La AEAT debe devolver las retenciones del IRNR al fondo de pensiones americano al ser equivalente a otro español

El Fondo de Pensiones americano solicitó la devolución de las retenciones del IRNR soportadas por los dividendos de fuente española. La AEAT denegó la devolución por no quedar acreditado que sea un fondo de pensiones equivalente a los españoles, ni que hubiera soportado efectivamente las retenciones. La entidad alega que EEUU tiene una posición equivalente a la de cualquier Estado miembro de la UE. Se ha acreditado la comparabilidad y equivalencia entre el Fondo estadounidense y los españoles. No hay vicio de nulidad por haber iniciado el procedimiento mediante una propuesta de liquidación ni por no haber concretado la documentación para acreditar su posición. Aplicabilidad del principio de no discriminación al entender equivalente el fondo de pensiones en EEUU con los fondos españoles. Se acreditaron la residencia fiscal en EEUU (Certificado de residencia) que se practicaron las retenciones (Certificado de la entidad depositaria americana) y la equivalencia con el fondo de pensiones español (vigencia del CDI).

(Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 3 de junio de 2019, recurso n.º 142/2017)