Ampliadas las bases de tributación en el Impuesto sobre Sociedades

Ampliadas las bases de tributación en el Impuesto sobre Sociedades
  • Se establecen como gasto no deducible las pérdidas por deterioro de la cartera de valores y las rentas negativas obtenidas en el extranjero a través de establecimientos permanentes, medidas que afectarán principalmente a las grandes empresas.
  • Se fija un tributo sobre gases fluorados de efecto invernadero, siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea de aumentar la presión fiscal medioambiental

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales de un Proyecto de Ley por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras. Para su tramitación parlamentaria se ha solicitado el procedimiento de urgencia.

Entre las novedades destaca la modificación de la Ley del Impuesto sobre Sociedades a efectos de suprimir la deducibilidad de pérdidas por deterioro de los valores representativos de la participación en el capital o fondos propios de entidades, cotizadas y no cotizadas, en la línea seguida por el resto de países de la Unión Europea. Esta medida, que elevará la base imponible del Impuesto, si bien es aplicable a todas las empresas, tendrá una mayor incidencia en las grandes empresas, que son las que tienen participaciones significativas en otras empresas radicadas en España o en el extranjero.

En consecuencia, se considera gasto no deducible las rentas negativas obtenidas en el extranjero a través de un establecimiento permanente, excepto en el caso de transmisión del mismo o cese de su actividad. Se establecerá un régimen transitorio aplicable a períodos impositivos iniciados con anterioridad a enero de 2013, de modo que las pérdidas deducidas con anterioridad a 1 de enero de 2013 también reviertan con el reparto de dividendos por las entidades participadas.

De igual forma, se prorrogan para 2014 y 2015 las medidas temporales establecidas en 2012 en el Impuesto sobre Sociedades, cuya vigencia finaliza en diciembre de 2013. Tales medidas afectan, entre otros, al pago fraccionado mínimo del 12 por 100 para entidades con una cifra de negocios superior a veinte millones de euros, a la limitación a la compensación de bases imponibles negativas y al límite a la deducibilidad del fondo de comercio. Con la prórroga de estas medidas se continúa con la reforma emprendida en el año anterior de ampliar las bases imponibles de las grandes empresas.

MEDIO AMBIENTE

Por otro lado, y siguiendo las recomendaciones de la Comisión Europea sobre tributos medioambientales, el Proyecto de Ley fija un impuesto indirecto sobre gases fluorados de efecto invernadero. Serán contribuyentes los fabricantes de gases fluorados, los importadores o adquirientes intracomunitarios de estos productos y los revendedores. El tipo impositivo se establecerá en función del potencial de calentamiento atmosférico (PCA) de los productos. Este nuevo impuesto entrará en vigor en 2014.

El Proyecto de Ley incorpora otras modificaciones tributarias, aplicables a la Sociedad de Gestión de Activos de Reestructuración Bancaria (Sareb). Concretamente, se equipara a la Sareb con una entidad financiera, exceptuándola de las retenciones respecto de las operaciones de préstamo que haya percibido de las entidades aportantes. Adicionalmente, se fija la exención en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP y AJD) para la constitución de garantías para la financiación de las adquisiciones de inmuebles.

 

Fuente: La Moncloa