Aplazamiento de pago excepcional hasta el 25 de octubre de 2020 del primer trimestre de 2020 del Tributo sobre el Juego en Bizkaia

Tributo sobre el Juego en Bizkaia. Imagen borrosa de máquinas tragaperras

El pago del primer trimestre de 2020 de las autoliquidaciones del Tributo sobre el Juego mediante la explotación de máquinas o aparatos automáticos y del recargo que recae sobre el mismo, que, haya sido solicitado con anterioridad al cumplimiento del plazo previsto, se aplazará hasta el 25 de octubre de 2020.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 23 de marzo de 2020, se ha publicado la ORDEN FORAL 663/2020, de 18 de marzo, del Territorio Histórico de Bizkaia, del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se establece un aplazamiento de pago excepcional para el Tributo sobre el Juego mediante la explotación de máquinas o aparatos automáticos y para el recargo que recae sobre el mismo.

El día 18 de marzo de 2020 se ha publicado en el «Boletín Oficial de Bizkaia» el DECRETO FORAL NORMATIVO 1/2020, de 17 de marzo, de medidas tributarias urgentes derivadas del COVID-19, que entre las medidas tributarias establecidas contempla en su artículo 3 que el plazo de ingreso de las liquidaciones cuyo vencimiento se produzca a partir del 16 de marzo de 2020, se extenderá quince días naturales y, por su parte, en su artículo 5, que podrán ser objeto de un aplazamiento excepcional las deudas tributarias derivadas de los tributos sobre el juego.

Teniendo en cuenta las especialidades para la domiciliación en relación con sus plazos y forma de pago de este tributo, la presente Orden Foral establece un aplazamiento excepcional de oficio para estas deudas tributarias. Así, el cargo en cuenta del importe correspondiente al primer trimestre de 2020 de las autoliquidaciones del Tributo sobre el Juego mediante la explotación de máquinas o aparatos automáticos y del recargo que recae sobre el mismo, que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo tres de la Orden Foral 920/1997, de 11 de abril, haya sido solicitado con anterioridad al cumplimiento del plazo previsto en dicho precepto, se aplazará hasta el 25 de octubre de 2020.