La Comisión Europea insta a España, entre otros países, a que transponga plenamente la Directiva sobre los tipos del IVA y las nuevas normas de la UE sobre el IVA para el régimen especial de las pymes

La Comisión Europea ha decidido enviar sendos dictámenes motivados a Bélgica, Bulgaria, Grecia, España y Rumanía por no adaptar su Derecho nacional a las disposiciones obligatorias de la Directiva 2022/542 sobre los tipos del IVA. La Directiva permite a los Estados miembros hacer un uso más amplio de los tipos reducidos, incluido el uso de tipos nulos para productos esenciales como los alimentos, los medicamentos y los productos destinados al uso médico. Los cinco Estados miembros referidos no comunicaron la plena transposición de la Directiva, lo que debería haberse hecho antes del 31 de diciembre de 2024. Por consiguiente, la Comisión Europea ha decidido enviar sendos dictámenes motivados a Bélgica, Bulgaria, Grecia, España y Rumanía, que disponen ahora de dos meses para responder y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo,, la Comisión podría optar por llevar los asuntos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y solicitar que se les impongan sanciones financieras.
Por otro lado, la Comisión también ha decidido enviar sendos dictámenes motivados a Bulgaria, Grecia, España, y Rumanía por no adaptar su Derecho nacional a las modificaciones introducidas por la Directiva 2020/285, sobre el régimen especial para las pequeñas empresas. La Directiva permite a las pequeñas empresas vender bienes y servicios sin aplicar el IVA y simplificar sus obligaciones de cumplimiento en materia del IVA. Además, las pequeñas empresas establecidas en un Estado miembro distinto del Estado miembro en el que devenguen el IVA podrán realizar entregas o prestaciones exentas del IVA de la misma manera que las pequeñas empresas establecidas en el país pueden hacerlo en sus respectivos Estados miembros. Por tanto, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a Bulgaria, Grecia, España y Rumanía, que disponen ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir los asuntos al Tribunal de Justicia de la Unión Europea y solicitar que se les impongan sanciones financieras.
Fuente: Comisión Europea (18/07/2025)