Coeficientes de actualización en el IS y en el IRPF en los distintos territorios forales

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 25 de febrero de 2015, se ha publicado el Decreto Foral 5/2015, del Consejo de Diputados de 17 de febrero, que aprueba los coeficientes de actualización aplicables en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades,  aplicables a aquellas transmisiones onerosas o lucrativas que tengan lugar en el ejercicio 2015, para la actualización del valor de adquisición de los correspondientes elementos patrimoniales con el fin de calcular el importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales sujetas al Impuesto, atendiendo principalmente a la evolución del índice de precios del consumo producida desde la fecha de su adquisición y de la estimada para el ejercicio de su transmisión. En el caso del Impuesto sobre Sociedades serán aplicables a las transmisiones realizadas dentro de los períodos impositivos que se inicien durante el año 2015.

Estos coeficientes aprobados para el IRPF como para el IS son los mismos que fueron aprobados en Gipuzkoa y Bizkaia.

En el caso de Navarra, los coeficientes de actualización no se aplican respecto al IRPF, al igual que ocurre en el territorio común del Estado, por haber sido suprimidos por la Ley 26/2014, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias. En el territorio navarro mediante la Ley Foral 28/2014, de 24 de diciembre, de Medidas Tributarias, se aprobaron los coeficientes de corrección monetaria para 2015 a que se refiere el artículo 27 de la Ley Foral 24/1996, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, algo superiores a los aplicables en el País Vasco. En el territorio común desde el 1 de enero de 2015 tampoco resultarán aplicables estos coeficientes respecto al IS, al no estar previstos en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.