El canon a la generación hidroeléctrica. Problemas de inconstitucionalidad e incumplimiento del derecho comunitario

La Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, lleva a cabo una profunda reforma del sector eléctrico creando varias figuras tributarias, entre las que se encuentra una nueva tasa o canon por la utilización y aprovechamiento de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica, modificando el Texto Refundido de la Ley de Aguas, e incorporando al mismo un nuevo artículo, el 112 bis.
A pesar de estar presidido por una aparente finalidad medioambiental, el verdadero objetivo no es otro que el de contribuir a financiar el déficit de tarifa del sistema eléctrico español, expresamente confirmado en el mismo texto legislativo y en el mismo título de la ley («para la sostenibilidad energética»).
El nuevo canon plantea graves problemas de falta de adecuación tanto al Derecho interno como al Derecho comunitario: su falta de afección real al medio ambiente, el incumplimiento de la normativa comunitaria sobre energías renovables, el incumplimiento de la política de aguas e imposición medioambiental, el incumplimiento del principio comunitario medioambiental «quien contamina paga» y la modificación de las concesiones como requisito de exigibilidad.

Palabras claves: canon hidroeléctrico, déficit de tarifa, tributo no medioambiental, infracción del principio de legalidad e infracción del principio de igualdad.

Ana Molina Lebrón
Abogada Iberdrola, SA
Técnico de Administración General Jurídico

Sumario

I. Introducción. De pretendido tributo ambiental a financiar el déficit tarifario
II. Régimen jurídico del canon hidroeléctrico

A) La Ley de Aguas como requisito previo para examinar el canon hidroeléctrico
B) Objeto y hecho imponible
C) Obligados tributarios
D) Base imponible y deuda tributaria
E) Periodo impositivo, devengo y liquidación del tributo
F) Diferencias importantes entre el canon a la generación hidroeléctrica y el canon por la utilización de los bienes de dominio público hidráulico

III. Vicios de inconstitucionalidad en la regulación del canon hidroeléctrico

A) La naturaleza jurídica del canon hidroeléctrico se acerca más a la figura del impuesto que a la figura tributaria de la tasa. Régimen de ayudas de estado ilegal
B) El canon hidroeléctrico carece de finalidad extrafiscal. Quiebra de los principios de capacidad económica, principio de generalidad, principio de igualdad
C) Quiebra del principio de no confiscatoriedad
D) Quiebra del principio de seguridad jurídica
E) Doble imposición con el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica (IVPEE) e Impuesto especial sobre la electricidad (IEE)

IV. Vulneración de la normativa comunitaria en la regulación del canon hidroeléctrico

A) Vulneración de la Directiva 2009/28/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables
B) Vulneración de la Directiva 2000/60/CE, de 23 de octubre, sobre el marco comunitario de política de aguas
C) Vulneración de la Directiva 2003/96/CE, de imposición energética
D) Vulneración de la Directiva 2002/19/CE, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva autorización)
E) Vulneración del artículo 191.2 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (principio de que quien contamina paga y restos de principios orientadores de la política ambiental europea). Directiva 2004/35/CE, de 21 de abril, sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales
F) Vulneración de los artículos 17, 20 y 21 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea
G) Vulneración de la Directiva 2009/72/CE, de 13 de julio, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad
H) Vulneración de la Directiva 2005/89/CE, sobre las medidas de salvaguarda de la seguridad del abastecimiento de electricidad y la inversión en infraestructura

V. Conclusiones
Bibliografía

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 382 (enero 2015)