Los controles de la CNMV avalan el valor de tasación de un inmueble vendido por un Fondo cuya gestión está intervenida por esta Comisión

Nos encontramos ante una transmisión de inmueble formalizada en escritura pública en la que se hace constar que el precio de la venta es de 124.000 euros, para cuyo abono fue concertado en la misma fecha préstamo hipotecario, siendo efectuada a tales efectos tasación pericial del inmueble que arrojó como resultado un valor de 151.250 euros existiendo, en consecuencia, un resultado netamente discordante entre el valor asignado por la Administración por aplicación del método de comprobación previsto en el art. 57.1 b) LGT (299.557,31 euros) y el valor asignado para la tasación de las fincas hipotecarias en cumplimiento de lo previsto en la legislación hipotecaria. El vendedor, según se expone, es un Fondo cuya gestión está intervenida por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, lo que supone que la operación fue sometida a los correspondientes controles concernientes tanto a la valoración del inmueble como al precio fijado para su transmisión. La propia Administración tributaria, a través de idéntica Oficina liquidadora, previa prosecución de actuaciones de comprobación del valor declarado en otras operaciones de transmisión de inmuebles radicados en el mismo edificio, dio por válidos dichos valores, similares al precio de compraventa pactado en el supuesto sometido a nuestra consideración, motivo por el cual se anula la resolución impugnada y la liquidación de la que trae causa.

(Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sede en Málaga), de 25 de septiembre de 2017, recurso  n.º 334/2015)