Compensación de bases imponibles negativas en procesos de fusión

Análisis de la SAN de 3 de mayo de 2023, rec. núm. 524/2019

La presente colaboración aborda la compensación de bases imponibles negativas en los procesos de fusión al hilo del comentario de la Sentencia de la Audiencia Nacional de 3 de mayo de 2023 (rec. núm. 524/2019), la cual ha modificado el criterio establecido en otra precedente. El nuevo criterio desborda la literalidad de la norma aplicable, sobre la base de una interpretación finalista, admitiendo que la norma restrictiva de la referida compensación opere, también, en sede de la entidad absorbente.

Eduardo Sanz Gadea
Inspector de la Hacienda del Estado (jubilado)

Sumario

1. Supuesto de hecho
2. Doctrina del tribunal
3. Comentario crítico

3.1. La imposición sobre el beneficio de las entidades y la doble imposición y desimposición
3.2. El papel y las funciones del artículo 90.3 del TRLIS
3.3. La asunción de las bases imponibles negativas por los grupos fiscales
3.4. La vía del conflicto en aplicación de la Ley general tributaria
3.5. La neutralidad del régimen fiscal de las operaciones de fusión
3.6. El caso en el contexto de la Ley 27/2014
3.7. Conclusiones

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 489 (diciembre 2023)