Alava prorroga hasta el 31 de octubre de 2020 el tipo cero de IVA aplicable a los productos sanitarios para combatir el COVID-19

Tipo cero de IVA aplicable a los productos sanitarios. Imagen de mascarilla, jeringuilla y tubo de muestras sanitarios

Alava prorroga hasta el 31 de octubre de 2020 el tipo impositivo del 0 por ciento aplicable a determinadas entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19, cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 19 de octubre de 2020, se ha publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 13/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 13 de octubre. Aprobar medidas de reajuste en el Impuesto sobre el Valor Añadido como consecuencia de la COVID-19.

Mediante este Decreto Normativo de Urgencia Fiscal realiza la adaptación de lo dispuesto en la disp. adic. séptima del Real Decreto-ley 28/2020, de 23 de septiembre, de trabajo a distancia, en lo que se refiere al tipo impositivo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a ciertas operaciones.

Así, se prorroga hasta el 31 de octubre de 2020 el tipo impositivo del 0 por ciento aplicable a determinadas entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19, cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios.

Inicialmente, esta medida se estableció hasta el 31 de julio de 2020 a través del DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 5/2020, de 12 de mayo, por el que se aprueba la adaptación de la normativa tributaria alavesa al Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. También se actualiza, con efectos retroactivos, la relación de bienes a los que es de aplicación esta medida.