Análisis de las modificaciones introducidas en el IVA por la Ley 28/2014, de reforma de la Ley 37/1992, y de otras modificaciones relativas a este impuesto

El pasado viernes 28 de noviembre se publicó en el BOE la Ley 28/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifica, entre otras, la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
En el presente comentario se examinan las distintas modificaciones aprobadas con la Ley 28/2014, que se delimitan de acuerdo con la estructura de la Ley del IVA para una mejor comprensión. Asimismo, se hará referencia también a las modificaciones que, como consecuencia de esta reforma, deberán efectuarse en el Reglamento del IVA, teniendo en cuenta el proyecto de Real Decreto que figura en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Por su trascendencia, destacan las referidas al lugar de realización de determinadas operaciones, así como todas las que afectan a los regímenes especiales de IVA, con la creación de dos nuevos regímenes agrupados bajo la denominación de «regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica».
Debe recordarse, además, que a partir del 1 de enero de 2015 entrarán en vigor también las modificaciones que el legislador comunitario introdujo en el Reglamento de Ejecución (UE) 282/2011, de 15 de marzo, de aplicación obligatoria y directa en los Estados miembros.
Finalmente, se hace una breve referencia a la Orden reguladora para el año 2015 del régimen simplificado, y otras órdenes previstas para su aprobación en fechas próximas.

Palabras claves: reforma del IVA 2015 y Ley 28/2014, de 27 de noviembre.

Antonio Longás Lafuente
Inspector de Hacienda del Estado

Sumario

1. Introducción

1.1. Fines de la reforma
1.2. Adaptación a la terminología comunitaria

2. Naturaleza y ámbito de aplicación
3. Delimitación del hecho imponible

3.1. Entregas de bienes y prestaciones de servicios

3.1.1. Transmisión de una unidad económica autónoma
3.1.2. Entregas sin contraprestación de impresos u objetos publicitarios
3.1.3. Operaciones no sujetas y entes públicos
3.1.4. Delimitación de las operaciones que se integran en el concepto de entrega de bienes

3.2. Importaciones de bienes

3.2.1. Importaciones de bienes que se coloquen en áreas exentas o regímenes aduaneros
3.2.2. Operaciones asimiladas a las importaciones de bienes

4. Exenciones

4.1. Exenciones en entregas de bienes y prestaciones de servicios

4.1.1. Educación y enseñanza
4.1.2. Entidades sin finalidad lucrativa
4.1.3. Operaciones financieras
4.1.4. Entregas de terrenos rústicos
4.1.5. Juntas de Compensación
4.1.6. Exenciones técnicas
4.1.7. Renuncia a las exenciones inmobiliarias
4.1.8. Inversión del sujeto pasivo en el supuesto de renuncia a las exenciones inmobiliarias
4.1.9. Exenciones en operaciones de exportaciones y asimiladas
4.1.10. Exenciones en importaciones de bienes que se vinculan al Régimen de depósito distinto del aduanero
4.1.11. Exenciones en entregas en régimen de viajeros
4.1.12. Exenciones entregas de bienes a organismos reconocidos para su posterior exportación

5. Lugar de realización del hecho imponible

5.1. Lugar de realización de las entregas de bienes
5.2. Lugar de realización de las prestaciones de servicios

5.2.1. Modificaciones en la Ley 28/2014
5.2.2. Modificaciones en el Reglamento 282/2011

6. Devengo del impuesto. Entregas de bienes y prestaciones de servicios
7. Base imponible. Entregas de bienes y prestaciones de servicios

7.1. Regla general
7.2. Reglas especiales
7.3. Modificación de la base imponible

7.3.1. Modificación en caso de concurso
7.3.2. Modificación en caso de créditos incobrables
7.3.3. Facturación en caso de rectificación de la base imponible

8. Sujetos pasivos

8.1. Inversión del sujeto pasivo: nuevos supuestos
8.2. Infracciones tributarias en los supuestos de inversión del sujeto pasivo
8.3. Repercusión del impuesto. Rectificación de las cuotas repercutidas

9. Tipos impositivos
10. Deducciones y devoluciones

10.1. Cuotas tributarias deducibles
10.2. Requisitos subjetivos de la deducción
10.3. Nacimiento del derecho a deducir: agencias de viaje
10.4. Deducciones en sectores diferenciados. Grupo de entidades
10.5. Prorrata especial obligatoria
10.6. Devoluciones a no establecidos en territorio de la Unión

10.6.1. Devoluciones a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, pero establecidos en la Unión, Islas Canarias, Ceuta o Melilla
10.6.2. Devoluciones a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto ni en la Unión, Islas Canarias, Ceuta o Melilla

11. Regímenes especiales

11.1. Normas generales
11.2. Régimen simplificado
11.3. Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca
11.4. Régimen especial de las agencias de viaje
11.5. Régimen especial del recargo de equivalencia
11.6. Régimen especial del grupo de entidades
11.7. Regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica

11.7.1. Introducción
11.7.2. Disposiciones comunes a ambos regímenes especiales
11.7.3. Régimen especial aplicable a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión, o de televisión y a los prestados por vía electrónica por empresarios o profesionales no establecidos en la Comunidad (régimen exterior a la Unión)
11.7.4. Régimen especial aplicable a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica por empresarios o profesionales establecidos en la Comunidad, pero no en el Estado miembro de consumo (régimen de la Unión o interior de la Unión)

A) Ámbito de aplicación
B) Obligaciones formales en el caso de que sea España el Estado miembro de identificación del empresario o profesional que preste los servicios acogidos al régimen especial
C) Derecho a la deducción de las cuotas soportadas

11.7.5. Obligaciones de información y formales de los sujetos pasivos acogidos a estos regímenes especiales
11.7.6. Formulario de declaración de inicio, modificación o cese, modelo 034

12. Obligaciones de los sujetos pasivos y gestión del impuesto

12.1. Modificaciones en la ley del impuesto
12.2. Otras modificaciones en el reglamento del impuesto

A) Libro registro de facturas recibidas
B) Procedimientos administrativos y judiciales de ejecución forzosa

13. Infracciones y sanciones
14. Otras modificaciones recogidas en la Ley 28/2014

14.1. Régimen de depósito distinto del aduanero
14.2. Reembolso del IVA en importaciones de bienes

15. Otras modificaciones reglamentarias

15.1. Reglamento de Facturación aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre
15.2. Reglamento de Gestión e Inspección de 2007

16. Orden reguladora del régimen especial simplificado para 2015
17. Nuevos modelos

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 382 (enero 2015)