Aprobado el modelo 233 de “Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados”

Publicada en el BOE la Orden que aprueba el modelo 233 así como el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación.

Como es sabido, la Ley 6/2018, de 3 de julio, de PGE para el año 2018, modificó la redacción del art. 81 de la Ley 35/2006 (Ley IRPF), y prevé que el importe de la deducción por maternidad se pueda incrementar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la misma hubiera satisfecho en el periodo impositivo gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

El apdo. 5 del citado art. 81 establece la obligación de información que deben cumplir las guarderías o centros infantiles, y dicha declaración informativa se presentará de forma electrónica por Internet, mediante certificado electrónico o, en caso de obligados tributarios personas físicas, alternativamente mediante el sistema Cl@ve, sistema de identificación, autenticación y firma electrónica común para todo el Sector Público Administrativo Estatal, regulado en la Orden PRE/1838/2014, que permite al ciudadano relacionarse electrónicamente con los servicios públicos mediante la utilización de claves concertadas, previo registro como usuario de la misma.

Por este motivo se modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria y se aprueba el modelo de declaración 233 “Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados”.

Por otro lado, en virtud de lo dispuesto por la disposición transitoria única, excepcionalmente, para el ejercicio 2018, el plazo de presentación de la declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados será el comprendido entre el 1 de enero y el 15 de febrero de 2019.

La presente Orden HAC/1400/2018, de 21 de diciembre, entrará en vigor el 28 de diciembre de 2018, y será de aplicación, por primera vez, para la presentación de las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2018.