La Comisión aprueba una Comunicación con el Código de Buenas Prácticas para los procedimientos de control de las ayudas estatales

El Código de Buenas Prácticas describe y aclara los procedimientos seguidos por la Comisión al evaluar los asuntos de ayudas estatales. El presente Código de Buenas Prácticas pretende mejorar la tramitación de las denuncias en materia de ayudas estatales y aclara las condiciones en las que la Comisión considerará que un asunto constituye una denuncia formal y establece plazos orientativos para la tramitación de las denuncias formales y establece un procedimiento de revisión interna en asuntos que puedan ser contrarios al Derecho de la Unión en materia de medio ambiente.
En el DOUE de hoy, 13 de junio de 2025 se ha publicado la COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN — Código de Buenas Prácticas para los procedimientos de control de las ayudas estatales C/2025/2823 en la que se ofrece orientaciones a los Estados miembros, los beneficiarios de las ayudas y otros interesados, sobre cómo funcionan en la práctica los procedimientos de ayudas estatales; asimismo, pretende que los procedimientos de ayudas estatales sean lo más transparentes, sencillos, claros, previsibles y oportunos posible.
El Código de Buenas Prácticas describe y aclara los procedimientos seguidos por la Comisión al evaluar los asuntos de ayudas estatales y pretende mejorar la tramitación de las denuncias en materia de ayudas estatales y aclara las condiciones en las que la Comisión considerará que un asunto constituye una denuncia formal y establece plazos orientativos para la tramitación de las denuncias formales.
La Comisión seguirá ofreciendo contactos previos a la notificación en relación con las posibles medidas de ayuda estatal que los Estados miembros estén considerando aplicar y trabajará con los Estados miembros para definir las prioridades en lo que respecta a la tramitación de los asuntos. Además, contará con una red de coordinadores por países y ofrecerán a los Estados miembros apoyo consistente en orientación y formación acerca de la aplicación de las normas sobre ayudas estatales.
A efectos de hacer un seguimiento de las conclusiones del Comité de Cumplimiento del Convenio de Aarhus en el asunto ACCC/C/2015/128, la Unión debe establecer un mecanismo interno de revisión y si una medida de ayuda estatal es contraria al Derecho de la Unión, y siempre que se cumplan los requisitos pertinentes establecidos en la jurisprudencia, la Comisión no puede autorizar la ayuda. El Estado miembro notificante debe confirmar que ni la actividad objeto de ayuda estatal, ni ningún aspecto de la medida de ayuda estatal notificada que estén indisolublemente vinculados al objeto de la ayuda, son contrarios al Derecho de la Unión en materia de medio ambiente. El Código establece el procedimiento de revisión interna y qué entidades tienen derecho a presentar una solicitud de revisión interna a la Comisión, las condiciones y el alcance de dicha solicitud y los plazos aplicables.