Un año de compliance; justos por pecadores

Compliance

Desde que se instauró definitivamente el nuevo régimen penal para empresas la responsabilidad penal corporativa, de un modo más definido en cuanto a los elementos que tiene que tener un programa de prevención de delitos en el Código penal–, lo cierto es que hemos tenido noticias de penal-económico todos los días, hasta un cambio de Gobierno basado en una moción de censura por delitos económicos.

La única condena por corrupción entre particulares, estrenando el tipo penal, que se ha producido es la de una empresa de ediciones escolares que sobornó, al parecer con la cifra de 250.000 euros, a un oficial del ministerio de Educación en una república africana para que sus escolares estudiasen con los libros de esta. Resulta cuando menos ingenuo creer que el caso más grave de corrupción que existe es el de esta empresa de ediciones. Evidentemente la organización no contaba con un plan de compliance (o prevención de delitos, en castellano); bastante tenía con sobrevivir en la jungla del mercado editorial compitiendo con los gigantes nacionales e internacionales, como para preocuparse de que ese soborno en Angola, en el que hasta ahora nadie reparaba, resulta que es objetivo de la ONU y ahora está perseguido mundialmente y sancionado estrictamente.

Con estos antecedentes no es de extrañar que acaben pagando justos por pecadores y acaben condenando por falta de un plan de compliance o programa de prevención de delitos a las pymes, que bastante delito tienen con sobrevivir y pagar las deudas por tributos y demás dispendios estatales. Las pymes constituyen el 80 % del tejido empresarial español, pero están la mayoría subordinadas a los dictados de los grandes grupos de poder, ya sea por la regulación que siempre les perjudica o por las sanciones que acaban recayendo en ellas.

Es por esto que resulta de vital importancia que las pymes se conciencien de la importancia de prevenir los delitos en sus organizaciones. La gran mayoría de cursos del mercado hablan de MiFID y blanqueo de capitales, áreas de compliance que no afectan a la pyme, mientras que la mayoría de cuestiones por las que sí puede ser sancionada no se tocan.

La complejidad del régimen, unida a la falsa sencillez de las normas de desarrollo (UNE 19601, ISO 19600 e ISO 37001), puede dar con los huesos en la cárcel de más de un propietario de empresa pequeña, que nunca en su vida había oído hablar de compliance antes.

Curso compliance

La inclusión del área fiscal, y por ende la rama legal, entre las estratégicas de la empresa, obliga a la alta dirección a estar informado de las novedades legales que atañen a la organización. Las pymes, además, ya sabemos que son las que, en última instancia, sufren las reformas legislativas, ya sea porque carecen de los medios para financiar grandes despachos de abogados que conozcan cada novedad legal en profundidad, o porque estas se diseñan precisamente para que paguen justos por pecadores.

Entre otros fines, el CEF.- ha creado el Curso Monográfico sobre Compliance para extender la prevención de delitos corporativos a la pyme.

Ricardo Seoane Royo
Abogado, asesor de compliance, estrategia e innovación