La aplicación retroactiva al responsable tributario de las reducciones de sanción por conformidad y pronto pago (Ley 7/2012, de 29 de octubre)

Una de las varias modificaciones que la Ley 7/2012, de 29 de octubre, introdujo en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, afecta al artículo 41.4 de esta. A partir de la Ley 7/2012, dicho precepto extiende al responsable tributario el beneficio de las reducciones por conformidad y pronto pago de las sanciones incluidas en el alcance de la responsabilidad. Las mencionadas reducciones aligeran la densidad del litigio tributario, por lo que resultaba conveniente trasladar su bonanza a esta otra fase del procedimiento, leemos en su exposición de motivos. Pero la práctica desmiente este aserto. Ante la ausencia de normas transitorias específicas, la aplicación retroactiva del artículo 41.4 está suscitando no pocas polémicas, tanto sobre la forma de llevarla a la práctica como sobre su misma procedencia.

Palabras claves: responsabilidad, aplicación retroactiva, cumplimiento, sanciones y reducciones.

Manuel Santolaya Blay
Inspector de Hacienda del Estado

Sumario

1. Introducción
2. Reducciones por conformidad y pronto pago

2.1. Reducción por conformidad
2.2. Reducción por pronto pago

3. Régimen transitorio

3.1. Cuestiones generales
3.2. Derecho transitorio de las reducciones

4. Otras situaciones transitorias
5. Conclusiones

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 380 (noviembre 2014)