Aprobado el modelo 222 (pagos fraccionados a cuenta del IS en régimen de consolidación fiscal) y supresión del modelo 197

La Orden EHA/1721/2011, de 16 de junio, introduce en materia de gestión, diversas modificaciones que afectan al Impuesto sobre Sociedades, al Impuesto sobre el Valor  Añadido y al Número de Identificación Fiscal, en concreto, aprueba un nuevo modelo 222 relativo al pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal, suprime el modelo 197 de declaración de las personas y Entidades que no hayan comunicado su Número de Identificación Fiscal a los Notarios y efectúa modificaciones en el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

Como se informó en esta página la Ley de Economía Sostenible (Ley 2/2011, de 4 de marzo), efectuó cambios en el régimen especial de consolidación fiscal,  para simplificar en el mismo determinadas obligaciones formales,  señalando que, para períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2011, solamente  las variaciones en la composición del grupo fiscal se deberán comunicar a la Administración tributaria (en la declaración del primer pago fraccionado al que afecte la nueva composición). Anteriormente esta comunicación se efectuaba antes de la finalización de cada período impositivo.  Asimismo,  regulaba su   régimen transitorio, distinguiendo  entre supuestos de grupos fiscales que  tributarán en el régimen de consolidación fiscal en el período impositivo que estuviese en curso al 1 de enero de 2011 y posteriores a esa fecha. En el primer caso, la comunicación se realizará en la declaración del primer pago fraccionado del grupo que deba presentarse con posterioridad a dicha fecha, y en el segundo la comunicación de modificaciones se realizará en la declaración del primer pago fraccionado al que afecte la nueva composición. Los motivos anteriores han hecho precisa la aprobación de un nuevo modelo 222 “Impuesto sobre Sociedades. Régimen de consolidación fiscal. Pago fraccionado”.

La supresión del modelo 197, que informa sobre aquellas personas y entidades que no han facilitado su número de identificación fiscal al otorgar escrituras, viene motivada porque esta información es suministrada en la actualidad telemáticamente y con periodicidad mensual por el Consejo General del Notariado tal y como establece el Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de desarrollo de las  normas comunes de los procedimientos de aplicación de los Tributos, concretamente el artículo 51.

Por ultimo, para declaraciones correspondientes a períodos impositivos iniciados a partir del día 1 de julio de 2011, se modifica parcialmente el anexo II, relativo a los diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los archivos que se generen  para la presentación telemática y los soportes directamente legibles por ordenador del modelo 349, de la Orden  EHA/769/2010, de 18 de marzo. Las modificaciones son de carácter eminentemente técnico y se realizan para adaptar el modelo  a la redacción efectuada por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011 en el apartado 12 del artículo 27 de la ley del IVA (transposición al ordenamiento interno de las disposiciones de la Directiva 2009/69/CE del Consejo, en lo que respecta a la evasión fiscal vinculada a la importación).

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