Cambios en el pago de deudas con tarjetas de crédito y de débito, mediante el sistema de firma no avanzada con clave PIN

Sistema Cl@vePIN. Mano de un hombre pagando con tarjeta en un dispositivo

Se adelanta a 1 de junio de 2020 -en lugar del 15 de junio de 2020- la posibilidad del pago de deudas con tarjetas de crédito y de débito, mediante el sistema de firma no avanzada con clave PIN

Como reseñábamos hace unos días, en el BOE del pasado 19 de marzo de 2020, se publicó la Resolución de 11 de marzo de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras, con ocasión del pago de deudas con tarjetas de crédito y de débito, mediante el sistema de firma no avanzada con clave de acceso en un registro previo (sistema Cl@VE PIN), la cual extendía el sistema de identificación y autenticación electrónica basado en la utilización de un código de usuario y una contraseña facilitadas al obligado por la AEAT a aquellos pagos que se realicen con tarjetas de crédito o de débito, mediante el sistema de firma electrónica no avanzada y era aplicable a los pagos que se realizasen a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a partir del 15 de junio de 2020.

Pues bien, la Resolución de 15 de abril de 2020 (BOE de 21 de abril de 2020) ha modificado la citada Resolución de 11 de marzo de 2020, para cambiar la aplicabilidad de la misma, fijándola a partir del 1 de junio de 2020, en lugar del 15 de junio de 2020.