la cuantía de la asignación por hijo a cargo. El recurrente solicitó la una prórroga de la deducción fiscal por sus hijas, que continuaban sus estudios, después de que estas hubieran cumplido 26 años. La Comisión denegó dicha prórroga por estimar que el derecho a la deducción fiscal estaba ligado al derecho a la asignación por hijo a cargo, que se extingue, a más tardar, cuando el hijo cumple 26 años, decisión que fue confirmada igualmente por el Tribunal General en la sentencia recurrida, que ahora confirma el Tribunal de Justicia, ya que la deducción fiscal por hijo a cargo está ligada al cumplimiento de los requisitos que dan derecho a la asignación por hijo a cargo. En consecuencia, al igual que esta asignación, la deducción fiscal cesa, a más tardar, cuando el hijo cumple 26 años.




