El Supremo analizará si las libertades comunitarias protegen a determinados contribuyentes extracomunitarios de los beneficios del ISD

La cuestión principal que plantea este recurso de casación, que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, consiste en dilucidar si la doctrina del TJUE, contenida en su sentencia de 3 de septiembre de 2014 se aplica a ciudadanos de Estados que no sean residentes en la Unión Europea ni en el EEE, como es el caso de Suiza, por cuanto que el art. 63 del TFUE prohíbe las diferencias de trato fiscal en las sucesiones -particularmente respecto de bienes inmuebles ubicados en España- en función de la residencia de los causantes o causahabientes. El interés casacional objetivo que pesa sobre esta cuestión se ve acrecentado toda vez que la Disposición Adicional Segunda de la Ley 29/1987 (Ley ISD), actualmente vigente y aprobada para adaptar la normativa española a la sentencia de 3 de septiembre de 2014, elimina las discriminaciones, con base a la libre circulación de capitales de la UE, únicamente para los residentes en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, pero no para los residentes en países terceros.

(Tribunal Supremo, 5 de diciembre de 2018, recurso n.º 4456/2018)