Extremadura aprueba una bonificación en el impuesto sobre aprovechamientos cinegéticos consecuencia de los incendios ocurridos durante el verano de 2026

La norma establece una bonificación del 100% en la cuota tributaria del impuesto sobre aprovechamientos cinegéticos y en determinadas tasas vinculadas al aprovechamiento cinegético y a la actividad ganadera.
El 9 de septiembre de 2026 se ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto-ley 5/2026, de 1 de septiembre, de ayudas extraordinarias y otras medidas urgentes para la recuperación de las zonas afectadas por los incendios forestales acaecidos en Extremadura durante el verano de 2026 y en materia preventiva de incendios forestales.
Bonificación en el impuesto sobre aprovechamientos cinegéticos
Entre las medidas en materia tributaria se establece una bonificación del 100% en la cuota tributaria devengada por el impuesto sobre aprovechamientos cinegéticos, con efectos para la temporada cinegética 2027/2028, por la superficie de los cotos afectada en su totalidad o en una parte diferenciable por los incendios ocurridos en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el verano de 2026, incluidos en los términos municipales señalados en el Anexo I, en los que no se hubiera podido desarrollar la actividad cinegética durante la temporada 2026/2027.
Para poder aplicar esta bonificación se requerirá una resolución previa del órgano competente en materia de caza en la que se reconozca el derecho a su aplicación y se determine el número de hectáreas afectadas por los incendios.
La resolución se emitirá y notificará de oficio para los cotos abiertos. En aquellos cotos que estuvieran total o parcialmente cerrados la emisión de la correspondiente Resolución requerirá la previa solicitud por su titular.
Bonificación en determinadas tasas vinculadas al aprovechamiento cinegético
Además, se establece una bonificación del 100% en determinadas tasas vinculadas al aprovechamiento cinegético, con efectos exclusivos para la temporada cinegética 2027/2028, aplicable con relación a los cotos que se hubieran visto afectados por los incendios ocurridos en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el verano de 2026, incluidos en los términos municipales señalados en el Anexo I, en los que no se hubiera podido desarrollar acciones cinegéticas durante la temporada 2026/2027.
- Tasa por aprobación o modificación de planes técnicos de caza, planes técnicos de caza simplificados y planes técnicos agrupados, de aplicación exclusiva a las solicitudes de modificación del plan técnico de caza o el plan técnico agrupado.
- Tasa por autorización de introducción, reintroducción o reforzamiento de especies cinegéticas.
- Tasa por autorización de acciones cinegéticas sometidas al régimen de autorización administrativa previa.
- Tasa por autorización de constitución, modificación, cambio de titular o baja de coto de caza, de aplicación exclusiva a:
- Solicitudes de modificación de superficie, cambio de clasificación de coto privado y cambio de titular.
- Solicitudes de baja de coto de caza.
- Solicitudes de constitución de refugio para la caza.
- Tasa por precinto para especies de caza mayor en acciones de caza sin asistencia de veterinario oficial.
- Tasa por la comprobación, tramitación y validación de comunicaciones previas de acciones cinegéticas.
Para la aplicación de esta bonificación será necesario su reconocimiento previo en la resolución señalada en el artículo anterior.
Bonificación en determinadas tasas vinculadas a la actividad ganadera
Con efectos exclusivos para los devengos producidos desde la entrada en vigor de esta norma hasta el 31 de diciembre de 2027, para las explotaciones ganaderas que se encuentren ubicadas dentro de los términos municipales afectados por los incendios ocurridos en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el verano de 2026, señalados en el Anexo I, se establece una bonificación del 100% para las siguientes tasas:
- Tasa por prestación de servicios facultativos veterinarios.
- Tasa por la prestación de servicios veterinarios para la realización de pruebas de sanidad animal en casos de petición de parte de la persona o entidad ganadera, incluida la realización de los análisis de confrontación solicitados por éstos.
- Tasa por gestión de la solicitud de crotales de identificación y suministro de documentación para ganado bovino.
- Tasa por gestión de solicitudes de identificadores para ganado ovino y caprino.




