Aclaración sobre la vigencia de la opción extraordinaria de la modalidad del art. 40.3 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades

Art. 40.3 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades. Logotipo de la Agencia Tributaria

Se ha incorporado una pregunta frecuente en el apartado sobre Medidas tributarias COVID-19 en la que se aclara que, para los periodos impositivos iniciados a partir de 2021, los contribuyentes que hubieran optado el año pasado por la modalidad del art. 40.3 LIS, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto-Ley 15/2020, necesitarán la presentación en el mes de febrero de 2021 del modelo censal 036, si pretenden continuar con dicha opción.

Fuente: AEAT (23/02/2021)