Cataluña aprueba los modelos de autoliquidación de los tributos sobre el juego

Se aprueban los modelos 040, 042, 043, 044, 045 y 046. El modelo 040 incluye dos ejemplares, mientras que los modelos 042, 043 y 044 tienen un solo ejemplar.
Se ha publicado la Orden ECF/163/2025, de 26 de septiembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación de los tributos sobre el juego gestionados por la Agencia Tributaria de Cataluña y se determina la competencia para su gestión, recaudación e inspección, en el DOGC de 30 de septiembre de 2025.
1. Procedimientos de presentación y pago
Las autoliquidaciones se pueden presentar electrónicamente o de forma presencial, dependiendo del obligado tributario. Los ingresos pueden realizarse mediante tarjeta, Bizum, o a través de entidades colaboradoras habilitadas. La presentación electrónica es obligatoria para personas jurídicas y ciertos intermediarios fiscales.
2. Plazos de presentación e ingreso
Para rifas y combinaciones aleatorias, el plazo es de un mes desde la autorización o celebración.
En el caso del bingo, el ingreso debe hacerse dentro de los 15 primeros días del segundo mes siguiente.
Las autoliquidaciones de casinos se realizan trimestralmente, dentro de los 20 primeros días de abril, julio, octubre y enero.
3. Competencia en gestión y recaudación
La gestión de bingos y casinos corresponde a las Oficinas Centrales y delegaciones territoriales de la Agencia Tributaria de Cataluña. Las combinaciones aleatorias, rifas, apuestas y máquinas recreativas son gestionadas por las Oficinas Centrales.
4. Derogación de Normativas Anteriores
Se derogan normativas como la Orden ECO/330/2011 y la Orden ECO/402/2012, entre otras.
5. Entrada en Vigor de la Orden
La nueva orden entra en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 1 de octubre de 2025.
6. Permiso de explotación
Este documento detalla los requisitos y datos necesarios para la obtención del permiso de explotación de máquinas recreativas y de azar.
- Se requiere NIF/CIF del solicitante y datos personales como apellidos, nombre o razón social.
- Información sobre la ubicación de la máquina, incluyendo dirección y código postal.
- Datos de contacto como teléfono y dirección electrónica son obligatorios.
- Se debe indicar el número de registro de la operadora y la fecha del permiso.
7. Datos de la máquina y liquidación
Se debe especificar el tipo de máquina (B, C, L) y el número de jugadores.
La liquidación incluye la cuota tributaria acreditada en el periodo y cualquier diferencia por modificación del precio máximo autorizado.
El total a ingresar se calcula sumando las cuotas correspondientes.
8. Ingreso y certificación de autoliquidación
El ingreso se debe realizar en una entidad colaboradora a favor del Tesoro de la Generalidad. Se requiere el código IBAN y los datos de la cuenta para el cargo. El documento no tiene validez sin la certificación mecánica de la autoliquidación practicada.