Queda acreditado el deterioro de las existencias por la documentación aportada que figura en la diligencia, aunque no en el expediente

En relación con la regularización de una pérdida por deterioro de existencias que la Inspección incluyó en la propuesta por no estar justificada la caducidad de las mismas, en diligencia figuraba que la entidad había aportado una relación de las existencias y su caducidad, pero esa relación no obraba en el expediente, razón por la cual la Inspección considera que no estaba justificada. Sin embargo, la entidad cumplió la carga probatoria aportando esa relación que justificaba el deterioro de las existencias, por lo que se considera acreditado el deterioro y la deducibilidad del mismo.

(Tribunal Superior de Justicia de Madrid, 21 de junio de 2019, recurso n.º 834/2017)