Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal entre España y Albania

Convenio entre el Reino de España y  la República de Albania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo, hecho en Tirana el 2 de julio de 2010.

El mencionado Convenio, que se une a la larga lista de convenios suscritos por España con otros Estados o Reinos, entra en vigor el 4 de mayo de 2011 y se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes con ocasión de la exacción de los impuestos sobre la renta exigibles por cada uno de los Estados contratantes, sus subdivisiones políticas o sus entidades locales (cualquiera que sea el sistema de su exacción).

Los impuestos actuales a los que se aplica este Convenio son, en particular:

  1. en España:
    i) el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas;
    ii) el Impuesto sobre Sociedades;
    iii) el Impuesto sobre la Renta de no Residentes; y
    iv) los impuestos locales sobre la renta;
  2. en Albania:
    i) los Impuestos sobre la Renta; y
    ii) el impuesto sobre las actividades de la pequeña empresa

El Convenio será aplicable también a los impuestos de naturaleza idéntica o análoga que se puedan establecer con posterioridad a la firma del mencionado convenio y que se añadan a los actuales o les sustituyan.

 

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