Cataluña aprueba medidas fiscales en el sector agrario

Cataluña aprueba medidas fiscales en el sector agrario. Imagen de un tractor cosechando

El Decreto ley 21/2025 de 14 de octubre, de medidas urgentes de apoyo al sector agrario y forestal, publicado el 16 de octubre de 2025, en el DOGC, tiene por objeto adoptar medidas urgentes para garantizar la viabilidad del sector agrario, ganadero y forestal catalán, gravemente afectado por crisis sanitarias, climáticas y económicas. Dentro de las numerosas disposiciones, destacan varias de naturaleza tributaria y fiscal, orientadas a aliviar las cargas económicas del sector. Aunque la norma entra en vigor el 17 de octubre de 2025, las disposiciones en materia tributaria tienen como entrada en vigor el 1 de diciembre de 2025.

1. Beneficios fiscales en el Código tributario de Cataluña

Se introduce modificaciones en el Decreto legislativo 1/2024 (Libro sexto del Código tributario de Cataluña) relativas a impuestos cedidos.

En concreto, se aprueban beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) vinculados a operaciones que impliquen explotaciones agrarias. Estas reducciones y bonificaciones buscan favorecer la continuidad de las explotaciones familiares afectadas por sequías, incendios o enfermedades ganaderas, y facilitar el relevo generacional en el sector agrario.

Reducciones en el Impuesto sobre Sucesiones

Se establece una reducción del 95% en la base imponible del ISD por adquisición mortis causa de explotaciones agrarias o de las participaciones en entidades que las gestionen.

La reducción se eleva al 99% si el adquirente tiene la condición de joven agricultor (menor de 40 años y con formación agraria mínima de 150 horas).

Se exige que el adquirente mantenga la explotación y la actividad agraria durante cinco años desde la herencia.

La reducción también se aplica si la explotación pertenece a una persona jurídica con objeto exclusivo agrario y más del 50% del capital pertenece a agricultores profesionales.

Reducciones en el Impuesto sobre Donaciones

Se introduce una reducción del 95% en la base imponible del ISD para donaciones o transmisiones gratuitas de explotaciones agrarias o de participaciones en entidades agrarias.

La reducción es del 99% si el beneficiario es joven agricultor.

Se exige el mantenimiento de la actividad agraria y de los bienes durante cinco años, y la condición de agricultor profesional en ese mismo periodo.

Bonificaciones en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

a) Transmisiones de fincas rústicas integradas en explotaciones agrarias

Bonificación del 95% de la cuota del impuesto (modalidad transmisiones onerosas) por la compra de fincas rústicas integradas en explotaciones agrarias, cuando el adquirente sea agricultor profesional.

La bonificación se eleva al 99% si el comprador es joven agricultor.

Se exige mantener la actividad y los bienes durante cinco años.

b) Expedientes de dominio y actos de notoriedad relativos a fincas agrarias

Se establece una bonificación del 95% de la cuota del ITPAJD para actos notariales o registrales (expedientes de dominio, actas de notoriedad o complementarias) referidos a fincas integradas en explotaciones agrarias.

c) Escrituras de división o agrupación de fincas agrarias

Se aprueba una bonificación del 90% en la cuota del ITPAJD (modalidad actos jurídicos documentados) para las escrituras públicas de división, segregación, agregación o agrupación de fincas que formen parte de una explotación agraria.

2. Coordinación tributaria

Se aprueba una moratoria en la aplicación del recargo municipal del impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos, de forma que su entrada en vigor sea uniforme en todos los municipios catalanes.

3. Tasas y precios públicos

Se modifica el Decreto legislativo 3/2008, de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat:

  • Exención de tasas veterinarias: se exime del pago de la tasa por la emisión del certificado sanitario de movimiento (CSM) de animales dentro de Cataluña, cuando las explotaciones ganaderas estén sujetas a restricciones sanitarias.
  • Bonificación en tasas ambientales: se reduce la cuota de la tasa aplicable a las declaraciones y evaluaciones de impacto ambiental de proyectos forestales, para facilitar actuaciones urgentes de prevención de incendios y conservación natural.

Se suprimen bases imponibles obsoletas de la tasa por servicios agronómicos y de laboratorio, ya que actualmente se aplican precios públicos. Esto elimina duplicidades y mejora la eficiencia administrativa.