Cantabria amplía a dos meses los plazos para presentación de tributos propios y cedidos

Plazos para la declaración y autoliquidación de tributos en Cantabria. Bandera de la Comunidad de Cantabria

El Boletín Oficial de Cantabria ha publicado la Orden HAC/15/2020, de 7 de mayo por la que se modifica la Orden HAC/13/2020 de 22 de abril cuyas medidas fueron objeto de análisis en días anteriores.

La presente orden atendiendo a las circunstancias, considera necesario una adaptación continua de la normativa que afecta a la gestión recaudación y liquidación de los tributos gestionados por la Comunidad Autónoma para reducir el impacto económico que las sucesivas prórrogas del Estado de Alarma pueden producir en los ciudadanos y en la actividad productiva.

En consecuencia, se amplían a dos meses los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones cuyos plazos vencieran durante la vigencia del Estado de Alarma, contados desde la finalización del mismo. Recordemos que en las anteriores medidas extraordinarias la ampliación era solo de un mes.

Lo anterior se entiende sin perjuicio de la posibilidad del contribuyente de efectuar la presentación y pago por medios telemáticos.

Temas relacionados: