Alava modifica el calendario de los ingresos fiscales domiciliados año 2020 por el COVID- 19 y deroga el primer plazo del IRPF

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Alava modifica el calendario de los ingresos fiscales domiciliados año 2020 por el COVID- 19 y deroga el primer plazo del IRPF con fecha de vencimiento de 25 de junio de 2020, quedando como único pago del citado impuesto el 20 de noviembre de 2020.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 5 de junio de 2020, se ha publicado la ORDEN FORAL 240/2020, de la diputada de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 27 de mayo, que aprueba la modificación calendario de los ingresos fiscales domiciliados año 2020.

A la vista de las diferentes medidas adoptadas para responder al impacto económico del COVID-19, es necesario actualizar el vigente calendario de domiciliaciones para los ingresos fiscales del ejercicio 2020, para adaptarlo a los cambios normativos surgidos con posterioridad a su aprobación y se deroga el primer plazo del IRPF con fecha de vencimiento de 25 de junio de 2020, quedando como único pago del citado impuesto el 20 de noviembre de 2020

El DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 2/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 18 de marzo, aprobó medidas tributarias urgentes para responder al impacto económico del COVID-19 y, en concreto, establecía la suspensión de los plazos voluntarios de presentación e ingreso de las autoliquidaciones mensuales correspondientes a los meses de febrero y marzo, así como la ampliación del plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones trimestrales del primer trimestre hasta el 1 de junio de 2020.

El DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 6/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 12 de mayo, aprobó la adopción de nuevas medidas tributarias relacionadas con el COVID-19. En concreto, se establecieron nuevos plazos de presentación y pago para las declaraciones y autoliquidaciones correspondientes a los meses de febrero, marzo y mayo. La ORDEN FORAL 151/2020, de 24 de marzo aprobó las normas y modalidades para la presentación de las declaraciones del IRPF e IP correspondientes al ejercicio 2019 y la ampliación del plazo de pago en período voluntario del importe esultante de la autoliquidación del IRPF.