COVID- 19: Álava aprueba las exenciones tributarias aplicables a las operaciones y actos derivados del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas

Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas. Figura de una mano agarrando otra mano sobre un fondo azul

De forma temporal a consecuencia del COVID-19 estarán exentas en Alava todas las transmisiones patrimoniales, operaciones societarias y actos derivados del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas, de cualquier tributo de la Diputación Foral de Álava o de las Entidades Locales.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 30 de septiembre de 2020 se ha publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 11/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 22 de septiembre, por el que se aprueban las exenciones tributarias aplicables a las operaciones y actos derivados del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas.

En concreto, se establece una exención que comprende las operaciones y actos derivados directa o indirectamente de la aplicación del art. 2.11 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar el empleo, que crea un fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicasno financieras, que atraviesan severas dificultades de carácter temporal a consecuencia de la pandemia del COVID-19.

De esta manera, todas las transmisiones patrimoniales, operaciones societarias y actos derivados, directa o indirectamente, de la aplicación del precepto arriba indicado, incluso, las aportaciones de fondos o ampliaciones de capital, que eventualmente se ejecuten para la capitalización y/o reestructuración financiera y patrimonial de las empresas participadas con cargo al Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicasestarán exentos de cualquier tributo de la Diputación Foral de Álava o de las Entidades Locales.