¿La notificación al deudor principal de la liquidación, incursa en un proceso concursal, previa a su declaración de fallido y derivación de responsabilidad subsidiaria, interrumpe la prescripción del responsable?
La sentencia rechaza la aplicación de la doctrina del Tribunal Supremo respecto de la interrupción del plazo de prescripción en supuestos de responsabilidad solidaria, en cuanto a que solo pueda dirigirse frente a los sujetos que hayan sido previamente declarados responsables, al entender que se trata de modalidades distintas. La sala a quo señala que en los supuestos de responsabilidad subsidiaria el plazo de prescripción comienza a computarse desde la notificación de la última actuación recaudatoria practicada al deudor principal, habiéndose incoado en este caso un procedimiento concursal, sin que la declaración de fallido de la sociedad obligada principal se produjera hasta cuando el administrador concursal emitió el informe donde se declara el déficit patrimonial de la mercantil. En este caso, el 10 de enero de 2014 el Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de valencia inició el procedimiento de declaración de concurso voluntario de acreedores de la obligada principal, así como que el 11 de marzo de 2015 se firmaron las actas de conformidad con la Inspección tributaria, notificándose el 12 de abril de 2015 la correspondiente liquidación tributaria y finalizando el periodo de pago voluntario el 22 de junio de 2015; y, por auto de 30 de junio de 2020 se declaró la conclusión y archivo del citado concurso de acreedores. Por otra parte, el 10 de septiembre de 2018 se llevó a cabo la declaración de fallido de la deudora principal, notificándose el 4 de julio de 2019 a la actora el acuerdo de inicio del procedimiento de declaración de responsabilidad tributaria. La cuestión planteada en este recurso consiste en determinar si, iniciado un concurso de acreedores en relación con la deudora principal, una liquidación tributaria notificada a ésta con anterioridad a su declaración de fallido y al consiguiente acuerdo de inicio del procedimiento de derivación de responsabilidad tributaria subsidiaria produce la interrupción del plazo de prescripción del derecho de la Administración tributaria a determinar y exigir el pago de las deudas al responsable tributario.
(Auto del Tribunal Supremo de 9 de octubre de 2024, recurso n.º 8410/2023)