Se remite a las Cortes el Convenio entre España y Japón relativo a la doble imposición y a la evasión fiscal

Convenio doble imposición. Imagen de la bandera de España y de Japón

Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio entre el Reino de España y Japón para eliminar la doble imposición en relación con los impuestos sobre la renta y prevenir la elusión y evasión fiscales y de su Protocolo y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho Convenio.

El Consejo de Ministros aprueba el Convenio entre el Reino de España y Japón para eliminar la doble imposición en relación con los impuestos sobre la renta y prevenir la elusión y evasión fiscales, que adapta al presente entorno las relaciones tributarias bilaterales, que actualmente se desarrollan en el marco del vigente instrumento sobre esta materia suscrito por los dos países en 1974.

El nuevo Convenio persigue posibilitar un tratamiento tributario adecuado a las circunstancias de los contribuyentes que desarrollen actividades económicas en el ámbito internacional, proporcionar un marco actualizado de seguridad jurídica y fiscal que favorezca entre las respectivas autoridades fiscales en el desempeño de sus funciones.

Establece con esta perspectiva los criterios relativos a la imposición sobre las rentas inmobiliarias, beneficios empresariales, transporte marítimo y aéreo, empresas asociadas, dividendos, intereses, cánones, ganancias de capital, rentas del trabajo dependiente, honorarios de consejeros, rentas de artistas y deportistas, pensiones, función pública, estudiantes y otras rentas.

Su texto incorpora los estándares de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico e incluye igualmente, entre otras, disposiciones relativas a los métodos para eliminar la doble imposición, así como al intercambio de información entre las autoridades competentes y al derecho a los beneficios del Convenio.

Fuente: La Moncloa (28/07/2020)