Actualización de las bonificaciones del IBI e ICIO para incentivar la instalación de sistemas de energía ambiente y modificación de la cuantificación del elemento tributario la potencia instalada en el IAE para favorecer la electrificación industrial

Para reforzar nuestro sistema eléctrico se modifican los beneficios fiscales en el IBI, ICIO e IAE

Entre las medidas aprobadas para el refuerzo del sistema eléctrico, encontramos la actualización de las bonificaciones en el IBI e ICIO para incentivar la instalación de sistemas de energía ambiente y se modifica la cuantificación del elemento tributario la potencia instalada en el IAE para favorecer la electrificación industrial.

En el BOE de hoy, 25 de junio de 2025, se ha publicado el REAL DECRETO-LEY 7/2025, de 24 de junio, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico, entre las que se incluye la actualización de las bonificaciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) para incentivar la instalación de sistemas de energía ambiente, como puede ser la aerotermia, del mismo modo que estaba ya previsto para sistemas de aprovechamiento de energía solar y en se modifica la cuantificación del elemento tributario la potencia instalada en el Impuesto sobre Actividades Económicas para favorecer la electrificación industrial. Estas medidas persiguen reforzar la seguridad, estabilidad y eficiencia del sistema eléctrico, cuya vulnerabilidad se puso de manifiesto el pasado 28 de abril de 2025, cuando se produjo un cero de tensión en el sistema eléctrico peninsular. Con este real decreto-ley se persigue contribuir al refuerzo del sistema eléctrico español, así como la consecución de ahorros en los costes energéticos para el conjunto de los consumidores, aportando también certidumbre al conjunto de los agentes, por lo que entre las mismas encontramos algunas medidas de carácter fiscal, dirigidas a incrementar la demanda eléctrica, mediante el mejor aprovechamiento de las redes existentes y medidas destinadas a la electrificación industrial y de usos energéticos como son la movilidad y la climatización.

En materia del Impuesto sobre Actividades Económicas, para favorecer la electrificación industrial, se establece que para el cómputo del elemento tributario la potencia instalada, se excluyen expresamente los hornos y calderas eléctricos junto con los hornos y calderas que funcionen a base de combustibles sólidos, líquidos o gaseosos, contribuyendo así a la electrificación de la industria.

Para incentivar la instalación de sistemas de energía ambiente, como puede ser la aerotermia, del mismo modo que estaba ya previsto para sistemas de aprovechamiento de energía solar, se actualizan las bonificaciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Así se establece que los Ayuntamientos, en sus ordenanzas fiscales podrán regular una bonificación de hasta el 50 por ciento de la cuota íntegra del IBI en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol o de la energía ambiente y en el caso del ICIO, podrán establecer una bonificación de hasta el 95 por ciento a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar o de la energía ambiente.

Adicionalmente, con el objetivo de dar nuevas señales de electrificación a los consumidores, y en especial a la industria, se establecen nuevas tipologías de autoconsumo, lo cual tendrá repercusiones en el IVA e IVPEE. En concreto, se habilita que un consumidor pueda estar asociado de forma simultánea a dos modalidades de autoconsumo: un autoconsumo individual sin excedentes (por ejemplo, un autoconsumo propio de una instalación industrial) y un autoconsumo mediante instalaciones próximas y asociadas a través de red (por ejemplo, la generación cercana que pueda haber en el polígono industrial o entorno en que se ubique la industria).