Los desafíos de los obligados y las Administraciones tributarias ante las consultas tributarias en el ámbito local

En el ámbito municipal, por la naturaleza bifronte de la materia tributaria local, tanto la Dirección General de Tributos (DGT) del Ministerio de Hacienda como las propias Administraciones locales pueden dictar consultas tributarias lo que exige de una delimitación de los efectos (vinculantes o no y para quien) dependiendo del sujeto de las que emanen y sobre qué se expresen; las consultas tributarias de la DGT son vinculantes para la Administración tributaria local en aquellas materias y elementos del tributo para los que existe una «reserva de ley rígida». No se puede ir más allá a través de una consulta tributaria de lo que podría ir el pleno al regular y aprobar una ordenanza fiscal. A contrario sensu, respecto de aquellas materias y elementos del tributo que las ordenanzas fiscales pueden regular y desarrollar, la Administración tributaria local no puede sentirse vinculada por una consulta de la DGT.

Palabras clave: consulta tributaria; efecto vinculante; autonomía local tributaria; competencia estatal en materia tributaria local; reserva de ley tributaria; potestad de ordenanza.

María del Mar Martínez Morant
Licenciada en Derecho y Administración y Dirección Empresas. Icade E-3
Master oficial Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación. UNED
Master en Tributación Local y Gestión Presupuestaria. Título propio. UAM.
Funcionaria de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional

Sumario

1. Justificación del trabajo
2. Introducción
3. Las consultas tributarias locales: planteamiento del problema

3.1. Los sujetos que pueden dictar consultas tributarias escritas
3.2. Los efectos de las consultas tributarias escritas

3.2.1. Para la Administración tributaria que aplica el tributo
3.2.2. Para los contribuyentes

3.3. La posibilidad de impugnación de las respuestas a consulta tributaria escrita por otra Administración

4. La facultad de las entidades locales para dictar consultas tributarias

4.1. La extensión de la autonomía local al ámbito tributario
4.2. La gestión tributaria local y la aplicación de los tributos locales: el fundamento de la competencia local para dictar consultas tributarias

5. Las materias objeto de consulta tributaria local y la Administración tributaria competente para dictarlas

5.1. Delimitación de las materias objeto de consultas tributarias locales y su conexión con el principio de reserva de ley tributaria y la «potestad de ordenanza»
5.2. La incompetencia de la DGT para vincular en todo caso a las entidades locales con las consultas tributarias que dicta. Alegaciones a realizar a la Consulta número V2258/2018

6. La problemática de la coexistencia de consultas tributarias estatales y locales sobre un mismo supuesto: ¿cuál debería prevalecer?

7. Conclusiones finales
8. Propuestas y recomendaciones

Referencias bibliográficas
Bibliografía

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 447 (junio 2020)